Managua, 16 de Noviembre del 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de
Asamblea Nacional de Nicaragua


En el nombre del Señor Jesucristo, reciba saludos y bendiciones de Dios.

En mi carácter de Presidenta de la “FUNDACION CORAZONES UNIDOS”, “FUNDACOR”, una institución cristiana, no gubernamental, sin fines de lucros, apolítica, apartidista, de interés social, de duración indefinida y del domicilio de Managua, Departamento de Managua, constituida en Escritura Pública No. 31, otorgada ante la Notaria, Ruth del Carmen Acevedo Pérez, el día cinco de Noviembre del Dos Mil Diez, presentó ante Usted esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación Corazones Unidos, la cual represento.

Adjunto, a la presente solicitud, Constancia de No – Inscripción del Ministerio de Gobernación, el Acta de Constitución del Fundación en la que también se establecen los Estatutos de la misma, la Exposición de Motivos así como el Proyecto de Decreto de Personalidad Jurídica firmada por el Diputado Salvador Talavera, listas de miembros de la Asamblea General del Ministerio y de la Junta Directiva en funciones, y el CD con información la información digital.

Por lo antes expuesto, pido con mucho respeto, sea sometida a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y respaldada para su Dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.

Agradeciendo de antemano su amable y positiva respuesta a la presente, se suscribe con gran gratitud,


Atentamente,
NADIA MARITZA GARCIA SILVA
Presidenta
FUNDACION CORAZONES UNIDOS “FUNDACOR”
Managua, Nicaragua





Managua, 16 de Noviembre del 2010

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y el artículo 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el inciso 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica a la Fundación “FUNDACION CORAZONES UNIDOS” “FUNDACOR”, una asociación civil, cristiana, no partidistas, sin fines de lucro, de interés social, con domicilio en Managua, Departamento de Managua, de duración indefinida, Constituida en Escritura Pública No. 31, Otorgada ante la Notaria Ruth Carmen Acevedo Pérez, el día Cinco de Noviembre del Dos Mil Diez.

Siendo sus objetivos lo siguiente:

a) Promover la cooperación y asistencia humanitaria a niños de la calle.

b) Promover valores positivos a través de charlas y conferencias a niños y jóvenes.

c) Otorgar becas para estudios técnicos y superiores a jóvenes con buenas calificaciones, de escasos recursos y personas que justifique esta necesidad.

d) Impulsar a través del microcrédito los pequeños negocios a mujeres y madres solteras.

e) Impulsar el deporte en barrios, colegios y universidades con niños y jóvenes con talentos.

f) Apoyar el desarrollo técnico, tecnológico e investigación de Centros educativos.

g) Ayudar a ejecutar proyectos de construcción de iglesias y ministerios.

h) Establecer relaciones de cooperación con Iglesias, ministerios y organizaciones extranjeras afines con el fin de conseguir donaciones de toda clase y canalizarlas por medio de los programas y proyectos de la Fundación.

i) Desarrollar programas culturales, formativos, recreativos y ecológicos con jóvenes y niños.

j) Promover la creación de institutos y centros con bachilleratos técnicos que permitan a jóvenes de escasos recursos superarse e insertarse en el mercado laboral.

k) Predicar, difundir y enseñar el Evangelio de Jesucristo a fin de fortalecer valores morales y espirituales en las personas y potenciar conductas de solidaridad, respeto mutuo y fe.

l) Organizar recaudaciones de fondos para realizar sus programas y proyectos.

ll) Celebrar convenios, contratos y acuerdos bilaterales con organismos nacionales e internacionales que le permitan impulsar nuevas iniciativas que beneficien a las iglesias y la sociedad nicaragüense, principalmente a los sectores más afectado por la desigualdad y la pobreza.

m) Asesorar la creación de microempresas para jóvenes y mujeres de escasos recursos y de esta manera potenciar su desarrollo.

n) Promover desde una perspectiva evangélica, bíblica y pastoral la preservación, defensa y tutela del Medio Ambiente y los Recursos Naturales de Nicaragua.

ñ) Formular y desarrollar programas y proyectos en diferentes comunidades, lugares y barrios.

o) Gestionar financiamiento para capacitaciones y asistencia técnica a beneficiarios de los proyectos

p) Impulsar y fomentar canales de comercialización, promoción del ahorro personal y la construcción de relaciones con organizaciones homologas y afines a los objetivo de la Fundación Corazones Unidos.

q) Promover y patrocinar seminarios, capacitaciones y conferencias dirigida a jóvenes, mujeres, niños, Iglesias y ministerios así como impulsar financiamiento a iniciativas de carácter evangélico, cultural, ecológico y social.

Por lo expuesto, someto a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.

Adjunto a la presente las copias de ley correspondiente así como propuesta del proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por la Presidenta del Ministerio Familiar León de la Tribuna de Judá.


Atentamente,
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
Diputado de la Asamblea Nacional de Nicaragua
Republica de Nicaragua





LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Articulo. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION CORAZONES UNIDOS" “FUNDACOR”, una asociación civil, cristiana, de interés social, sin fines de lucro, de duración indefinida, y del domicilio de la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Articulo 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos Generales.

Articulo 3 LA “FUNDACION CORAZONES UNIDOS” “FUNDACOR”, está obligado al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Articulo 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los...... días del mes de…. del Dos Mil Diez.

RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO
Presidente Secretario

DICTAMEN

Managua, 23 de febrero del 2011





Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar programas de Capacitación en el área Productiva y promover proyectos de auto sostenibilidad en la población mas vulnerable, 2) Promover la cooperación y asistencia humanitaria para los niños de y en la calle, 3) Promover valores positivos a través de charlas y conferencias a niños y jóvenes.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, NADIA MARITZA GARCIA SILVA, Vicepresidente, CARLOS MANUEL GARCIA, Secretaria, ERIKA MELINA GARCIA SILVA, Tesorera, KARLA DEL CARMEN GARCIA SILVA, Fiscal, JUAN JOSE AGUIRRE RUIZ, Primer Vocal, CLAUDIA DINORAH GARCIA SILVA, Segundo Vocal, KAREL JANIN RUIZ REQUENES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS




ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO

ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6422
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION CORAZONES UNIDOS), y que abreviadamente se denominará (FUNDACOR); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACION CORAZONES UNIDOS), y que abreviadamente se denominará (FUNDACOR); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 16 de Noviembre del 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de
Asamblea Nacional de Nicaragua


En el nombre del Señor Jesucristo, reciba saludos y bendiciones de Dios.

En mi carácter de Presidenta de la “FUNDACION CORAZONES UNIDOS”, “FUNDACOR”, una institución cristiana, no gubernamental, sin fines de lucros, apolítica, apartidista, de interés social, de duración indefinida y del domicilio de Managua, Departamento de Managua, constituida en Escritura Pública No. 31, otorgada ante la Notaria, Ruth del Carmen Acevedo Pérez, el día cinco de Noviembre del Dos Mil Diez, presentó ante Usted esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación Corazones Unidos, la cual represento.

Adjunto, a la presente solicitud, Constancia de No – Inscripción del Ministerio de Gobernación, el Acta de Constitución del Fundación en la que también se establecen los Estatutos de la misma, la Exposición de Motivos así como el Proyecto de Decreto de Personalidad Jurídica firmada por el Diputado Salvador Talavera, listas de miembros de la Asamblea General del Ministerio y de la Junta Directiva en funciones, y el CD con información la información digital.

Por lo antes expuesto, pido con mucho respeto, sea sometida a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y respaldada para su Dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.

Agradeciendo de antemano su amable y positiva respuesta a la presente, se suscribe con gran gratitud,


Atentamente,
NADIA MARITZA GARCIA SILVA
Presidenta
FUNDACION CORAZONES UNIDOS “FUNDACOR”
Managua, Nicaragua





Managua, 16 de Noviembre del 2010

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y el artículo 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el inciso 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica a la Fundación “FUNDACION CORAZONES UNIDOS” “FUNDACOR”, una asociación civil, cristiana, no partidistas, sin fines de lucro, de interés social, con domicilio en Managua, Departamento de Managua, de duración indefinida, Constituida en Escritura Pública No. 31, Otorgada ante la Notaria Ruth Carmen Acevedo Pérez, el día Cinco de Noviembre del Dos Mil Diez.

Siendo sus objetivos lo siguiente:

a) Promover la cooperación y asistencia humanitaria a niños de la calle.

b) Promover valores positivos a través de charlas y conferencias a niños y jóvenes.

c) Otorgar becas para estudios técnicos y superiores a jóvenes con buenas calificaciones, de escasos recursos y personas que justifique esta necesidad.

d) Impulsar a través del microcrédito los pequeños negocios a mujeres y madres solteras.

e) Impulsar el deporte en barrios, colegios y universidades con niños y jóvenes con talentos.

f) Apoyar el desarrollo técnico, tecnológico e investigación de Centros educativos.

g) Ayudar a ejecutar proyectos de construcción de iglesias y ministerios.

h) Establecer relaciones de cooperación con Iglesias, ministerios y organizaciones extranjeras afines con el fin de conseguir donaciones de toda clase y canalizarlas por medio de los programas y proyectos de la Fundación.

i) Desarrollar programas culturales, formativos, recreativos y ecológicos con jóvenes y niños.

j) Promover la creación de institutos y centros con bachilleratos técnicos que permitan a jóvenes de escasos recursos superarse e insertarse en el mercado laboral.

k) Predicar, difundir y enseñar el Evangelio de Jesucristo a fin de fortalecer valores morales y espirituales en las personas y potenciar conductas de solidaridad, respeto mutuo y fe.

l) Organizar recaudaciones de fondos para realizar sus programas y proyectos.

ll) Celebrar convenios, contratos y acuerdos bilaterales con organismos nacionales e internacionales que le permitan impulsar nuevas iniciativas que beneficien a las iglesias y la sociedad nicaragüense, principalmente a los sectores más afectado por la desigualdad y la pobreza.

m) Asesorar la creación de microempresas para jóvenes y mujeres de escasos recursos y de esta manera potenciar su desarrollo.

n) Promover desde una perspectiva evangélica, bíblica y pastoral la preservación, defensa y tutela del Medio Ambiente y los Recursos Naturales de Nicaragua.

ñ) Formular y desarrollar programas y proyectos en diferentes comunidades, lugares y barrios.

o) Gestionar financiamiento para capacitaciones y asistencia técnica a beneficiarios de los proyectos

p) Impulsar y fomentar canales de comercialización, promoción del ahorro personal y la construcción de relaciones con organizaciones homologas y afines a los objetivo de la Fundación Corazones Unidos.

q) Promover y patrocinar seminarios, capacitaciones y conferencias dirigida a jóvenes, mujeres, niños, Iglesias y ministerios así como impulsar financiamiento a iniciativas de carácter evangélico, cultural, ecológico y social.

Por lo expuesto, someto a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.

Adjunto a la presente las copias de ley correspondiente así como propuesta del proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por la Presidenta del Ministerio Familiar León de la Tribuna de Judá.


Atentamente,
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
Diputado de la Asamblea Nacional de Nicaragua
Republica de Nicaragua





LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Articulo. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION CORAZONES UNIDOS" “FUNDACOR”, una asociación civil, cristiana, de interés social, sin fines de lucro, de duración indefinida, y del domicilio de la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Articulo 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos Generales.

Articulo 3 LA “FUNDACION CORAZONES UNIDOS” “FUNDACOR”, está obligado al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Articulo 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los...... días del mes de…. del Dos Mil Diez.

RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO
Presidente Secretario

DICTAMEN

Managua, 23 de febrero del 2011





Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar programas de Capacitación en el área Productiva y promover proyectos de auto sostenibilidad en la población mas vulnerable, 2) Promover la cooperación y asistencia humanitaria para los niños de y en la calle, 3) Promover valores positivos a través de charlas y conferencias a niños y jóvenes.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, NADIA MARITZA GARCIA SILVA, Vicepresidente, CARLOS MANUEL GARCIA, Secretaria, ERIKA MELINA GARCIA SILVA, Tesorera, KARLA DEL CARMEN GARCIA SILVA, Fiscal, JUAN JOSE AGUIRRE RUIZ, Primer Vocal, CLAUDIA DINORAH GARCIA SILVA, Segundo Vocal, KAREL JANIN RUIZ REQUENES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS




ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO

ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACION CORAZONES UNIDOS y que abreviadamente se denominara (FUNDACOR), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO