Ing. Rene Núñez Téllez.
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Ingeniero:
EXPOSICION DE MOTIVOS
"PROYECTO DE LEY QUE INSTITUCIONALIZA EL DIA 27 DE JUNIO, DÍA NACIONAL DE LOS DESMOVILIZADOS Y RETIRADOS DE GUERRA Y LA CREACION DE LA ORDEN TENIENTE CORONEL PATRICIO CENTENO, HÉROE NACIONAL BATALLA DE SAN JACINTO”
En la década de los años 80, miles de hombres y mujeres se vieron involucrados en una guerra nacional, a estos hombres y mujeres que dedicaron toda su juventud en dicha guerra, a 16 años de finalizada la misma no se les a reconocido su contribución en esa lucha y su posterior aporte que ellos hicieron en los procesos de paz, libertad, la democracia y la reconciliación del pueblo de Nicaragua.
Miles de estos hombres y mujeres pertenecieron en su momento a las estructuras del Ejército de la Resistencia Nicaragüense (ERN) , del entonces Ejército Popular Sandinista (EPS) hoy Ejército Nacional de Nicaragua y al Ministerio del Interior (MINT) hoy Ministerio de Gobernación, hoy es oportuno reconocerle sus aportes en esa lucha , por lo que se hace necesario que al igual que otros sectores , los desmovilizados de la Resistencia Nicaragüense , así como también los retirados del Ejército Popular Sandinista y del Ministerio del Interior tengan su propio Día Nacional.
FUNDAMENTACION
Se retoma el día 27 de Junio, ya que este día pero del año de 1990 finaliza la desmovilización oficial de los miembros combatientes del Ejército de la Resistencia Nicaragüense y se inicia el retiro oficial de los miembros del entonces Ejército Popular Sandinista y Ministerio del Interior.
En el caso de la “ORDEN TENIENTE CORONEL PATRICIO CENTENO, HÉROE NACIONAL, BATALLA DE SAN JACINTO” en ella se reconoce la valentía de los Nicaragüenses en la defensa de la patria, esta orden se le otorgará a personas he instituciones nacionales y extranjeras que hayan contribuido a los procesos de paz , de libertad , de democracia y reconciliación del pueblo de Nicaragua , incluyendo a los desmovilizados y retirados de guerra , esta orden será entregada por el Presidente de la Asamblea Nacional en cada acto de conmemoración del “ DÍA NACIONAL DE LOS DESMOVILIZADOS Y RETIRADOS DE GUERRA ”
Hasta aquí la exposición de motivos.
LIC: MÁXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
JEFE DE LA BANCADA PLC
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
"PROYECTO DE LEY QUE INSTITUCIONALIZA EL DIA 27 DE JUNIO, DÍA NACIONAL DE LOS DESMOVILIZADOS Y RETIRADOS DE GUERRA Y LA CREACION DE LA ORDEN TENIENTE CORONEL PATRICIO CENTENO, HÉROE NACIONAL BATALLA DE SAN JACINTO”
LEY No __________________
El Presidente de la República de Nicaragua:
Hace saber al Pueblo de Nicaragua.
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
CONSIDERANDO
I
Que los sectores mencionados en la presente ley han hecho aportes importantes en la lucha armada en Nicaragua y sus posteriores aportes en los procesos de paz, libertad , democracia y reconciliación nacional del pueblo de Nicaragua , que es digno reconocerles esos aportes .
II
Que los distintos sectores del Estado de Nicaragua entre ellos los Partidos Políticos representados en las bancadas mayoritarias de la Asamblea Nacional deben de reconocerle a estos hombres y mujeres los aportes hechos para el bien de Nicaragua y los Nicaragüenses , es de ineludible importancia dedicarles un Día Nacional a los Desmovilizados de la Resistencia Nicaragüense y a los Retirados del Ejército y del Ministerio de Gobernacion antes Ministerio del Interior , así mismo es de gran importancia crear una orden que también deje constancia de los aportes que personas e instituciones nacionales y extranjeras han hecho en los procesos de paz , libertad , democracia y reconciliación nacional del pueblo de Nicaragua , incluyendo en esta orden a los Desmovilizados y retirados de guerra , lo cual debe de quedar aprobado en la presente ley.
III
Que es de vital importancia fortalecer y consolidar los procesos de paz, de libertad, de justicia de democracia y reconciliación nacional de la familia Nicaragüense y que tanto hemos anhelado todos los Nicaragüenses.
"PROYECTO DE LEY QUE INSTITUCIONALIZA EL DIA 27 DE JUNIO, DÍA NACIONAL DE LOS DESMOVILIZADOS Y RETIRADOS DE GUERRA Y LA CREACION DE LA ORDEN TENIENTE CORONEL PATRICIO CENTENO, HÉROE NACIONAL BATALLA DE SAN JACINTO”
Artículo 1.- Declárese e institucionalícese de conformidad con la presente ley el Día 27 de Junio, Día Nacional de los desmovilizados y retirados de guerra y colóquese la Bandera Nacional a media asta en reconocimiento y memoria a los hombres y mujeres que ofrendaron sus vidas en la guerra nacional de los años 80.
Artículo 2.- Créase la “ORDEN TENIENTE CORONEL PATRICIO CENTENO, HÉROE NACIONAL BATALLA DE SAN JACINTO” de conformidad con la presente ley y otórguese a personas e instituciones nacionales y extranjeras que hayan hechos aportes a los procesos de paz , libertad , democracia y reconciliación nacional del pueblo de Nicaragua, se incluye a los desmovilizados y retirados de guerra , dicha orden será entregada por el Presidente de la Asamblea Nacional en cada acto solemne del Día Nacional de los Desmovilizados y retirados de guerra , para la selección de los que recibirán la orden se realizará por medio de la Comisión Coordinadora – responsable del Día Nacional de los Desmovilizados y retirados de guerra.
Artículo 3.- De conformidad con la presente ley se le autoriza a la Comisión Coordinadora la construcción de un monumento en memoria a los miles de Nicaragüenses que se vieron involucrados en la guerra fratricida de los años 80, la comisión dentro de su presupuesto incluirá la construcción de dicho monumento y de común acuerdo se determinará el departamento en donde será construido dicho monumento.
Artículo 4.- De acuerdo con la presente ley confórmese la Comisión coordinadora – responsable de la conmemoración del Día Nacional de los Desmovilizados y retirados de guerra , la cual quedará integrada por el Presidente de la Asamblea Nacional , el Presidente de la Comisión de Defensa y Gobernacion de la Asamblea Nacional y por tres miembros delegados de cada una de las organizaciones de desmovilizados y retirados de guerra , la comisión será juramentada por el Presidente de la Asamblea Nacional y su duración será de dos años .
Articulo 4.- Que la presente ley será reglamentada para efectos del funcionamiento de la Comisión Coordinadora – responsable a la cual se hace mención en arto 3 de la presente ley y para determinar la forma que tendrá la orden a la cual se hace mención en arto 2 de la presente ley.
Artículo 5.- El Presidente de la República a través del Presupuesto General de la República garantizará los recursos económicos necesarios para la celebración del Día Nacional de los Desmovilizados y retirados de guerra y para el funcionamiento de la Comisión Coordinadora – responsable., la solicitud de dichos recursos será propuesta por la comisión coordinadora.
Articulo 6.- La presente ley entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua a los días ________ del mes de ____________ del año 2007.
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RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional