Managua, 27 de Octubre del 2009.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Reciba mi más cordial saludo y mis mejores deseos de éxito en la Asamblea Nacional de Nicaragua.-

En mi calidad de encargado de esta Fundación de trasmitir la Personería Jurídica de la “FUNDACIÓN APOSTÓLICA RÍOS DE DIOS PARA EL DESARROLLO DEL CRISTIANISMO EN NICARAGUA”, Asociación civil sin fines de lucro, de conformidad al acápite DECIMO PRIMERO del Acta Constitutiva donde se me faculta para que gestione la personalidad jurídica ante ese órgano del Estado.

Por medio de la presenteo solicito que se tramite la Personería Jurídica de la mencionada Fundación, de conformidad con la necesidad que la comunidad evangélica participe activamente en la educación y promoción de proyectos que sirvan a la sociedad en general a través de capacitación y programas que beneficien tanto a la comunidad Evangélica como a la sociedad Nicaragüense.-

Muy seguro de su valiosa gestión y agradecido de la generosa atención a la presente, me despido que dios ilumine de todos los Honorables Diputados para impulsar el bien de todo el pueblo de Nicaragua.-

Atentamente,


LIC. MARIO GUZMAN MARTÍNEZ
Presidente


Managua, 01 de Diciembre del 2009.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.


El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 19 de La Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACIÓN APOSTÓLICA RÍOS DE DIOS PARA EL DESARROLLO DEL CRISTIANISMO EN NICARAGUA””, constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales del Doctor, MARCIO ROMAN QUINTERO MATUTE, el día cuatro de Junio del año dos mil nueve, Escritura Pública Número cuarenta y seis (46).

Fundamentamos nuestra petición en la necesidad de promover, establecer y desarrollar programas religiosos y sociales para realizar el mensaje del evangelio y contribuir al mejoramiento social de la población.-

Esta asociación promoverá el nivel moral, espiritual de todos los asociados a través de la predica del Evangelio con una entidad sin fines políticos, ni lucrativos, si no de carácter no gubernamental, religioso y de servicio a la sociedad en general y al sector Evangélico en especial mediante elaboración de y ejecución de programas y proyectos integrales para el desarrollo tanto de la educación primaria y centros de formación religiosa a la juventud y seres sociales en general.-

En nuestra opinión, que la Asamblea Nacional otorgue la Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN APOSTÓLICA RÍOS DE DIOS PARA EL DESARROLLO DEL CRISTIANISMO EN NICARAGUA”, como en derecho corresponde y solicitamos a la Junta Directiva de la Honorable Asamblea Nacional de el trámite a la mayor brevedad posible a esta petición.


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RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
Diputado





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES;
HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN APOSTÓLICA RÍOS DE DIOS PARA EL DESARROLLO DEL CRISTIANISMO EN NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La “FUNDACIÓN APOSTÓLICA RÍOS DE DIOS PARA EL DESARROLLO DEL CRISTIANISMO EN NICARAGUA” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO