Art.2.- La representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.
Art.3.- La “ASOCIACIÓN CRISTIANA MISIÓN ADVENTISTA DEL 7MO DÍA DEL SUR DE NICARAGUA”, “(MIASUR)” , estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República. Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los…..Días del mes de ……del año dos mil Doce. Ing. René Núñez Téllez. Presidente de la Asamblea Nacional. Licda. Alba Azucena Palacios Benavidez, Secretaría de la Asamblea Nacional