León, Nicaragua
Mayo 24 de 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Por medio de la presente me dirijo a usted con el fin de solicitarle, sea sometida a aprobación del plenario de la Asamblea Nacional, la solicitud de Personería Jurídica de la Asociación sin fines de lucro, denominada ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO «NUEVO AMANECER EN NICARAGUA» (MIJNAN), con sede en la ciudad de León; todo de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personería Jurídica sin Fines de Lucro.

Nuestra asociación es de naturaleza cristiana evangélica con el objeto de predicar La Palabra de Dios, conforme la gran comisión de nuestro Dios y Salvador Jesucristo cuando dijo: “Por tanto, Id, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándoles en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo” (Mateo 28:19). La asociación persigue como fin supremo, alcanzar la salvación de sus miembros sobre la base del amor, la justicia y la fe en la obra redentora de nuestro Señor Jesucristo.

Adjunto a la solicitud, escritura constitutiva y estatutos de la Asociación, más dos copias, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto, y CD con los documentos en digital.

Seguros de contar con su valioso apoyo, me suscribo de usted,


Muy atentamente,



CARLOS MANUEL REYES TRUJILLO
Presidente Ministerio de Iglesias de Jesucristo
«Nuevo Amanecer en Nicaragua».





León, Nicaragua
Abril 17 de 2010
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, de conformidad con el inciso. 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución Política, y en el inciso 2 del Arto. 44 y 90 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, Ley 606 y Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro; presento la solicitud de otorgamiento de personería Jurídica para el ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO «NUEVO AMANECER EN NICARAGUA» (MIJNAN), Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número dieciséis (16) Otorgada en la ciudad de León a las cuatro y treinta minutos de la tarde del día dieciséis de Abril del presente año, ante el Notario Luís Molina Romero, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

La Asociación es un organismo de naturaleza cristiana evangélica, con propósitos y metas eminentemente evangelizadoras, con la finalidad suprema de alcanzar la salvación y vida eterna de sus miembros, procurando por la gracia de Dios de que muchas personas puedan alcanzar este propósito.

1. Objetivos:

a. Predicar el Evangelio de Jesucristo, enseñando la doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, La Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen.

b. Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera, que cada miembro de la Asociación represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador.

c. Promover el mejoramiento espiritual y superación en la fé de las personas que integran el medio influido por nuestras Iglesias, pudiendo para dicho objeto realizar ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, plegarias, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas, públicas o privadas, en que resalte el MENSAJE DIVINO y la misión que nos impusiera NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO (Mateo 28:19).

d. Crear y sostener Iglesias por todo el país, bibliotecas y centros de reuniones, escuelas, hogares de ancianos, infantiles, y en general, centros que permitan la difusión del Evangelio, a la vez que hacer obra social en beneficio de los necesitados.

e. Crear y sostener con la ayuda de Dios, imprentas, radioemisoras, periódicos y otros que permitan difundir La Palabra, por escrito o visualmente, pudiendo para ello, contratar programas de prensa, radiales y televisivos.

f. Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad y solidaridad espiritual y social entre sus integrantes y simpatizantes, pudiendo auspiciar la creación de sociedades mutualistas, cooperativas y otras manifestaciones similares.

g. Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores, creando Institutos Bíblicos, Escuelas y otros medios que permitan acrecentar sus conocimientos bíblicos y aún otorgarles títulos suficientes que les permitan enfrentar con mayor eficiencia la misión evangélica que les compete.

2. Fines:

a. La fe en la obra redentora de Jesucristo constituye su piedra angular, el único mediador entre Dios y los hombres; el único camino de salvación y vida eterna.

b. La obediencia de los preceptos bíblicos (Palabra de Dios) para alcanzar la comunión con el Creador de los cielos y de la tierra.

c. El amor fraternal entre los miembros y hacia las demás personas como muestra de la regeneración del alma y del Espíritu.

d. La paz como medio para alcanzar la convivencia social pacífica entre los hombres.

e. La esperanza de alcanzar la unidad con el Espíritu Santo, sobre la base de la Fe y el Amor, con el fin supremo de obtener vida eterna.

f. La Asociación no hará ningún tipo de discriminación por razones políticas, sexo, raza o nacionalidad.

g. No persigue fines de lucro.

En virtud de lo antes expuesto, someto a consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada ha comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Sin otro particular, me suscribo de usted, no sin antes expresarle mis más alta muestras de estima y consideración.



DR. JOSE BERNARD PALLAIS ARANA
Diputado
Asamblea Nacional de Nicaragua




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA






En uso de sus facultades.
Ha Dictado
El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase personalidad jurídica al ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA(MIJNAN), Asociación sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de León.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.


Arto. 3 La Asociación denominada ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA” (MIJNAN), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.


Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta “Diario Oficial”.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ____ días del mes de _________________ del año dos mil _______.




Ing. René Núñez Téllez
Dr. Wilfredo Navarro
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 19 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), con domicilio en la ciudad de León. Presentada por el Diputado: JOSE BERNARD PALLAIS ARANA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar el Evangelio de Jesucristo, enseñando la doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, La Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen, 2) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera que cada miembro de la Asociación represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS MANUEL REYES TRUJILLO, Vicepresidente, TERESA DE JESUS MAYORGA RAMIREZ, Tesorero, NELLY ZENAYDA ZAPATA, Secretario, ALFREDO REYES TRUJILLO, Vocal, AYDA LUZ RAMIREZ RIVAS, Vocal. JUAN MANUEL MAYORGA, Vocal, MARCIA ELENA JÁENZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de León


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6223
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO <<NUEVO AMANECER EN NICARAGUA>> la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de León.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO <<NUEVO AMANECER EN NICARAGUA>> la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
León, Nicaragua
Mayo 24 de 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Por medio de la presente me dirijo a usted con el fin de solicitarle, sea sometida a aprobación del plenario de la Asamblea Nacional, la solicitud de Personería Jurídica de la Asociación sin fines de lucro, denominada ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO «NUEVO AMANECER EN NICARAGUA» (MIJNAN), con sede en la ciudad de León; todo de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personería Jurídica sin Fines de Lucro.

Nuestra asociación es de naturaleza cristiana evangélica con el objeto de predicar La Palabra de Dios, conforme la gran comisión de nuestro Dios y Salvador Jesucristo cuando dijo: “Por tanto, Id, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándoles en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo” (Mateo 28:19). La asociación persigue como fin supremo, alcanzar la salvación de sus miembros sobre la base del amor, la justicia y la fe en la obra redentora de nuestro Señor Jesucristo.

Adjunto a la solicitud, escritura constitutiva y estatutos de la Asociación, más dos copias, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto, y CD con los documentos en digital.

Seguros de contar con su valioso apoyo, me suscribo de usted,


Muy atentamente,



CARLOS MANUEL REYES TRUJILLO
Presidente Ministerio de Iglesias de Jesucristo
«Nuevo Amanecer en Nicaragua».





León, Nicaragua
Abril 17 de 2010
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, de conformidad con el inciso. 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución Política, y en el inciso 2 del Arto. 44 y 90 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, Ley 606 y Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro; presento la solicitud de otorgamiento de personería Jurídica para el ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO «NUEVO AMANECER EN NICARAGUA» (MIJNAN), Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número dieciséis (16) Otorgada en la ciudad de León a las cuatro y treinta minutos de la tarde del día dieciséis de Abril del presente año, ante el Notario Luís Molina Romero, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

La Asociación es un organismo de naturaleza cristiana evangélica, con propósitos y metas eminentemente evangelizadoras, con la finalidad suprema de alcanzar la salvación y vida eterna de sus miembros, procurando por la gracia de Dios de que muchas personas puedan alcanzar este propósito.

1. Objetivos:

a. Predicar el Evangelio de Jesucristo, enseñando la doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, La Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen.

b. Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera, que cada miembro de la Asociación represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador.

c. Promover el mejoramiento espiritual y superación en la fé de las personas que integran el medio influido por nuestras Iglesias, pudiendo para dicho objeto realizar ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, plegarias, campañas, cruzadas y otras manifestaciones activas, públicas o privadas, en que resalte el MENSAJE DIVINO y la misión que nos impusiera NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO (Mateo 28:19).

d. Crear y sostener Iglesias por todo el país, bibliotecas y centros de reuniones, escuelas, hogares de ancianos, infantiles, y en general, centros que permitan la difusión del Evangelio, a la vez que hacer obra social en beneficio de los necesitados.

e. Crear y sostener con la ayuda de Dios, imprentas, radioemisoras, periódicos y otros que permitan difundir La Palabra, por escrito o visualmente, pudiendo para ello, contratar programas de prensa, radiales y televisivos.

f. Procurar el desarrollo de un espíritu de comunidad y solidaridad espiritual y social entre sus integrantes y simpatizantes, pudiendo auspiciar la creación de sociedades mutualistas, cooperativas y otras manifestaciones similares.

g. Promover el perfeccionamiento espiritual de sus miembros y pastores, creando Institutos Bíblicos, Escuelas y otros medios que permitan acrecentar sus conocimientos bíblicos y aún otorgarles títulos suficientes que les permitan enfrentar con mayor eficiencia la misión evangélica que les compete.

2. Fines:

a. La fe en la obra redentora de Jesucristo constituye su piedra angular, el único mediador entre Dios y los hombres; el único camino de salvación y vida eterna.

b. La obediencia de los preceptos bíblicos (Palabra de Dios) para alcanzar la comunión con el Creador de los cielos y de la tierra.

c. El amor fraternal entre los miembros y hacia las demás personas como muestra de la regeneración del alma y del Espíritu.

d. La paz como medio para alcanzar la convivencia social pacífica entre los hombres.

e. La esperanza de alcanzar la unidad con el Espíritu Santo, sobre la base de la Fe y el Amor, con el fin supremo de obtener vida eterna.

f. La Asociación no hará ningún tipo de discriminación por razones políticas, sexo, raza o nacionalidad.

g. No persigue fines de lucro.

En virtud de lo antes expuesto, someto a consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada ha comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Sin otro particular, me suscribo de usted, no sin antes expresarle mis más alta muestras de estima y consideración.



DR. JOSE BERNARD PALLAIS ARANA
Diputado
Asamblea Nacional de Nicaragua




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA






En uso de sus facultades.
Ha Dictado
El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase personalidad jurídica al ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA(MIJNAN), Asociación sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de León.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.


Arto. 3 La Asociación denominada ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA” (MIJNAN), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.


Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta “Diario Oficial”.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ____ días del mes de _________________ del año dos mil _______.




Ing. René Núñez Téllez
Dr. Wilfredo Navarro
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 19 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), con domicilio en la ciudad de León. Presentada por el Diputado: JOSE BERNARD PALLAIS ARANA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar el Evangelio de Jesucristo, enseñando la doctrina Cristiana Evangélica en sus principios integrales, establecidos en la Palabra de Dios, La Santa Biblia, y procurar por todos los medios que estén a su alcance, que sus miembros se sujeten a dichas enseñanzas y las practiquen, 2) Promover el mejoramiento moral, intelectual y el bienestar social de sus miembros y simpatizantes, auspiciando cursos, conferencias, actos culturales, charlas, alabanzas, sermones, de tal manera que cada miembro de la Asociación represente y testifique con su vida a Cristo como Señor y Salvador.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS MANUEL REYES TRUJILLO, Vicepresidente, TERESA DE JESUS MAYORGA RAMIREZ, Tesorero, NELLY ZENAYDA ZAPATA, Secretario, ALFREDO REYES TRUJILLO, Vocal, AYDA LUZ RAMIREZ RIVAS, Vocal. JUAN MANUEL MAYORGA, Vocal, MARCIA ELENA JÁENZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de León


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA”, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (MIJNAN), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO