Managua, 04 de Noviembre del 2008
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Secretario:

Por medio de la presente solicito a Usted, someta a la consideración de los Honorables Miembros del Plenario de la Asamblea Nacional, la solicitud de Aprobación de la Personalidad Jurídica de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA.

Dicha Fundacion ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro, Ley No 147 y autorizada mediante Escritura Pública número veintitrés de las diez de la mañana del cinco de septiembre del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de la Doctora Aleyda Jarquín Rivera, cuyos principales objetivos son:

Agradeciendo su fina atención dispensada a la presente, aprovecho complacido la ocasión para saludarle cordialmente.



ERASMO GONZÁLEZ LÓPEZ
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inicio 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución Política; en el Inc. 2 del Arto. 14 y 152 y siguientes de la Ley N°. 666, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, y en la Ley N°. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presenta ante la Secretaría de la Honorable Asamblea Nacional solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a favor de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA.

FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA, ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley No. 147, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 29 de mayo de 1992, mediante Escritura Pública Número veintitrés de las diez de la mañana del cinco de septiembre del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de la Doctora Aleyda Jarquín Rivera.

Esta Fundacion es de naturaleza científica, social, educativa, sin fines de lucro; con personería jurídica propia, apolítica y no gubernamental al desarrollo del país;


El domicilio principal de la entidad será el municipio de Boaco, Departamento de Boaco, pudiendo establecer filiales, delegaciones y oficinas en el resto del país.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Augusta Asamblea Nacional la presente iniciativa de aprobación de Personalidad Jurídica FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA, a fin de que sea acogida favorablemente por el Plenario de dicha Asamblea.
Managua, cuatro de Noviembre del dos mil nueve.



CARLOS GARCÍA BONILLA
Diputado


DECRETO A.N. No_________

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades
Ha Dictado

El siguiente:
DECRETO

Artículo 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL” FUDEHUSA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Boaco, Departamento de Boaco.

Artículo 2 La representación de esta Fundación será sujeta por la forma que determinen sus estatutos.-

Artículo 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL” FUDEHUSA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.-

Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.-

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _____ días del mes de ____________ del año Dos Mil __________.-



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL
ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 22 de septiembre del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, con domicilio en la ciudad de Boaco, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: CARLOS GARCIA BONILLA, en la Continuación de la segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la salud, la educación integral y atención a la sociedad, defendiendo e inculcando valores humanos, aportando así significativamente al desarrollo del país, 2) El Desarrollo de programas sociales en los sectores mas pobres de la comunidad con especial énfasis en la salud, educación, desarrollo comunal, medio ambiente, niñez y desarrollo social integral con énfasis en la participación de la Mujer dentro del genero Humano, 3) Fomentar el acercamiento e intercambio cultural, social, económico y religioso con organismos similares nacionales e internacionales.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, ERASMO GONZALEZ LOPEZ, Vicepresidente, HECTOR ANTONIO LOPEZ HERNANDEZ, Secretario, LESTER EMIGDIO ALVARADO PEREZ, Tesorero, RUTH LEIVA MARTINEZ Fiscal, JOSE ANTONIO UMANZOR RODRIGUEZ, Vocales, GLORIA ELENA GARCIA POLANCO Y DOMINGO ANTONIO JARQUIN RIVERA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Boaco, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6246
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, La que podrá identificarse con las siglas FUDEHUSA; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Boaco, Departamento de Boaco.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, La que podrá identificarse con las siglas FUDEHUSA; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 04 de Noviembre del 2008
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Secretario:

Por medio de la presente solicito a Usted, someta a la consideración de los Honorables Miembros del Plenario de la Asamblea Nacional, la solicitud de Aprobación de la Personalidad Jurídica de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA.

Dicha Fundacion ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro, Ley No 147 y autorizada mediante Escritura Pública número veintitrés de las diez de la mañana del cinco de septiembre del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de la Doctora Aleyda Jarquín Rivera, cuyos principales objetivos son:

Agradeciendo su fina atención dispensada a la presente, aprovecho complacido la ocasión para saludarle cordialmente.



ERASMO GONZÁLEZ LÓPEZ
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inicio 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución Política; en el Inc. 2 del Arto. 14 y 152 y siguientes de la Ley N°. 666, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, y en la Ley N°. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presenta ante la Secretaría de la Honorable Asamblea Nacional solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a favor de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA.

FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA, ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley No. 147, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 29 de mayo de 1992, mediante Escritura Pública Número veintitrés de las diez de la mañana del cinco de septiembre del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de la Doctora Aleyda Jarquín Rivera.

Esta Fundacion es de naturaleza científica, social, educativa, sin fines de lucro; con personería jurídica propia, apolítica y no gubernamental al desarrollo del país;


El domicilio principal de la entidad será el municipio de Boaco, Departamento de Boaco, pudiendo establecer filiales, delegaciones y oficinas en el resto del país.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Augusta Asamblea Nacional la presente iniciativa de aprobación de Personalidad Jurídica FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, FUDEHUSA, a fin de que sea acogida favorablemente por el Plenario de dicha Asamblea.
Managua, cuatro de Noviembre del dos mil nueve.



CARLOS GARCÍA BONILLA
Diputado


DECRETO A.N. No_________

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades
Ha Dictado

El siguiente:
DECRETO

Artículo 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL” FUDEHUSA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Boaco, Departamento de Boaco.

Artículo 2 La representación de esta Fundación será sujeta por la forma que determinen sus estatutos.-

Artículo 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL” FUDEHUSA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.-

Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.-

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _____ días del mes de ____________ del año Dos Mil __________.-



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL
ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 22 de septiembre del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, con domicilio en la ciudad de Boaco, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: CARLOS GARCIA BONILLA, en la Continuación de la segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la salud, la educación integral y atención a la sociedad, defendiendo e inculcando valores humanos, aportando así significativamente al desarrollo del país, 2) El Desarrollo de programas sociales en los sectores mas pobres de la comunidad con especial énfasis en la salud, educación, desarrollo comunal, medio ambiente, niñez y desarrollo social integral con énfasis en la participación de la Mujer dentro del genero Humano, 3) Fomentar el acercamiento e intercambio cultural, social, económico y religioso con organismos similares nacionales e internacionales.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, ERASMO GONZALEZ LOPEZ, Vicepresidente, HECTOR ANTONIO LOPEZ HERNANDEZ, Secretario, LESTER EMIGDIO ALVARADO PEREZ, Tesorero, RUTH LEIVA MARTINEZ Fiscal, JOSE ANTONIO UMANZOR RODRIGUEZ, Vocales, GLORIA ELENA GARCIA POLANCO Y DOMINGO ANTONIO JARQUIN RIVERA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Boaco, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APOSTOL”, la que podrá identificarse con las siglas FEDEHUSA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO