Managua 17 de Marzo del 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Estimado Doctor Navarro:
En mi carácter de Presidente de la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
en primer lugar deseo que el señor Jesucristo continúe bendiciendo su vida y la de los suyos; por este medio estoy presentando ante usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de dicha Asociación, nombre con que realizará sus programas y proyectos de carácter civil sin fines de lucro.
La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur; de naturaleza civil, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública Número 15 (Quince) del seis de Marzo del año dos mil diez, ante los oficios Notariales de la Licenciada Marbely Angélica Ubeda Reyes, con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondientes, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Sin otro particular a que hacer referencia, le saludo.
Atentamente.
YULY ANADIN MAGORGA FAJARDO
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho
Honorable Señor Presidente:
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto. 138 numeral 5 y Arto. 140 numeral1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, Arto. 14 numeral 2, Arto. 30 numeral 5 y 89, 90 y 91 de la “Ley Orgánica del Poder Legislativo” y Arto. 3 de la Ley número 147; “Ley general Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro”, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
de carácter civil y sin fines de Lucro, la cual esta constituida en Escritura Pública, tal como manda la ley de la materia.-
En nicaragua los pobladores tienen el derecho ha organizarse apegados a los principio de autonomía de la voluntad y a la legalidad, en la forma determinada en la Constitución Política (Arto.49 Cn) y las leyes ordinarias, en este caso de acuerdo a Ley No. 147 “Ley General sobre Personalidad Jurídicas se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, de carácter civil y sin Fines de Lucro.
FUNDAMENTO.-
La
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, cumplirá una función social, según lo determinado en su pacto social, tal como se acredita en la Escritura Constitutiva y sus Estatutos, lo cual se expresa entre su finalidad y objetivos:
A)
Extensión del Reino de Jesucristo, mediante la predicación de la Palabra de Dios.
B)
Promover los principios cristianos y de desarrollo social e integral de las personas, tales como, Clínicas Médicas, Hogares de niños, Escuelas, Comedores Infantiles, Albergues para jóvenes y actividades de asistencias humanitarias; así como canalizar ayuda humanitaria tanto nacional como internacional, para los sectores sociales con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, vivienda, materiales didácticos, útiles escolares, entre otros.
C)
Crear un club bíblico infantil en donde se les apoyará en sus deberes escolares y espirituales.
D)
Realización de Seminarios, Campañas, enseñanzas de Estudios Bíblicos, Teológicos, Clases bilingües, psicológicas a padres de familias e hijos que permitan conocer más a Dios y por ende acercarse más a El.
E)
Desarrollar y poner en práctica el programa de Pastoral Familiar, Pastoral Juvenil, Educación Cristiana y Formación Cristiana Integral del niño.
F)
Brindar clases teológicas a pastores y líderes que trabajan con iglesia, facilitando a ellos materiales de apoyo como: libros, diccionarios, etc.
G)
Velar por el bienestar espiritual y físico de los miembros de las comunidades participantes.
H)
Financiar Construcción de infraestructura Templos.
I)
Promover la Alfabetización en la comunidad, brindando: clases básicas impartidas por docentes capacitados en el área, así mismo brindares los materiales didácticos necesarios para su aprendizaje.
J)
Capacitar a líderes y maestros de educación, brindándole herramientas pedagógicas para un buen desarrollo en sus enseñanzas diarias.
K)
Programar actividades en radio y televisión con miras a la propagación de la Fe Cristiana. L) Promover toda actividad que tienda al engrandecimiento del evangelio de Dios y a exaltar los valores de Cristo en nuestra sociedad Nicaragüense.
M)
Promover y fomentar los principios cristianos que permiten el respeto y la conservación del medio ambiente en aras de la protección de todo lo que Dios ha creado.
N)
Promover que los miembros de nuestra Asociación participen activamente cooperando con los entes estatales y administrativos, así como civiles privados, a propósito de proyectarnos social y educativamente, diseminando el mensaje de las buenas nuevas de salvación.
Ñ)
Contribuir al progreso del país con programas de educación formal a nivel de enseñanza primaria y secundaria.
O)
Producir, crear y distribuir material audiovisual y literario, que permita la proclamación del mensaje de las buenas nuevas de salvación para la formación integral del ser humano, en su encuentro personal con Cristo.
P)
Organización de actividades relacionadas con las artes que proclamen el mensaje de las buenas nuevas de salvación tales como conciertos musicales, teatro, mimo, expresiones de danza y títeres.
Por lo antes expuestos pido se someta la presente iniciativa de otorgamiento de personalidad jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, a consideración de los honorables representantes de la Asamblea Nacional, a fin de que pase a comisión para su dictamen y establezcan la recomendación que sea aprobada por el plenario de este Poder del Estado.
Managua, once de Marzo del dos mil diez.
Diputado
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ
Bancada de la Alianza del FSLN.
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El Siguiente:
DECRETO:
Arto. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, de carácter civil y sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur, República de Nicaragua.
Arto. 2 La Representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen su Estatutos.
Arto. 3 La “
ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
estará obligada a cumplir con la Ley general Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______ día del mes de __________ del dos mil _______.-
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 28 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
con domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover los principios cristianos y de desarrollo social e integral de las personas, tales como, Clínicas Médicas, Hogares de niños, Escuelas, Comedores Infantiles, Albergues para jóvenes y actividades de asistencias humanitarias; así como canalizar ayuda humanitaria tanto nacional como internacional, para los sectores sociales con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, vivienda, materiales didácticos, útiles escolares, entre otros.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: YULI ANADIN MAYORGA FAJARDO, Vicepresidente: OSCAR DANILO MEZA, Secretario: LILLIAM GARCIA FAJARDO, Tesorero, VICTORIA FAJARDO GUZMAN, Vocal, HENRY JOSEPH LENNAN LENNAN.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6126
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua 17 de Marzo del 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Estimado Doctor Navarro:
En mi carácter de Presidente de la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
en primer lugar deseo que el señor Jesucristo continúe bendiciendo su vida y la de los suyos; por este medio estoy presentando ante usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de dicha Asociación, nombre con que realizará sus programas y proyectos de carácter civil sin fines de lucro.
La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur; de naturaleza civil, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública Número 15 (Quince) del seis de Marzo del año dos mil diez, ante los oficios Notariales de la Licenciada Marbely Angélica Ubeda Reyes, con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondientes, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Sin otro particular a que hacer referencia, le saludo.
Atentamente.
YULY ANADIN MAGORGA FAJARDO
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho
Honorable Señor Presidente:
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto. 138 numeral 5 y Arto. 140 numeral1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, Arto. 14 numeral 2, Arto. 30 numeral 5 y 89, 90 y 91 de la “Ley Orgánica del Poder Legislativo” y Arto. 3 de la Ley número 147; “Ley general Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro”, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
de carácter civil y sin fines de Lucro, la cual esta constituida en Escritura Pública, tal como manda la ley de la materia.-
En nicaragua los pobladores tienen el derecho ha organizarse apegados a los principio de autonomía de la voluntad y a la legalidad, en la forma determinada en la Constitución Política (Arto.49 Cn) y las leyes ordinarias, en este caso de acuerdo a Ley No. 147 “Ley General sobre Personalidad Jurídicas se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, de carácter civil y sin Fines de Lucro.
FUNDAMENTO.-
La
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, cumplirá una función social, según lo determinado en su pacto social, tal como se acredita en la Escritura Constitutiva y sus Estatutos, lo cual se expresa entre su finalidad y objetivos:
A)
Extensión del Reino de Jesucristo, mediante la predicación de la Palabra de Dios.
B)
Promover los principios cristianos y de desarrollo social e integral de las personas, tales como, Clínicas Médicas, Hogares de niños, Escuelas, Comedores Infantiles, Albergues para jóvenes y actividades de asistencias humanitarias; así como canalizar ayuda humanitaria tanto nacional como internacional, para los sectores sociales con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, vivienda, materiales didácticos, útiles escolares, entre otros.
C)
Crear un club bíblico infantil en donde se les apoyará en sus deberes escolares y espirituales.
D)
Realización de Seminarios, Campañas, enseñanzas de Estudios Bíblicos, Teológicos, Clases bilingües, psicológicas a padres de familias e hijos que permitan conocer más a Dios y por ende acercarse más a El.
E)
Desarrollar y poner en práctica el programa de Pastoral Familiar, Pastoral Juvenil, Educación Cristiana y Formación Cristiana Integral del niño.
F)
Brindar clases teológicas a pastores y líderes que trabajan con iglesia, facilitando a ellos materiales de apoyo como: libros, diccionarios, etc.
G)
Velar por el bienestar espiritual y físico de los miembros de las comunidades participantes.
H)
Financiar Construcción de infraestructura Templos.
I)
Promover la Alfabetización en la comunidad, brindando: clases básicas impartidas por docentes capacitados en el área, así mismo brindares los materiales didácticos necesarios para su aprendizaje.
J)
Capacitar a líderes y maestros de educación, brindándole herramientas pedagógicas para un buen desarrollo en sus enseñanzas diarias.
K)
Programar actividades en radio y televisión con miras a la propagación de la Fe Cristiana. L) Promover toda actividad que tienda al engrandecimiento del evangelio de Dios y a exaltar los valores de Cristo en nuestra sociedad Nicaragüense.
M)
Promover y fomentar los principios cristianos que permiten el respeto y la conservación del medio ambiente en aras de la protección de todo lo que Dios ha creado.
N)
Promover que los miembros de nuestra Asociación participen activamente cooperando con los entes estatales y administrativos, así como civiles privados, a propósito de proyectarnos social y educativamente, diseminando el mensaje de las buenas nuevas de salvación.
Ñ)
Contribuir al progreso del país con programas de educación formal a nivel de enseñanza primaria y secundaria.
O)
Producir, crear y distribuir material audiovisual y literario, que permita la proclamación del mensaje de las buenas nuevas de salvación para la formación integral del ser humano, en su encuentro personal con Cristo.
P)
Organización de actividades relacionadas con las artes que proclamen el mensaje de las buenas nuevas de salvación tales como conciertos musicales, teatro, mimo, expresiones de danza y títeres.
Por lo antes expuestos pido se someta la presente iniciativa de otorgamiento de personalidad jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, a consideración de los honorables representantes de la Asamblea Nacional, a fin de que pase a comisión para su dictamen y establezcan la recomendación que sea aprobada por el plenario de este Poder del Estado.
Managua, once de Marzo del dos mil diez.
Diputado
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ
Bancada de la Alianza del FSLN.
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El Siguiente:
DECRETO:
Arto. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”
, de carácter civil y sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur, República de Nicaragua.
Arto. 2 La Representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen su Estatutos.
Arto. 3 La “
ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
estará obligada a cumplir con la Ley general Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______ día del mes de __________ del dos mil _______.-
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 28 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
con domicilio en la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover los principios cristianos y de desarrollo social e integral de las personas, tales como, Clínicas Médicas, Hogares de niños, Escuelas, Comedores Infantiles, Albergues para jóvenes y actividades de asistencias humanitarias; así como canalizar ayuda humanitaria tanto nacional como internacional, para los sectores sociales con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, vivienda, materiales didácticos, útiles escolares, entre otros.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: YULI ANADIN MAYORGA FAJARDO, Vicepresidente: OSCAR DANILO MEZA, Secretario: LILLIAM GARCIA FAJARDO, Tesorero, VICTORIA FAJARDO GUZMAN, Vocal, HENRY JOSEPH LENNAN LENNAN.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad del Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION MANOS UNIDAS PARA NICARAGUA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO