Managua, 20 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Por medio de la presente le remito iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED
.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
DOROTEA LOUSE WILSON THATUM
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (79), a las cinco de la tarde del día veinticinco de febrero del año dos mil Nueve, por el Notario Público
HORDINA ESPERANZA ROCHA AGUIRRE.
FUNDAMENTO.-
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la asociación denominada la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED.
Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, tiene como principales objetivos articular y empoderar a las mujeres afro descendientes para la construcción y reconocimientos de sociedades democráticas, equitativas, justas, multiculturales, libres de racismo, de discriminación racial, sexismo y de exclusión, así como la promoción de la interculturalidad.
Así mismo luchar por los derechos de las mujeres afro descendientes a nivel individual y colectivo; Defender el derecho a vivir sin racismo, discriminación racial, xenofobia, homofobia, lesbofobia, sexismo, discriminación por edad, sin menosprecio a las capacidades y cualquier forma de exclusión: Luchar por la construcción de sociedades democráticas y participativas, con igualdad de derechos y oportunidades y sin ningún tipo de discriminación: Apoyar las luchas de sus integrantes en los diferentes países de Latinoamérica, el Caribe y la Diáspora, en la defensa de los derechos de las mujeres afro descendientes; Participar en las luchas de los movimientos feminista a nivel local, nacional e internacional por la defensa de los derechos de las mujeres: Luchar por el derecho a una vida sin violencia y en particular la violencia contra las mujeres afro descendientes en todas sus manifestaciones; Ser un espacio autónomo respecto de la cooperación financiera, partidos políticos y gobiernos; Promover la transparencia en el ámbito político, económico y social.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión y posterior aprobación.
Atentamente,
EDWIN CASTRO RIVERA
Diputada F.S.L.N.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 21 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Defender los derechos de las mujeres afrodescendientes a nivel individual y colectivo, 2) Defender el derecho a vivir sin racismo, discriminación racial, xenofobia, homofobia, lesbofobia, sexismo, discriminación por edad, sin menosprecio a las discapacidades y cualquier forma de exclusión, 3) Luchar por la construcción de un orden social, económico y político justo, equitativo y sin discriminación.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DOROTEA LOUISE WILSON THATUM, Vicepresidente, ERNA MERLIE PATTERSON RANKIN, Secretaria, KAREN JUNE SALOMON SINCLAIR, Tesorera, MARICRUZ CARRAZCO, Fiscal, SUSANNE DOWNS ALVAREZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6409
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
Asociación Red de Mujeres Afrolatinoaméricanas, Afrocaribeñas y de la Diáspora
conocida con el nombre de
La Red;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
Asociación Red de Mujeres Afrolatinoaméricanas, Afrocaribeñas y de la Diáspora
conocida con el nombre de
La Red;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 20 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Por medio de la presente le remito iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED
.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
DOROTEA LOUSE WILSON THATUM
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (79), a las cinco de la tarde del día veinticinco de febrero del año dos mil Nueve, por el Notario Público
HORDINA ESPERANZA ROCHA AGUIRRE.
FUNDAMENTO.-
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la asociación denominada la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED.
Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, tiene como principales objetivos articular y empoderar a las mujeres afro descendientes para la construcción y reconocimientos de sociedades democráticas, equitativas, justas, multiculturales, libres de racismo, de discriminación racial, sexismo y de exclusión, así como la promoción de la interculturalidad.
Así mismo luchar por los derechos de las mujeres afro descendientes a nivel individual y colectivo; Defender el derecho a vivir sin racismo, discriminación racial, xenofobia, homofobia, lesbofobia, sexismo, discriminación por edad, sin menosprecio a las capacidades y cualquier forma de exclusión: Luchar por la construcción de sociedades democráticas y participativas, con igualdad de derechos y oportunidades y sin ningún tipo de discriminación: Apoyar las luchas de sus integrantes en los diferentes países de Latinoamérica, el Caribe y la Diáspora, en la defensa de los derechos de las mujeres afro descendientes; Participar en las luchas de los movimientos feminista a nivel local, nacional e internacional por la defensa de los derechos de las mujeres: Luchar por el derecho a una vida sin violencia y en particular la violencia contra las mujeres afro descendientes en todas sus manifestaciones; Ser un espacio autónomo respecto de la cooperación financiera, partidos políticos y gobiernos; Promover la transparencia en el ámbito político, económico y social.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión y posterior aprobación.
Atentamente,
EDWIN CASTRO RIVERA
Diputada F.S.L.N.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMÉRICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, LA RED,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 21 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Defender los derechos de las mujeres afrodescendientes a nivel individual y colectivo, 2) Defender el derecho a vivir sin racismo, discriminación racial, xenofobia, homofobia, lesbofobia, sexismo, discriminación por edad, sin menosprecio a las discapacidades y cualquier forma de exclusión, 3) Luchar por la construcción de un orden social, económico y político justo, equitativo y sin discriminación.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DOROTEA LOUISE WILSON THATUM, Vicepresidente, ERNA MERLIE PATTERSON RANKIN, Secretaria, KAREN JUNE SALOMON SINCLAIR, Tesorera, MARICRUZ CARRAZCO, Fiscal, SUSANNE DOWNS ALVAREZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N RED DE MUJERES AFROLATINOAMERICANAS, AFROCARIBEÑAS Y DE LA DIÁSPORA, conocida con el nombre de LA RED,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO