San Marcos, Carazo 28 de junio de 2010.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho



Estimado Doctor Navarro:


Reciba un cordial saludo además de desearle éxitos en sus labores.


La presente tiene como propósito, solicitar de manera formal, se someta a discusión para su posterior aprobación nuestra solicitud de Personalidad Jurídica para la “Asociación para el Desarrollo Integral “Pueblos Vecinos” (APDIPV)”, la cual es necesaria para trabajar legalmente en beneficio de nuestras comunidades.

Dirección: Reparto Marvin Corrales, de la Escuela Salomón Ibarra Mayorga 50 vrs. Al sur.

Teléfono: 88569384

Agradeciendo su amable gestión, me despido.



ENA DEL CARMEN SÁNCHEZ GONZÁLEZ
Presidenta
Cédula Nº 042-250374-0002E




Managua, 01 de julio del año dos mil diez.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 inc. 2, arto. 30 inc. 5 y arto. 91 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), Asociación de carácter civil, constituida en Escritura Pública número veinte (20) ante los oficios notariales del licenciado Erick José Briceño Martínez, a las cuatro de la tarde del siete de septiembre del año dos mil nueve.

Esta asociación se constituyó, entre otros, con los siguientes objetivos:

a. Promover el mejoramiento de la viviendas para las personas o familias más desposeídas de las comunidades;

b. Impulsar proyectos que propicien la salud integral de las comunidades;

c. Desarrollar proyectos que contribuyan al desarrollo integral de la educación;

d. Promover proyectos de desarrollo agropecuario;

e. Promover la protección de los recursos naturales y medio ambiente;

f. Realizar otros proyectos y acciones que apoyen el desarrollo comunitario de las comarcas de San Marcos y otros municipios.

Por lo antes expuesto, considero que la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.


Atentamente,





LIC. JOSÉ A. MARTÍNEZ NARVÁEZ
Diputado FSLN






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de San Marcos, departamento de Carazo.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.

DICTAMEN

Managua, 07 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), con domicilio en la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo. Presentada por el Diputado: JOSE MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 26 de agosto del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el mejoramiento delas viviendas para las personas o familias mas desposeídas de las comunidades, 2) Impulsar proyectos que propicien la salud integral de las comunidades, 3) Desarrollar proyectos que contribuyan al desarrollo integral de la educación, 4) Promover proyectos de desarrollo agropecuario, Desarrollar proyectos de auto sostenibilidad económico. 5) Promover la protección de los recursos naturales y medio ambiente.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Coordinador: ENA DEL CARMEN SANCHEZ GONZALEZ, Secretario, HELDERTH GONZALO AREAS BLAS, Tesorero, ALEJANDRO ANTONIO GAGO SOTO, Fiscal, AMALIA MERCEDES SALAZAR MEDRANO, Vocal, FRANCISCA ANTONIA GALLEGO.


Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6217
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
San Marcos, Carazo 28 de junio de 2010.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho



Estimado Doctor Navarro:


Reciba un cordial saludo además de desearle éxitos en sus labores.


La presente tiene como propósito, solicitar de manera formal, se someta a discusión para su posterior aprobación nuestra solicitud de Personalidad Jurídica para la “Asociación para el Desarrollo Integral “Pueblos Vecinos” (APDIPV)”, la cual es necesaria para trabajar legalmente en beneficio de nuestras comunidades.

Dirección: Reparto Marvin Corrales, de la Escuela Salomón Ibarra Mayorga 50 vrs. Al sur.

Teléfono: 88569384

Agradeciendo su amable gestión, me despido.



ENA DEL CARMEN SÁNCHEZ GONZÁLEZ
Presidenta
Cédula Nº 042-250374-0002E




Managua, 01 de julio del año dos mil diez.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 inc. 2, arto. 30 inc. 5 y arto. 91 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), Asociación de carácter civil, constituida en Escritura Pública número veinte (20) ante los oficios notariales del licenciado Erick José Briceño Martínez, a las cuatro de la tarde del siete de septiembre del año dos mil nueve.

Esta asociación se constituyó, entre otros, con los siguientes objetivos:

a. Promover el mejoramiento de la viviendas para las personas o familias más desposeídas de las comunidades;

b. Impulsar proyectos que propicien la salud integral de las comunidades;

c. Desarrollar proyectos que contribuyan al desarrollo integral de la educación;

d. Promover proyectos de desarrollo agropecuario;

e. Promover la protección de los recursos naturales y medio ambiente;

f. Realizar otros proyectos y acciones que apoyen el desarrollo comunitario de las comarcas de San Marcos y otros municipios.

Por lo antes expuesto, considero que la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.


Atentamente,





LIC. JOSÉ A. MARTÍNEZ NARVÁEZ
Diputado FSLN






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de San Marcos, departamento de Carazo.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS”, (APDIPV), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.

DICTAMEN

Managua, 07 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), con domicilio en la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo. Presentada por el Diputado: JOSE MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 26 de agosto del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el mejoramiento delas viviendas para las personas o familias mas desposeídas de las comunidades, 2) Impulsar proyectos que propicien la salud integral de las comunidades, 3) Desarrollar proyectos que contribuyan al desarrollo integral de la educación, 4) Promover proyectos de desarrollo agropecuario, Desarrollar proyectos de auto sostenibilidad económico. 5) Promover la protección de los recursos naturales y medio ambiente.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Coordinador: ENA DEL CARMEN SANCHEZ GONZALEZ, Secretario, HELDERTH GONZALO AREAS BLAS, Tesorero, ALEJANDRO ANTONIO GAGO SOTO, Fiscal, AMALIA MERCEDES SALAZAR MEDRANO, Vocal, FRANCISCA ANTONIA GALLEGO.


Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO