Estelí, Nicaragua, 26 de junio del 2010

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primera Secretaría Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Honorable Primer Secretario:

El suscrito Presidente de la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE, muy amablemente le solicita de conformidad a lo dispuesto en el arto. 7 de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, el Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS “ASEIRCSE”, Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública numero ocho (8) ante los oficios Notariales del licenciado José Leonel Obando Matamoros, de las ocho y treinta minutos de la mañana del doce de febrero del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública numero ocho (8) antes mencionada.
Esta Constitución de Asociación Sin Fines de Lucro se Constituyó entre otros con los siguientes objetivos:
1- Promover la prevención, tratamiento y ayuda de todo tipo a las personas con Insuficiencia Renal Crónica.
2- Gestionar en el País y en el Extranjero los recursos económicos, materiales y humanos para la atención en las Dialisis, Hemodialisis y Transplantes Renales para pacientes con Insuficiencia Renal Crónica de escasos recursos económicos y que no son asegurados.
3- Coordinar con Organismos No Gubernamentales, de Gobierno y Otras Asiociaciones proyectos específicos para la atención de Pacientes Renales.
4- Mejorar las condiciones de vida de los pacientes Renales através de Programas Sociales.

Por todo lo antes expuesto, sometemos a la consideración de los Representantes de la Honorable Asamblea Nacional la presente Iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, todo de conformidad y previo a los procedimientos de formación de ley.
Adjuntamos:
1- Escritura Pública de Constitución de la Asociación sin Fines de Lucro.
2- Exposición de Motivos.
3- Escrito de solicitud con su copia
Dirección de la Asociación: De Variedades Vida, 1c. al Este Barrio Camilo Segundo, Estelí Nicaragua. Tefono: 2713-3404, CEL: 8835-3146, 8929-8897.
Correo Electrónico: mendoza2703@yahoo.com
Atentamente


LIC. JOSÉ RAMÓN MENDOZA MERCADO
Presidente de la Asociación



Estelí, Nicaragua, 26 de Abril del 2010


ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Primera Secretaría Asamblea Nacional.
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Honorable Señor Presidente:


El suscrito Presidente en representación legal de la Junta Directiva de la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, muy amablemente le solicita de conformidad a lo dispuesto en el arto. 7 de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, el Otorgamiento de PERSONALIDAD JURIDICA para la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS “ASEIRCSE”, Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública numero ocho (8) ante los oficios Notariales del licenciado José Leonel Obando Matamoros, de las ocho y treinta minutos de la mañana del doce de febrero del año dos mil diez, en la ciudad de Estelí.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Honorable señor Primer Secretario de la Asamblea Nacional, los Miembros Fundadores de esta Asociación sin Fines de Lucro, nos motivamos a conformar primeramente un grupo de personas altruistas denominada Amigos de Enfermos Renales de las Segovias, para reunir entre nosotros mismos y otros amigos ayuda tanto económica como medicinas apropiadas para la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica, para patrocinar a más de veinticinco pacientes que conforman la familia Renal en el Centro de Hemidialisis del Hospital San Juan de Dios de Estelí, lugar donde acuden a realizarse su tratamiento especializado todas aquellas personas que sufren de esa enfermedad crónica en la Región Norte y no cuentan con recursos económicos como para sufragar gastos principalmente aquellas personas que viajan desde Municipios y comunidades lejanas como Jalapa, San Juan de Limay, Jicaro, Murra, Rio Blanco, Jinotega, Matagalpa y otros lugares, gastos que consisten en pasajes y alimentación tanto para los pacientes como para sus acompañantes.

Nos motivó el hecho de que en toda la Zona Norte de nuestro país solamente se cuenta con un Centro de Hemodialisis en la Ciudad de Estelí, sin capacidad para más pacientes, con poco medicamento y especialistas para tal enfermedad, y por la demanda que actualmente existe ya que son muchos pacientes con esa terrible enfermedad, y que muchos pacientes, en su mayoría jóvenes no son Asegurados en el Instituto Nicaraguense de Seguridad Social INSS, como para hacer sus gestiones e ingresar a los Programas de Hemodialisis y de Transplante Renal que apoya el Seguro Social para sus asegurados y por la misma experiencia que vivió nuestro presidente de la Asociación quien después de permanecer diecinueve meses en Hemodialisis logró un Transplante Renal por lo que actualmente goza de buena salud y se ha dispuesto junto con este grupo de amigos de los enfermos Renales a conformar esta Asociación que permita ayudar a pacientes que sienten la necesidad de seguir viviendo y otros que se encuentran aptos para un Transplante Renal contando con familiares dispuestos a donarles un Riñón que les permita a estos pacientes salir de la diálisis y seguir con su vida saludable y ser útil a la sociedad.

Siendo que este grupo de amigos que nos hemos dispuesto conformar esta Asociación sin Fines de Lucro contamos con toda la disposición y capacidad para llevar adelante este proyecto Humanitario de ayuda a estos enfermos, pedimos a su honoble autoridad parlamentaria nos brinde todo el apoyo necesario para trabajar de manera legal para todas estas personas que necesitan de una mano amiga y estamos seguros que usted que siempre está dispuesto a brindar este tipo de ayuda a los necesitados va a poner de su parte para salvar vidas jóvenes y adultos que claman esa ayuda.

Agradeciendo de antemano, en nombre de todos los pacientes de Insuficiencia Renal Crónica de las Segovias, su valioso apoyo, nos depedimos no sin antes reiterarle éxito en sus funciones como Diputado que sirve al pueblo.-
Dirección de la Asociación: De Variedades Vida, 1c al Este, Barrio Camilo Segundo Estelí, Nicaragua. Telefono: 2713-34-04 CEL: 8835-3146, 8929-8897.
Correo Electrónico: mendoza2703@yahoo.com

Atentamente


DIP. MARTHA MARINA GONZÁLEZ
Diputada






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Esteli, departamento de Estelí.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.





ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN

Managua, 07 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí. Presentada por la Diputada: MARTHA MARINA GONZALEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 26 de agosto del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la prevención, Tratamiento y Ayuda de todo tipo a las Personas afectadas por Enfermedades Renales, 2) Gestionar en País y en el Extranjero los Recursos Económicos Financieros, Materiales y Humanos para la realización de las Diálisis, Hemodiálisis y Trasplantes Renales para Enfermos con Insuficiencia renal Crónica de Escasos Recursos Económicos y que No son Asegurados a Propuestas de la Asociación.,


Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JOSE RAMONN MENDOZA MERCADO, Vicepresidente, NAHEMI DEL CARMEN ORTEZ LOPEZ, Secretaria, YOLANDA BLANDON BLANDON, Tesorera, NUBIA DEL SOCORRO ALFARO DAVILA, Fiscal, HIGINIO ALEJANDRO BLANDON RODRIGUEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6218
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Estelí, Nicaragua, 26 de junio del 2010

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primera Secretaría Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Honorable Primer Secretario:

El suscrito Presidente de la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE, muy amablemente le solicita de conformidad a lo dispuesto en el arto. 7 de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, el Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS “ASEIRCSE”, Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública numero ocho (8) ante los oficios Notariales del licenciado José Leonel Obando Matamoros, de las ocho y treinta minutos de la mañana del doce de febrero del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública numero ocho (8) antes mencionada.
Esta Constitución de Asociación Sin Fines de Lucro se Constituyó entre otros con los siguientes objetivos:
1- Promover la prevención, tratamiento y ayuda de todo tipo a las personas con Insuficiencia Renal Crónica.
2- Gestionar en el País y en el Extranjero los recursos económicos, materiales y humanos para la atención en las Dialisis, Hemodialisis y Transplantes Renales para pacientes con Insuficiencia Renal Crónica de escasos recursos económicos y que no son asegurados.
3- Coordinar con Organismos No Gubernamentales, de Gobierno y Otras Asiociaciones proyectos específicos para la atención de Pacientes Renales.
4- Mejorar las condiciones de vida de los pacientes Renales através de Programas Sociales.

Por todo lo antes expuesto, sometemos a la consideración de los Representantes de la Honorable Asamblea Nacional la presente Iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, todo de conformidad y previo a los procedimientos de formación de ley.
Adjuntamos:
1- Escritura Pública de Constitución de la Asociación sin Fines de Lucro.
2- Exposición de Motivos.
3- Escrito de solicitud con su copia
Dirección de la Asociación: De Variedades Vida, 1c. al Este Barrio Camilo Segundo, Estelí Nicaragua. Tefono: 2713-3404, CEL: 8835-3146, 8929-8897.
Correo Electrónico: mendoza2703@yahoo.com
Atentamente


LIC. JOSÉ RAMÓN MENDOZA MERCADO
Presidente de la Asociación



Estelí, Nicaragua, 26 de Abril del 2010


ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Primera Secretaría Asamblea Nacional.
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Honorable Señor Presidente:


El suscrito Presidente en representación legal de la Junta Directiva de la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, muy amablemente le solicita de conformidad a lo dispuesto en el arto. 7 de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, el Otorgamiento de PERSONALIDAD JURIDICA para la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS “ASEIRCSE”, Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública numero ocho (8) ante los oficios Notariales del licenciado José Leonel Obando Matamoros, de las ocho y treinta minutos de la mañana del doce de febrero del año dos mil diez, en la ciudad de Estelí.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Honorable señor Primer Secretario de la Asamblea Nacional, los Miembros Fundadores de esta Asociación sin Fines de Lucro, nos motivamos a conformar primeramente un grupo de personas altruistas denominada Amigos de Enfermos Renales de las Segovias, para reunir entre nosotros mismos y otros amigos ayuda tanto económica como medicinas apropiadas para la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica, para patrocinar a más de veinticinco pacientes que conforman la familia Renal en el Centro de Hemidialisis del Hospital San Juan de Dios de Estelí, lugar donde acuden a realizarse su tratamiento especializado todas aquellas personas que sufren de esa enfermedad crónica en la Región Norte y no cuentan con recursos económicos como para sufragar gastos principalmente aquellas personas que viajan desde Municipios y comunidades lejanas como Jalapa, San Juan de Limay, Jicaro, Murra, Rio Blanco, Jinotega, Matagalpa y otros lugares, gastos que consisten en pasajes y alimentación tanto para los pacientes como para sus acompañantes.

Nos motivó el hecho de que en toda la Zona Norte de nuestro país solamente se cuenta con un Centro de Hemodialisis en la Ciudad de Estelí, sin capacidad para más pacientes, con poco medicamento y especialistas para tal enfermedad, y por la demanda que actualmente existe ya que son muchos pacientes con esa terrible enfermedad, y que muchos pacientes, en su mayoría jóvenes no son Asegurados en el Instituto Nicaraguense de Seguridad Social INSS, como para hacer sus gestiones e ingresar a los Programas de Hemodialisis y de Transplante Renal que apoya el Seguro Social para sus asegurados y por la misma experiencia que vivió nuestro presidente de la Asociación quien después de permanecer diecinueve meses en Hemodialisis logró un Transplante Renal por lo que actualmente goza de buena salud y se ha dispuesto junto con este grupo de amigos de los enfermos Renales a conformar esta Asociación que permita ayudar a pacientes que sienten la necesidad de seguir viviendo y otros que se encuentran aptos para un Transplante Renal contando con familiares dispuestos a donarles un Riñón que les permita a estos pacientes salir de la diálisis y seguir con su vida saludable y ser útil a la sociedad.

Siendo que este grupo de amigos que nos hemos dispuesto conformar esta Asociación sin Fines de Lucro contamos con toda la disposición y capacidad para llevar adelante este proyecto Humanitario de ayuda a estos enfermos, pedimos a su honoble autoridad parlamentaria nos brinde todo el apoyo necesario para trabajar de manera legal para todas estas personas que necesitan de una mano amiga y estamos seguros que usted que siempre está dispuesto a brindar este tipo de ayuda a los necesitados va a poner de su parte para salvar vidas jóvenes y adultos que claman esa ayuda.

Agradeciendo de antemano, en nombre de todos los pacientes de Insuficiencia Renal Crónica de las Segovias, su valioso apoyo, nos depedimos no sin antes reiterarle éxito en sus funciones como Diputado que sirve al pueblo.-
Dirección de la Asociación: De Variedades Vida, 1c al Este, Barrio Camilo Segundo Estelí, Nicaragua. Telefono: 2713-34-04 CEL: 8835-3146, 8929-8897.
Correo Electrónico: mendoza2703@yahoo.com

Atentamente


DIP. MARTHA MARINA GONZÁLEZ
Diputada






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Esteli, departamento de Estelí.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.





ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN

Managua, 07 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí. Presentada por la Diputada: MARTHA MARINA GONZALEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 26 de agosto del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la prevención, Tratamiento y Ayuda de todo tipo a las Personas afectadas por Enfermedades Renales, 2) Gestionar en País y en el Extranjero los Recursos Económicos Financieros, Materiales y Humanos para la realización de las Diálisis, Hemodiálisis y Trasplantes Renales para Enfermos con Insuficiencia renal Crónica de Escasos Recursos Económicos y que No son Asegurados a Propuestas de la Asociación.,


Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JOSE RAMONN MENDOZA MERCADO, Vicepresidente, NAHEMI DEL CARMEN ORTEZ LOPEZ, Secretaria, YOLANDA BLANDON BLANDON, Tesorera, NUBIA DEL SOCORRO ALFARO DAVILA, Fiscal, HIGINIO ALEJANDRO BLANDON RODRIGUEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRONICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO