ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUA

(A S P E N)


Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Doctor Navarro:

Recientemente la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N), hemos conformado esta asociación, organización gremial, privada, sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

Conforme los derechos constitucionales y la Ley General # 147, sobre personas jurídicas, sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de PERSONALIDAD JURIDICA, que nos permita la Legalidad de nuestra asociación, en beneficio del desarrollo de nuestro Municipio del Jícaro, jurisdicción del Departamento de Nueva Segovia.

Adjunto los documentos requeridos por la Ley # 147:

1.- Acta Constitutiva (Escritura Pública) y Aprobación de ESTATUTOS.
2.- Exposición de motivos
3.- Decretos de Ley

Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.

Atentamente


Inmanuel Zerger
Presidente




ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE

(A S P E N)

EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5, del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 44 y 45 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la ley # 147. “Ley General sobre Personas jurídicas sin fines de lucro”.

Presentamos la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N), Asociación Civil, sin fines de lucro, de interés social y de desarrollo, constituida en Escritura Pública número dos, (05).- En el Municipio del Jícaro, Departamento de Nueva Segovia, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado José Benito Suazo Montenegro, Abogado y Notario Público con domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, pero de domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, pero de tránsito por este local, a las diez de la mañana del día diecinueve de Enero del año dos mil nueve.

Esta asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:

Dentro de los fines que persigue la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N) son los siguientes:

a) Fomentar, promover y producir productos y servicios de alta calidad, en función de accesar a mercados nacionales e internacionales;
b) Promover el turismo especializado, turismo académico, científico y de aventura, aprovechando biodiversidad del territorio nacional, estableciendo vínculos con hoteles, restaurantes operadores turísticos, agencias de servicios de renta car, medios de comunicación hablados y escritos en los cuales se promueve el turismo en Nicaragua;
c) Promover acciones para desarrollar las rutas TURISTICAS, tanto en el territorio nacional con grandes proyecciones en: atributos paisajísticos, clima, vegetación, cultura, historia y tradición;
d) Integrar cadenas de producción y consumo, formando alianzas estratégicas entre productores, restaurantes, hoteles y estos a su vez con cadenas de distribución y consumo de excelente calidad.;
e) Promover alianzas con de productores y factores nacionales, desde el desarrollo de marcas de fincas o territorios propiciando participación vinculares entre productores y prestatarios de bienes y servicios.-
f) Promover foros, ferias, exposiciones, convenciones empresariales nacionales e internacionales de productores y prestatarios de bienes y servicios, para que su actividad sea rentable, sustentable y tengan un mercado seguro que permita incrementar su ingreso y contribuir al desarrollo del país;
g) Promover condiciones adecuadas y armónicas para atraer inversiones dirigidas a lograr mayor crecimiento del sector productivo de bienes y servicios de forma sostenible y tecnológicamente moderna.
h) Promover el espíritu en la búsqueda de excelencia en cada nicaragüense en su convivencia diaria.
i) Promover, fomentar e impulsar como uno de los canon de la excelencia la reducción del calentamiento global y la protección integral y sostenible del medio ambiente.-- 1) Fortalecer de manera integral las estándares de restauración del tejido social y empresarial de aquellos sectores vulnerables que viven en extrema pobreza;
2) Realizar investigaciones participativas desde la base productiva y empresarial conforme a sus necesidades y aportes que contribuyan a la reactivación de estrategias que reactiven la participación de la población en la excelencia en lo social, productivo y económico.
3) Gestionar, obtener y administrar recursos técnicos, financieros y educativos, becas con instituciones técnicas financieras, Nacionales e Internacionales, agencias de Desarrollo interesadas y todas aquellas organizaciones interesadas en el desarrollo del país;
4) Fomentar programas y proyectos en coordinación con instituciones estatales, municipales y regionales vinculadas a la promoción fomento y divulgación de la excelencia en todas las áreas del desarrollo;
5) Formular, gestionar, ejecutar, evaluar y asesorar proyectos integrales que den respuesta a las necesidades de los sectores productivos y de servicios;
6) Desarrollar capacitación y asistencia técnica sobre promoción, manejo, conservación y explotación, racional y sostenida de los recursos naturales y humanos, en todas las áreas de acción de la Asociación.-

A fin de cumplir la Asociación sus objetivos:

a) Podrá establecer convenios de cooperación e intercambios, alianzas estratégicas con organismos nacionales e internacionales, públicos o privados; contratar patrocinio con empresas, organizar eventos, ferias de excelencia, seminarios, actividades artísticas, turísticas y deportivas;
b) Podrá abrir centros de capacitación, educación, experimentales, vocacionales, investigación, así mismo podrá realizar diagnósticos y publicarlos; intermediar fondos de las organizaciones nacionales e internacionales, siempre y cuando estos no contravengan los principios y fines de la Asociación y las leyes de la República en la materia;
c) Podrá efectuar operaciones en consignación celebrar contratos de arrendamiento, tomando y dando bienes muebles e inmuebles, bajo esa Figura Jurídica, tomar e intermediar fondos, hacer préstamos con intereses y garantía que se requiere el acreedor en la relación Jurídica con las Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales o Extranjeras, todos los planes y programas de la Asociación, estarán orientados al fortalecimiento del Desarrollo;
d) Podrá operar con empleados y obreros mediante contratos de acuerdo al Código del Trabajo y sus formas actuales y futuras;
e) Podrá operar centros de capacitación y entrenamiento, realizan consultorías especializadas, estudios, investigaciones, diagnósticos y publicarlos.-

Todos los objetos y fines aquí establecidos son meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.-


DIPUTADO



DECRETO #

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades

Ha Dictado

El Siguiente

DECRETO

Arto. 1: Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N).- Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio del Jícaro, Jurisdicción del Departamento de
Nueva Segovia.

Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4:El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los
días del mes de del año dos mil ocho.

Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Doctor Wilfredo Navarro Moreira, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, del año dos mil Ocho.

Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua

DICTAMEN


Managua, 23 de junio del 2009






DECRETO A. N. No. 5775
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE.- La cual será conocida por las siglas (A S P E N); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE.- La cual será conocida por las siglas (A S P E N); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUA

(A S P E N)


Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Doctor Navarro:

Recientemente la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N), hemos conformado esta asociación, organización gremial, privada, sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

Conforme los derechos constitucionales y la Ley General # 147, sobre personas jurídicas, sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de PERSONALIDAD JURIDICA, que nos permita la Legalidad de nuestra asociación, en beneficio del desarrollo de nuestro Municipio del Jícaro, jurisdicción del Departamento de Nueva Segovia.

Adjunto los documentos requeridos por la Ley # 147:

1.- Acta Constitutiva (Escritura Pública) y Aprobación de ESTATUTOS.
2.- Exposición de motivos
3.- Decretos de Ley

Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.

Atentamente


Inmanuel Zerger
Presidente




ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE

(A S P E N)

EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5, del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 44 y 45 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la ley # 147. “Ley General sobre Personas jurídicas sin fines de lucro”.

Presentamos la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N), Asociación Civil, sin fines de lucro, de interés social y de desarrollo, constituida en Escritura Pública número dos, (05).- En el Municipio del Jícaro, Departamento de Nueva Segovia, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado José Benito Suazo Montenegro, Abogado y Notario Público con domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, pero de domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, pero de tránsito por este local, a las diez de la mañana del día diecinueve de Enero del año dos mil nueve.

Esta asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:

Dentro de los fines que persigue la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N) son los siguientes:

a) Fomentar, promover y producir productos y servicios de alta calidad, en función de accesar a mercados nacionales e internacionales;
b) Promover el turismo especializado, turismo académico, científico y de aventura, aprovechando biodiversidad del territorio nacional, estableciendo vínculos con hoteles, restaurantes operadores turísticos, agencias de servicios de renta car, medios de comunicación hablados y escritos en los cuales se promueve el turismo en Nicaragua;
c) Promover acciones para desarrollar las rutas TURISTICAS, tanto en el territorio nacional con grandes proyecciones en: atributos paisajísticos, clima, vegetación, cultura, historia y tradición;
d) Integrar cadenas de producción y consumo, formando alianzas estratégicas entre productores, restaurantes, hoteles y estos a su vez con cadenas de distribución y consumo de excelente calidad.;
e) Promover alianzas con de productores y factores nacionales, desde el desarrollo de marcas de fincas o territorios propiciando participación vinculares entre productores y prestatarios de bienes y servicios.-
f) Promover foros, ferias, exposiciones, convenciones empresariales nacionales e internacionales de productores y prestatarios de bienes y servicios, para que su actividad sea rentable, sustentable y tengan un mercado seguro que permita incrementar su ingreso y contribuir al desarrollo del país;
g) Promover condiciones adecuadas y armónicas para atraer inversiones dirigidas a lograr mayor crecimiento del sector productivo de bienes y servicios de forma sostenible y tecnológicamente moderna.
h) Promover el espíritu en la búsqueda de excelencia en cada nicaragüense en su convivencia diaria.
i) Promover, fomentar e impulsar como uno de los canon de la excelencia la reducción del calentamiento global y la protección integral y sostenible del medio ambiente.-- 1) Fortalecer de manera integral las estándares de restauración del tejido social y empresarial de aquellos sectores vulnerables que viven en extrema pobreza;
2) Realizar investigaciones participativas desde la base productiva y empresarial conforme a sus necesidades y aportes que contribuyan a la reactivación de estrategias que reactiven la participación de la población en la excelencia en lo social, productivo y económico.
3) Gestionar, obtener y administrar recursos técnicos, financieros y educativos, becas con instituciones técnicas financieras, Nacionales e Internacionales, agencias de Desarrollo interesadas y todas aquellas organizaciones interesadas en el desarrollo del país;
4) Fomentar programas y proyectos en coordinación con instituciones estatales, municipales y regionales vinculadas a la promoción fomento y divulgación de la excelencia en todas las áreas del desarrollo;
5) Formular, gestionar, ejecutar, evaluar y asesorar proyectos integrales que den respuesta a las necesidades de los sectores productivos y de servicios;
6) Desarrollar capacitación y asistencia técnica sobre promoción, manejo, conservación y explotación, racional y sostenida de los recursos naturales y humanos, en todas las áreas de acción de la Asociación.-

A fin de cumplir la Asociación sus objetivos:

a) Podrá establecer convenios de cooperación e intercambios, alianzas estratégicas con organismos nacionales e internacionales, públicos o privados; contratar patrocinio con empresas, organizar eventos, ferias de excelencia, seminarios, actividades artísticas, turísticas y deportivas;
b) Podrá abrir centros de capacitación, educación, experimentales, vocacionales, investigación, así mismo podrá realizar diagnósticos y publicarlos; intermediar fondos de las organizaciones nacionales e internacionales, siempre y cuando estos no contravengan los principios y fines de la Asociación y las leyes de la República en la materia;
c) Podrá efectuar operaciones en consignación celebrar contratos de arrendamiento, tomando y dando bienes muebles e inmuebles, bajo esa Figura Jurídica, tomar e intermediar fondos, hacer préstamos con intereses y garantía que se requiere el acreedor en la relación Jurídica con las Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales o Extranjeras, todos los planes y programas de la Asociación, estarán orientados al fortalecimiento del Desarrollo;
d) Podrá operar con empleados y obreros mediante contratos de acuerdo al Código del Trabajo y sus formas actuales y futuras;
e) Podrá operar centros de capacitación y entrenamiento, realizan consultorías especializadas, estudios, investigaciones, diagnósticos y publicarlos.-

Todos los objetos y fines aquí establecidos son meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.-


DIPUTADO



DECRETO #

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades

Ha Dictado

El Siguiente

DECRETO

Arto. 1: Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SERVICIOS Y PRODUCTOS DE EXCELENCIA NICARAGUENSE (A S P E N).- Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio del Jícaro, Jurisdicción del Departamento de
Nueva Segovia.

Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4:El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los
días del mes de del año dos mil ocho.

Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Doctor Wilfredo Navarro Moreira, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, del año dos mil Ocho.

Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua
DICTAMEN


Managua, 23 de junio del 2009