Managua, 14 de Diciembre del 2010.



Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor Navarro:
.
Por medio le solicito someta a consideración de la Asamblea Nacional la presente solicitud de aprobación de la personería jurídica para de la Constitución civil sin fines de lucro de nombre “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, “ANAYN””, pues fundamental contar con la respectiva aprobación para trabajar legalmente.

Acompaño a la presente solicitud la siguiente documentación: escritura de constitución, Estatutos inmersos en la misma, así como la respectiva exposición de motivos y el proyecto de decreto, todo en original y fotocopias correspondiente.

Sin más a que hacer referencia quedamos de Usted.


Atentamente,



LIC. BENJAMIN ANTONIO RUIZ URBINA
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS.

Managua, 14 de Diciembre del 2010.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:


En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91 y en la ley general sobre personas jurídicas de esta asociación “Asociación Nicaragúense de Abogados y Notarios”, “ANAYN ”, Asociación de carácter civil, constituida en Escritura Pública Número (12), a la una de la tarde del dos de diciembre del año dos mil diez, ante los oficios del Notario Público, Licenciada ELIETH KENSY PICHARDO LOPEZ.

FUNDAMENTACION:

Esta asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:

1. Luchar, defender y preservar la independencia, la autodeterminación y la soberanía de nuestro territorio nacional.

2. Propiciar el progreso gremial y servir de vínculo de unión entre los profesionales de derecho.

3. Promover la unión profesional obligatoria del abogado en la asociación.

4. Promover, desarrollar y mantener los principios éticos y procurar el prestigio de la profesión.

5. Laborar en conjunto por progreso del derecho y de las ciencias que con él se relacionan.

Por todo lo antes expuesto considero que la “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, “ANAYN”, asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario, y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y posterior aprobación.


Atentamente,



LIC. JOSE FIGUEROA AGUILAR
Diputado






ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, “ANAYN”, sin fines de lucro de duración indefinida y de este domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, “ANAYN”, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 31 de mayo del 2011


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ABOGADOS Y NOTARIOS”, pudiéndose abreviar “ANAYN”, con domicilio en la Ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: JOSE FIGUEROA AGUILAR, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 10 de mayo del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Luchar, Defender y preservar la independencia, la autodeterminación y la Soberanía de Nuestro Territorio Nacional, 2) La Creación de un despacho jurídico, integrado por Abogados miembros dela Asociación, con el objetivo de defender los intereses legítimos de sus asociados y representarlos a solicitud de ellos, ante cualquier instancia Judicial, policial, laboral, administrativa o arbitralmente, 3) Promover y crear a nivel nacional un Fondo de Desarrollo Economice Social, para beneficio y atención a los Abogados miembros de la Asociación, 4) Establecer en beneficio de sus asociados, los servicios que se estimen de utilidad, común tales como servicios de salud, seguir facultativo, policlínica medica, 5) Asociar a los Abogados y Notarios Públicos de Nicaragua para que estos, en función de sus objetivos científicos, profesionales, académicos y culturales específicos, participen activa y eficazmente en la defensa de la independencia y la Soberanía Nacional de nuestra patria, así como de las conquistas y valores fundamentales del Estado de Derecho, 6) Contribuir al desarrollo científico y a la practica del Derecho.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BENJAMIN ANTONIO RUIZ URBINA, Primer Vicepresidente, INDIANA DEL SOCORRO GALLARDO FONSECA, Segundo Vicepresidente, JOSE ULISES CARBALLO NICARAGUA Secretario de Actas y Acuerdo, JOSE ALEJANDRO CANDA DAVILA, Tesorero, MARVIN RAFAEL CUADRA, Primer Vocal, FRANCISCO NOEL DEL CASTILLO AYERDIS, Segundo Vocal, MARIA JOSE MARTINEZ BACA, Tercer Vocal., CARLOS ANTONIO GARCIA PRADO, Cuarto Vocal, OTONIEL DEL SOCORRO BRIONES RUIZ, Fiscal, MARVIN JOSE CORTEZ ESTRADA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ABOGADOS Y NOTARIOS”, pudiéndose abreviar “ANAYN”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

. Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ABOGADOS Y NOTARIOS”, pudiéndose abreviar “ANAYN”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.



Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.



Arto. 3 La ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ABOGADOS Y NOTARIOS”, pudiéndose abreviar “ANAYN”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6468
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, pudiéndose abreviar “ANAYN”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La “Asociación Nicaragüense de Abogados y Notarios”, pudiéndose abreviar “ANAYN”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Julio del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional