Managua, 04 de Febrero del 2011.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Doctor Navarro:

Honorable Señor Primer Secretario, en mi representación y de los demás miembros de la ASOCIACIÓN CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO SUTIABA”, es un honor dirigirnos ante su honorable instancia, no sin antes rogarle a nuestro Señor Padre Celestial derrame sobre Usted innumerables bendiciones y le dote de la mejor sabiduría en el cumplimiento de su deber:


Razón por la cual por este conducto, solicito formalmente en mi calidad actuante que de previo de agotar los procedimientos y requisitos legales establecidos por la Constitución Política de la República de Nicaragua, Ley Nº 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, y la Ley Nº 147. “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro”, sea aprobado por unanimidad en el seno de la Asamblea Nacional el respectivo Decreto Legislativo otorgado Personalidad Jurídica a la, ASOCIACION CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO SUTIABA” .


En fe de lo cual me suscribo de Usted atentamente,




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DENIS ALEJANDRO ESPINOZA MARTIN
Presidente




EXPOSICION DE MOTIVOS.



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO SUTIABA”, otorgada en la ciudad de León, La asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública Número Cinco (05) a las ocho de la mañana del día catorce de enero de dos mil once, ante los oficios notariales del Licenciado ROBERTO JOSE LAINEZ ALVARADO

FUNDAMENTO:

Esta asociación se constituyó entre otros con los siguientes objetivos:

Fines y Objetivos: La Asociación tiene como fin y objetivo general Propagar el evangelio a todos los hombres en general, fomentando el amor Cristiano y desarrollo integral de todos los hermanos en Cristo Jesús, y procurando su transformación espiritual en armonía con Dios; así también son parte de los fines y objetivos los siguientes: 1) Dedicarse a la Adoración y Veneración de Dios por medio de nuestro Señor Jesucristo, e igualmente a la Predicación y propagación de su Evangelio; 2) Profundizar y enseñar a toda persona los hechos básicos de la fe cristiana, y proveer de centros de adoración; 3) Impulsar la lectura de la palabra de Dios, es decir, la Biblia, buscando por sobre todo su más estricto cumplimiento; 4) Proporcionar a todos sus miembros los medios necesarios, para el mejor cumplimiento de su misión espiritual, moral, y cultural conforme a las enseñanzas de las Sagradas Escrituras; 5) Extender la hermandad cristiana y vocación de servicio hacia los más desprotegidos sean del sector Rural o Urbano, siguiendo los principios cristianos establecidos en la Santa Escritura; 6) Mantener y establecer mecanismos de coordinación e intercambios en todas las áreas con las distintas Iglesias de Cristo pertenecientes a la Asociación Nacional de Iglesias de Cristo en Nicaragua, u otras de igual denominación o que persigan éstos mismos fines y objetivos a nivel internacional; 7) Procurar especialmente el desarrollo integral de todos los miembros de ésta iglesia de Cristo Sutiaba y cualquier otras organizaciones afines.-

Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACION CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO DE SUTIABA”. es una Asociación sin fines de lucro y de gran beneficio para la sociedad nicaragüense, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el plenario y luego pasada a la Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.


Atentamente,


JOSE BERNARD PALLAIS ARANA
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la ASOCIACION CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO SUTIABA”, es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de León, Departamento de León.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La ASOCIACION CRISTIANA “IGLESIA DE CRISTO SUTIABA”, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL