Managua, 16 de Agosto del 2010

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor:

En mi carácter de Presidente de la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” estoy presentando ante Usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de dicha Asociación. La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad de Managua, del departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, no partidista, fue constituida en Escritura Pública Número dieciocho (18) del día diez de septiembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Público LUÍS OMAR ESPINOZA , con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
1. Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer, y de la creación mediante la realizaciones de Campaña Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2. Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas, de primaria, secundaria y centro técnicos vocacionales, Centro de Protección a menores, Centros Clínicos.
3. Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
4.
Atentamente,

JOSÉ MANUEL TÉLLEZ DELGADO
PRESIDENTE





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 16 de agosto del año 2010

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina

Honorable Presidente:

El Suscrito Diputado ante la Asamblea nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto.138 y Arto.140 Cn.; arto. 14 numeral 2; arto. 30 numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el arto. 3 de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, presento la solicitud de concesión de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número dieciocho (18) del diez de septiembre del dos mil diez, ante los oficios notariales de la Notario Público LUIS OMAR ESPINOZA.

1. La Asociación tiene l Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer, y de la creación mediante la realizaciones de Campaña Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2. Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas, de primaria, secundaria y centro técnicos vocacionales, Centro de Protección a menores, Centros Clínicos.
3. Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.

Por lo expuesto, solicito se someta a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua la presente iniciativa a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.





EVERTH CARCAMO NARVÁEZ
DIPUTADO


DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO


Art.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio de la Ciudad de Managua del departamento de Managua.-

Art.2.- La representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.- La ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.


RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 17 de enero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EVERTH CARCAMO NARVAEZ, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Pablara de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realización de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas la Iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MANUEL SALVADOR PORRAS GUEVARA, Vicepresidente, JOSE MANUEL TELLEZ DELGADO, Secretario, MARTHA MARISOL CRESPIN DIAZ, Tesorero, MARIA TERESA CRESPIN DIAZ, Primer Vocal, FTIMA NOHEMI REYES MEJIA, Segundo Vocal, BAYARDO ANTONIO BOJORGE MORALES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO





DECRETO A. N. No. 6306

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA.”; sin fines de lucro, de duración Indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ; ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA.” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día diecisiete del mes de Febrero del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 16 de Agosto del 2010

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor:

En mi carácter de Presidente de la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” estoy presentando ante Usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de dicha Asociación. La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad de Managua, del departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, no partidista, fue constituida en Escritura Pública Número dieciocho (18) del día diez de septiembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Público LUÍS OMAR ESPINOZA , con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
1. Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer, y de la creación mediante la realizaciones de Campaña Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2. Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas, de primaria, secundaria y centro técnicos vocacionales, Centro de Protección a menores, Centros Clínicos.
3. Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
4.
Atentamente,

JOSÉ MANUEL TÉLLEZ DELGADO
PRESIDENTE





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 16 de agosto del año 2010

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina

Honorable Presidente:

El Suscrito Diputado ante la Asamblea nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto.138 y Arto.140 Cn.; arto. 14 numeral 2; arto. 30 numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el arto. 3 de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, presento la solicitud de concesión de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número dieciocho (18) del diez de septiembre del dos mil diez, ante los oficios notariales de la Notario Público LUIS OMAR ESPINOZA.

1. La Asociación tiene l Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer, y de la creación mediante la realizaciones de Campaña Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2. Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas, de primaria, secundaria y centro técnicos vocacionales, Centro de Protección a menores, Centros Clínicos.
3. Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.

Por lo expuesto, solicito se someta a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua la presente iniciativa a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.





EVERTH CARCAMO NARVÁEZ
DIPUTADO


DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO


Art.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio de la Ciudad de Managua del departamento de Managua.-

Art.2.- La representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.- La ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.


RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

DICTAMEN

Managua, 17 de enero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EVERTH CARCAMO NARVAEZ, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Pablara de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realización de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas la Iglesias, Cruzadas Evangélicas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MANUEL SALVADOR PORRAS GUEVARA, Vicepresidente, JOSE MANUEL TELLEZ DELGADO, Secretario, MARTHA MARISOL CRESPIN DIAZ, Tesorero, MARIA TERESA CRESPIN DIAZ, Primer Vocal, FTIMA NOHEMI REYES MEJIA, Segundo Vocal, BAYARDO ANTONIO BOJORGE MORALES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN “MINISTERIO LOS OLIVOS DE NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO