Managua, 15 de Mayo del 2010.-
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Honorable Señor Secretario
El suscrito Presidente de la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA” solicita en base a la Ley Número 147 “Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación
“MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA” .- Fundación de carácter humanitario, constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales del Abogado CHESTER JOSÉ ORTIZ CANO, a las Ocho de la mañana del día Quince de Mayo del Año Dos Mil Diez, Adjuntamos la Escritura Pública Número Once (11) de Constitución de la Fundación.
Esta Fundación se constituyó entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Promover la educación formal en todos los niveles existentes en el país, todos de conformidad a las leyes específicas que la legislación educativa exija.
2.- Incidir en el levantamiento cultural de las comunidades en que la asociación trabaje, desarrollando específicamente actividades de seminarios, conferencias y talleres comunales que redunden en provecho de los pobladores.
3.- Impulsar mecanismos de integración de la población a los proyectos educativos, culturales, científicos y artísticos que se organicen.
Por lo antes expuesto, le solicito que esta solicitud sea sometida a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, para que una vez que cumpla los trámites correspondientes sea aprobada por el mismo.
Sin más a que hacer referencia me suscrito de usted,
Atentamente.
JOSÉ DANIEL MAYORGA SÁNCHEZ
PRESIDENTE
Dirección: Barrio El Edén del Puente
2c al norte 2c al este
Teléfono: 86207273
Teléfono Notario: 22669629, 88551121
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 15 de Mayo del Año Dos Mil Diez.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 14 y articulo 91 Ley Orgánica del la Asamblea Nacional, y en la Ley Número 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”,.- Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios notariales del Abogado CHESTER JOSÉ ORTIZ CANO, a las Ocho de la mañana del día Quince de Mayo del Año Dos Mil Diez, Adjuntamos la Escritura Pública Número Once (11) de Constitución de la Fundación.-
Esta Fundación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Promover la educación formal en todos los niveles existentes en el país, todos de conformidad a las leyes específicas que la legislación educativa exija.
2.- Incidir en el levantamiento cultural de las comunidades en que la fundación trabaje, desarrollando específicamente actividades de seminarios, conferencias y talleres comunales que redunden en provecho de los pobladores.
3.- Impulsar mecanismos de integración de la población a los proyectos educativos, culturales, científicos y artísticos que se organicen.
Por todo lo expuesto, solicito sea sometida a consideración por los Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
DR. ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO
Diputado Asamblea Nacional
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”, Sin Fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3. La Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCIÍPULOS PARA NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los días del mes de del Año Dos Mil Diez.-
RENÉ NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 10 de noviembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
FUNDACIÓN MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: ROBERTO RODRIGUEZ OBANDO, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.
Esta fundación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana, 2) Procurar la Paz, Fraternidad y Amor Cristiano, entre todos los hombres y mujeres de Fe, 3) Promover y Fomentar el Evangelio de Jesucristo como elemento de transformación del ser humano, mediante la fe del Sacrificio Divino de Jesús en la Cruz, 4) Ayudar al menesteroso y necesitado, tanto espiritualmente como materialmente, en toda forma posible conforme a las enseñanzas cristianas.
Esta fundación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JOSE DANIEL MAYORGA SANCHEZ, Vicepresidente, GUSTAVO DANIEL MORALES MAYORGA, Secretario, YUNHYO JUNG, Tesorero, MATTHEW GU JUN, Fiscal, KI SUN KIM, Primer Vocal, KYUHYUN KIM, Segundo Vocal, KWONSOON YOUN, Vigilante, KYUN HEEHAN DE KIM.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio
en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6251
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN “MISIÓN LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”;
y se abreviara
“LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.
Art. 2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
FUNDACIÓN “MISIÓN LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”;
y se abreviara
“LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 15 de Mayo del 2010.-
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Honorable Señor Secretario
El suscrito Presidente de la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA” solicita en base a la Ley Número 147 “Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación
“MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA” .- Fundación de carácter humanitario, constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales del Abogado CHESTER JOSÉ ORTIZ CANO, a las Ocho de la mañana del día Quince de Mayo del Año Dos Mil Diez, Adjuntamos la Escritura Pública Número Once (11) de Constitución de la Fundación.
Esta Fundación se constituyó entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Promover la educación formal en todos los niveles existentes en el país, todos de conformidad a las leyes específicas que la legislación educativa exija.
2.- Incidir en el levantamiento cultural de las comunidades en que la asociación trabaje, desarrollando específicamente actividades de seminarios, conferencias y talleres comunales que redunden en provecho de los pobladores.
3.- Impulsar mecanismos de integración de la población a los proyectos educativos, culturales, científicos y artísticos que se organicen.
Por lo antes expuesto, le solicito que esta solicitud sea sometida a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, para que una vez que cumpla los trámites correspondientes sea aprobada por el mismo.
Sin más a que hacer referencia me suscrito de usted,
Atentamente.
JOSÉ DANIEL MAYORGA SÁNCHEZ
PRESIDENTE
Dirección: Barrio El Edén del Puente
2c al norte 2c al este
Teléfono: 86207273
Teléfono Notario: 22669629, 88551121
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 15 de Mayo del Año Dos Mil Diez.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 14 y articulo 91 Ley Orgánica del la Asamblea Nacional, y en la Ley Número 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”,.- Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios notariales del Abogado CHESTER JOSÉ ORTIZ CANO, a las Ocho de la mañana del día Quince de Mayo del Año Dos Mil Diez, Adjuntamos la Escritura Pública Número Once (11) de Constitución de la Fundación.-
Esta Fundación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Promover la educación formal en todos los niveles existentes en el país, todos de conformidad a las leyes específicas que la legislación educativa exija.
2.- Incidir en el levantamiento cultural de las comunidades en que la fundación trabaje, desarrollando específicamente actividades de seminarios, conferencias y talleres comunales que redunden en provecho de los pobladores.
3.- Impulsar mecanismos de integración de la población a los proyectos educativos, culturales, científicos y artísticos que se organicen.
Por todo lo expuesto, solicito sea sometida a consideración por los Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
DR. ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO
Diputado Asamblea Nacional
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”, Sin Fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3. La Fundación
MISIÓN
LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCIÍPULOS PARA NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los días del mes de del Año Dos Mil Diez.-
RENÉ NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 10 de noviembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
FUNDACIÓN MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
con domicilio en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: ROBERTO RODRIGUEZ OBANDO, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.
Esta fundación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana, 2) Procurar la Paz, Fraternidad y Amor Cristiano, entre todos los hombres y mujeres de Fe, 3) Promover y Fomentar el Evangelio de Jesucristo como elemento de transformación del ser humano, mediante la fe del Sacrificio Divino de Jesús en la Cruz, 4) Ayudar al menesteroso y necesitado, tanto espiritualmente como materialmente, en toda forma posible conforme a las enseñanzas cristianas.
Esta fundación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JOSE DANIEL MAYORGA SANCHEZ, Vicepresidente, GUSTAVO DANIEL MORALES MAYORGA, Secretario, YUNHYO JUNG, Tesorero, MATTHEW GU JUN, Fiscal, KI SUN KIM, Primer Vocal, KYUHYUN KIM, Segundo Vocal, KWONSOON YOUN, Vigilante, KYUN HEEHAN DE KIM.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio
en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACION
MISION LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA, y se abreviará “LOS DISCIPULOS PARA NICARAGUA,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO