Managua, 06 de mayo del año 2009.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor Navarro:
Con el debido respeto que usted se merece, me dirijo a su distinguida persona con la finalidad de solicitarle muy respetuosamente se me apruebe la Personalidad Jurídica en mi calidad de Presidente de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; su fin primordial es proclamar el evangelio de Cristo y la practica del culto cristiano en forma pública o privada; Trabajar para el mejoramiento de las condiciones habitacionales, materiales, cristianas, intelectuales del pueblo nicaragüense; Realizar los contactos Nacionales e Internacionales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación
IGLERR,
todo lo anterior con el deseo de que todos los ciudadanos tengamos una nación con un profundo respeto a nuestros valores cristianos y orgullosos de labrar un futuro sin exclusión de nadie y con participación de todos y tendrá su domicilio en Ciudad Sandino Departamento de Managua.
Seguro de contar con su valiosa gestión a mi solicitud. Le saludo con mis más altas muestras de consideración y estima.
Atentamente,
___________________________
Manuel Salvador Fuentes Rivas
Presidente de la Asociación
Managua, 06 de Mayo del año 2009.
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
Exposición de Motivos
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con Fundamento en el Inc. 5 del Arto. 140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto. 14 y el Articulo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; su fin primordial es desarrollar proyectos y obras sociales que beneficien a los sectores mas necesitados del país, con domicilio en la ciudad de Masaya del Departamento de Masaya, fue constituida mediante Escritura Pública Número Uno, del día tres de enero del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Abogado y Notario Público
ROBERTO JOSÉ CRUZ
.
FUNDAMENTACIÓN:
La Asociación para su funcionamiento se propone los siguientes objetivos son:
Proclamar el Evangelio de Cristo y la Practica del Culto Cristiano en forma pública o privada; Trabajar para el mejoramiento de las condiciones Habitacionales, materiales, cristianas Intelectuales del pueblo nicaragüense; Realizar los contactos Nacionales e Internacionales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación
IGLERR
, todo lo anterior con el deseo de que todos los ciudadanos tengamos una nación con un profundo respeto a nuestros Valores cristianos y orgullosos de labrar un futuro sin exclusión de nadie y con participación de todos, La Asociación
IGLERR
se propone cumplir con los siguientes fines y objetivos generales: a) promover el desarrollo integral, social, cultural y económico de la población, sin distingos de colores políticos, ni credos religiosos, géneros, edades, en cualquier ámbito geográfico del territorio nacional. b) Desarrollar estudios y diagnósticos para conocer in situ nuestra problemática socio-económica y cultural de nuestra población en las áreas urbanas como rurales, con el fin de elaborar guías de proyectos sociales, a como también productivos que subsanen nuestra situación en corto, mediano y largo plazo, según las necesidades más sentidas de nuestra población en el territorio nacional c) capacitar al Personal administrativo financiero y de proyecto de nuestra Asociación para consolidar la continuidad operacional del organismo, con el fin de aumentar la capacidad de gestión y financiamiento de los diferentes proyectos sociales y productivos en beneficio de los sectores poblacionales menos favorecidos de nuestra comunidad en general, que serán administrativos y supervisados por la Asociación.- d) Fomentar la honestidad, honradez y transparencia diáfana en el uso de los fondos recibidos por los distintos organismos institucionales y personas naturales y jurídicas beneméritas, mediante registros informes y cualquier clase de comunicación necesaria que satisfaga el requerimiento de información de los mismos.
Entre otros objetivos.
Adjunto la Presente, las copias de Ley correspondiente, así como propuesta de Decreto y Solicitud debidamente firmada por el presidente de dicha Asociación.
Atentamente,
RAMÓN GONZÁLEZ M
Diputado PLC
Asamblea Nacional
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
ART. 1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la Asociación
“IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la ciudad de Masaya del Departamento de Masaya.
ART. 2.- La Representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
ART. 3.- La Asociación
“IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
ART. 4.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los ____________ días del mes de _________ del año dos mil ocho.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 18 de enero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
con domicilio en la ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: RAMON GONZALEZ MIRANDA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo integral, social, cultural y económico de la población, sin distingos de colores políticos, no credos religiosos, géneros, edades, en cualquier ámbito geográfico del territorio nacional.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MANUEL SALVADOR FUENTES RIVAS, Vicepresidente, THELMA MARIA ROCHA, Secretaria, JOSE MIGUEL ARTOLA, Tesorero, SANDRA YESENIA AMADOR POTOSME, Fiscal, LESTER EDDY HERNANDEZ FUENTES, Vocal, CONSUELO VALENTINA GRILLO PARRALES.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio en
la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6310
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR;
sin fines de lucro, de Noventa y Nueve años de duración y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día diecisiete del mes de Febrero del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 06 de mayo del año 2009.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor Navarro:
Con el debido respeto que usted se merece, me dirijo a su distinguida persona con la finalidad de solicitarle muy respetuosamente se me apruebe la Personalidad Jurídica en mi calidad de Presidente de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; su fin primordial es proclamar el evangelio de Cristo y la practica del culto cristiano en forma pública o privada; Trabajar para el mejoramiento de las condiciones habitacionales, materiales, cristianas, intelectuales del pueblo nicaragüense; Realizar los contactos Nacionales e Internacionales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación
IGLERR,
todo lo anterior con el deseo de que todos los ciudadanos tengamos una nación con un profundo respeto a nuestros valores cristianos y orgullosos de labrar un futuro sin exclusión de nadie y con participación de todos y tendrá su domicilio en Ciudad Sandino Departamento de Managua.
Seguro de contar con su valiosa gestión a mi solicitud. Le saludo con mis más altas muestras de consideración y estima.
Atentamente,
___________________________
Manuel Salvador Fuentes Rivas
Presidente de la Asociación
Managua, 06 de Mayo del año 2009.
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
Exposición de Motivos
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con Fundamento en el Inc. 5 del Arto. 140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto. 14 y el Articulo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; su fin primordial es desarrollar proyectos y obras sociales que beneficien a los sectores mas necesitados del país, con domicilio en la ciudad de Masaya del Departamento de Masaya, fue constituida mediante Escritura Pública Número Uno, del día tres de enero del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del Abogado y Notario Público
ROBERTO JOSÉ CRUZ
.
FUNDAMENTACIÓN:
La Asociación para su funcionamiento se propone los siguientes objetivos son:
Proclamar el Evangelio de Cristo y la Practica del Culto Cristiano en forma pública o privada; Trabajar para el mejoramiento de las condiciones Habitacionales, materiales, cristianas Intelectuales del pueblo nicaragüense; Realizar los contactos Nacionales e Internacionales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación
IGLERR
, todo lo anterior con el deseo de que todos los ciudadanos tengamos una nación con un profundo respeto a nuestros Valores cristianos y orgullosos de labrar un futuro sin exclusión de nadie y con participación de todos, La Asociación
IGLERR
se propone cumplir con los siguientes fines y objetivos generales: a) promover el desarrollo integral, social, cultural y económico de la población, sin distingos de colores políticos, ni credos religiosos, géneros, edades, en cualquier ámbito geográfico del territorio nacional. b) Desarrollar estudios y diagnósticos para conocer in situ nuestra problemática socio-económica y cultural de nuestra población en las áreas urbanas como rurales, con el fin de elaborar guías de proyectos sociales, a como también productivos que subsanen nuestra situación en corto, mediano y largo plazo, según las necesidades más sentidas de nuestra población en el territorio nacional c) capacitar al Personal administrativo financiero y de proyecto de nuestra Asociación para consolidar la continuidad operacional del organismo, con el fin de aumentar la capacidad de gestión y financiamiento de los diferentes proyectos sociales y productivos en beneficio de los sectores poblacionales menos favorecidos de nuestra comunidad en general, que serán administrativos y supervisados por la Asociación.- d) Fomentar la honestidad, honradez y transparencia diáfana en el uso de los fondos recibidos por los distintos organismos institucionales y personas naturales y jurídicas beneméritas, mediante registros informes y cualquier clase de comunicación necesaria que satisfaga el requerimiento de información de los mismos.
Entre otros objetivos.
Adjunto la Presente, las copias de Ley correspondiente, así como propuesta de Decreto y Solicitud debidamente firmada por el presidente de dicha Asociación.
Atentamente,
RAMÓN GONZÁLEZ M
Diputado PLC
Asamblea Nacional
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
ART. 1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la Asociación
“IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la ciudad de Masaya del Departamento de Masaya.
ART. 2.- La Representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
ART. 3.- La Asociación
“IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES” (IGLERR)
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
ART. 4.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los ____________ días del mes de _________ del año dos mil ocho.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 18 de enero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
con domicilio en la ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: RAMON GONZALEZ MIRANDA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo integral, social, cultural y económico de la población, sin distingos de colores políticos, no credos religiosos, géneros, edades, en cualquier ámbito geográfico del territorio nacional.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MANUEL SALVADOR FUENTES RIVAS, Vicepresidente, THELMA MARIA ROCHA, Secretaria, JOSE MIGUEL ARTOLA, Tesorero, SANDRA YESENIA AMADOR POTOSME, Fiscal, LESTER EDDY HERNANDEZ FUENTES, Vocal, CONSUELO VALENTINA GRILLO PARRALES.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio en
la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N IGLESIA EVANGELICA REY DE REYES,
la que de forma abreviada podrá llamarse
IGLERR,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO