Managua, 10 de septiembre de 2009
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Doctor Navarro Moreira:
A través de la presente me dirijo a Usted con el fin de solicitarle se someta a aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.
Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.
Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de usted.
Atentamente,
CARLOS ALBERTO CONRRADO CABRERA
Presidente
Fundación “Sincotex Care”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, diez de septiembre de 2009
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Capítulo III, artículo 14, numeral 2, artículo 89, párrafo 4, numeral 2 y artículo 91, y en la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Fundación: FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número ciento veintitrés (123), otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las diez de la mañana del día ocho de septiembre del año dos mil nueve, ante los oficios notariales de
Arnoldo Adán Espinales Jarquín
, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.
Esta Fundación se establece como objetivo fundamental:
·
Contribuir en el desarrollo social, económico, educativo y recreativo de la ciudad de Tipitapa.
Para lograr sus objetivos, esta Fundación podrá realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de la fundación y las leyes de la República de Nicaragua.
Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
JOSÉ FIGUEROA AGUILAR
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, sin fines de lucro, de duración definida y con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 02 de septiembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Presentada por el Diputado: JOSE FIGUEROA AGUILAR, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta fundación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuir en el l desarrollo, Social, Económico, Educativo y Recreativo del Municipio de Tipitapa. Pudiendo en consecuencia crear Centros Educativos, Centros de Documentación y Librerías para el desarrollo Educativo de la población, generando una mejor educación y empleo a la sociedad.
Esta fundación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS ALBERTO CONRADO CABRERA, Vicepresidente, ROGER EDUARDO CONRADO CABRERA, Secretario, FRANCISCO ANTONIO FUNEZ, Tesorero, DANIEL EUGENIO SIRIAS QUIROZ, Vocal, RODRIGO AGUSTIN VARGAS MARTINEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio
en el Municipio de Tipitapa.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6196
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”;
sin fines de lucro, de noventa y nueve años de duración y con domicilio en el Municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 10 de septiembre de 2009
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Doctor Navarro Moreira:
A través de la presente me dirijo a Usted con el fin de solicitarle se someta a aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.
Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.
Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de usted.
Atentamente,
CARLOS ALBERTO CONRRADO CABRERA
Presidente
Fundación “Sincotex Care”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, diez de septiembre de 2009
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Capítulo III, artículo 14, numeral 2, artículo 89, párrafo 4, numeral 2 y artículo 91, y en la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Fundación: FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número ciento veintitrés (123), otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las diez de la mañana del día ocho de septiembre del año dos mil nueve, ante los oficios notariales de
Arnoldo Adán Espinales Jarquín
, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.
Esta Fundación se establece como objetivo fundamental:
·
Contribuir en el desarrollo social, económico, educativo y recreativo de la ciudad de Tipitapa.
Para lograr sus objetivos, esta Fundación podrá realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de la fundación y las leyes de la República de Nicaragua.
Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
JOSÉ FIGUEROA AGUILAR
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, sin fines de lucro, de duración definida y con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La FUNDACIÓN “SINCOTEX CARE”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 02 de septiembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Presentada por el Diputado: JOSE FIGUEROA AGUILAR, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta fundación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuir en el l desarrollo, Social, Económico, Educativo y Recreativo del Municipio de Tipitapa. Pudiendo en consecuencia crear Centros Educativos, Centros de Documentación y Librerías para el desarrollo Educativo de la población, generando una mejor educación y empleo a la sociedad.
Esta fundación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS ALBERTO CONRADO CABRERA, Vicepresidente, ROGER EDUARDO CONRADO CABRERA, Secretario, FRANCISCO ANTONIO FUNEZ, Tesorero, DANIEL EUGENIO SIRIAS QUIROZ, Vocal, RODRIGO AGUSTIN VARGAS MARTINEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio
en el Municipio de Tipitapa.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACIÓN “SINCOTEX CARES”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO