Managua, 18 de febrero de 2009.

1

Managua, 27 de octubre de 2010
DICTAMEN FAVORABLE


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato de la Primer Secretaría el 25 de Agosto del 2010, para elaborar dictamen al Proyecto “Decreto de Prórroga al artículo 2 del Decreto No. 3318, Que declara a la ciudad de Niquinohomo Patrimonio cultural de la Nación” Esta iniciativa fue presentada por el Diputado Nasser Silwany el dia 18 de febrero del año 2009.


I

INFORME DE LA COMISION


1. Antecedentes

El 23 de agosto de 2002, la Asamblea Nacional sesionó en la Iglesia Santa Ana de la Ciudad de Niquinohomo. En dicha sesión, la Asamblea Nacional aprobó el Decreto No.3318, el cual declaraba a la Ciudad de Niquinohomo, Patrimonio Cultural de la Nación y además le asignaba por siete años a través del Presupuesto General de la República, la suma de al menos C$1.000,000.00 (Un Millón de córdobas anuales), para el mantenimiento y conservación de Museos Iglesias y Calles. Esta asignación venció en el 2010. Este decreto fue publicado en la Gaceta Diario oficial No. 174 del 13 de Septiembre del 2002.

2. Consulta

El Decreto de Prórroga al artículo 2 del Decreto No. 3318, fue enviado a consulta por la vía escrita al Ministerio de Hacienda y Crédito y Público el 1 de septiembre de 2010.

3- Objetivo.

El presente Decreto tiene como objetivo garantizar por siete años mas consecutivos, la asignación presupuestaria de al menos un millón de córdobas anuales a la Alcaldía de la ciudad de Niquinohomo para la conservación de museos e iglesias y mantenimiento de calles. Este fondo está sujeto a rendimiento de cuentas, por parte de la Alcaldía de Niquinohomo.

II

CONSIDERACIONES DE LA COMISION


Los Integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, después de haber analizado este proyecto, consideramos lo siguiente:

III

DICTAMEN DE LA COMISION


La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, una vez analizado el alcance que persigue el proyecto de “DECRETO DE PRORROGA AL ARTO. 2 DEL DECRETO No. 3318, QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN”, en base a las consideraciones señaladas y la importancia del mismo, con fundamento en el artículo No. 138 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos No. 99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, hemos resuelto emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE. Solicitamos al Honorable Plenario la aprobación del mismo.


COMISION DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO.




Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente






Freddy Tórres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira








Oscar Moncada Reyes Alejandro Ruiz Jirón






Francisco Aguirre Sacasa Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante








Gustavo Porras Cortés Odell Incer Barquero
Integrante Integrante








Douglas Alemán Benavidez Ramiro Silva Gutiérrez
Integrante Integrante






Salvador Talavera Alaniz Jorge Castillo Quant
Integrante Integrante

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado


El siguiente:



DECRETO DE PRORROGA AL ARTO. 2 DEL DECRETO No. 3318,
QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO
"PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN”


Artículo 1.- Se prorroga el Arto. 2 del Decreto No. 3318, sobre la Asignación a la Alcaldía de la ciudad de Niquinohomo, a través del Presupuesto General de la República, de la partida de al menos un millón de córdobas al año por otros siete años consecutivos, para museos, iglesias y mantenimiento de calles, sujeto a rendición de cuentas.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________ días del mes de ________ del año dos mil diez.

____________________ _____________________

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional






DECRETO A. N. No. 6203
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. No. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO “PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN”

Artículo 1 Restablézcase en todos sus efectos legales e iguales términos, la disposición legal contenida en el artículo 2 del Decreto A.N. No. 3318 que declara a la Ciudad de Niquinohomo “Patrimonio Cultural de la Nación”, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 174 del 13 de Septiembre del 2002. En consecuencia se restablece la asignación de Un Millón de Córdobas Netos (C$ 1,000,000.00) con fuente de recursos del tesoro, vía Presupuesto General de la República, siendo el ejecutor la Alcaldía Municipal de Niquinohomo, por siete años consecutivos a partir de la vigencia del presente Decreto.

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diez.



Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional

Managua, 18 de febrero de 2009.

1
Managua, 27 de octubre de 2010
DICTAMEN FAVORABLE


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato de la Primer Secretaría el 25 de Agosto del 2010, para elaborar dictamen al Proyecto “Decreto de Prórroga al artículo 2 del Decreto No. 3318, Que declara a la ciudad de Niquinohomo Patrimonio cultural de la Nación” Esta iniciativa fue presentada por el Diputado Nasser Silwany el dia 18 de febrero del año 2009.


I

INFORME DE LA COMISION


1. Antecedentes

El 23 de agosto de 2002, la Asamblea Nacional sesionó en la Iglesia Santa Ana de la Ciudad de Niquinohomo. En dicha sesión, la Asamblea Nacional aprobó el Decreto No.3318, el cual declaraba a la Ciudad de Niquinohomo, Patrimonio Cultural de la Nación y además le asignaba por siete años a través del Presupuesto General de la República, la suma de al menos C$1.000,000.00 (Un Millón de córdobas anuales), para el mantenimiento y conservación de Museos Iglesias y Calles. Esta asignación venció en el 2010. Este decreto fue publicado en la Gaceta Diario oficial No. 174 del 13 de Septiembre del 2002.

2. Consulta

El Decreto de Prórroga al artículo 2 del Decreto No. 3318, fue enviado a consulta por la vía escrita al Ministerio de Hacienda y Crédito y Público el 1 de septiembre de 2010.

3- Objetivo.

El presente Decreto tiene como objetivo garantizar por siete años mas consecutivos, la asignación presupuestaria de al menos un millón de córdobas anuales a la Alcaldía de la ciudad de Niquinohomo para la conservación de museos e iglesias y mantenimiento de calles. Este fondo está sujeto a rendimiento de cuentas, por parte de la Alcaldía de Niquinohomo.

II

CONSIDERACIONES DE LA COMISION


Los Integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, después de haber analizado este proyecto, consideramos lo siguiente:

III

DICTAMEN DE LA COMISION


La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, una vez analizado el alcance que persigue el proyecto de “DECRETO DE PRORROGA AL ARTO. 2 DEL DECRETO No. 3318, QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN”, en base a las consideraciones señaladas y la importancia del mismo, con fundamento en el artículo No. 138 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos No. 99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, hemos resuelto emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE. Solicitamos al Honorable Plenario la aprobación del mismo.


COMISION DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO.




Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente






Freddy Tórres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira








Oscar Moncada Reyes Alejandro Ruiz Jirón






Francisco Aguirre Sacasa Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante








Gustavo Porras Cortés Odell Incer Barquero
Integrante Integrante








Douglas Alemán Benavidez Ramiro Silva Gutiérrez
Integrante Integrante






Salvador Talavera Alaniz Jorge Castillo Quant
Integrante Integrante

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado


El siguiente:



DECRETO DE PRORROGA AL ARTO. 2 DEL DECRETO No. 3318,
QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO
"PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN”


Artículo 1.- Se prorroga el Arto. 2 del Decreto No. 3318, sobre la Asignación a la Alcaldía de la ciudad de Niquinohomo, a través del Presupuesto General de la República, de la partida de al menos un millón de córdobas al año por otros siete años consecutivos, para museos, iglesias y mantenimiento de calles, sujeto a rendición de cuentas.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________ días del mes de ________ del año dos mil diez.

____________________ _____________________

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional