Departamento de Estelí
5 de Junio de 2009
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretaría
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-
Estimado Señor Secretario.
Por éste medio presento solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, de conformidad con la Ley.
Sin más a que hacer referencia, saludos.
Atentamente,
Julissa Lisette Velásquez Dormus.
Presidente de la Asociación
MOES
CC. Archivo.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
El marco jurídico constitucional nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el Arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta la siguiente iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
,
“MOES”
.
FUNDAMENTO.-
La importancia de esta asociación para la sociedad nicaragüense está sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: I) Promover la integración y participación, en el desarrollo económico, social y cultural, de las mujeres en situación de prostitución en el departamento de Estelí, por medio de proyectos educativos, investigativos, divulgación, y sensibilización, genero, empoderamiento femenino, así como talleres charlas, temáticas y capacitaciones, para que a mediano y largo plazo, logren tener una actitud, de respeto así mismas, Objetivos Específicos: 1)- Promover actividades de acción social, en conjunto con los grupos objetivos. 2) Desarrollar proyectos en educación y salud. 3) Impulsar proyectos vocacionales. 4) Brindar asesoría y capacitación en los campos de educación y salud sexual y reproductiva. 5) formular investigaciones en materia de educación y salud. 6) Facilitar servicios de atención medica, psico-social. 7) Ofrecer asesoría y acompañamiento legal.8) Establecer relaciones de colaboración con organismos Nacionales e Internacionales con objetivos similares. 9) Desarrollar capacidades en temas de derechos humanos, participación ciudadana, autoestima, salud sexual y reproductiva y violencia. 10) Promover la defensa de la explotación comercial en niñas, niños, y adolescentes. 11) Facilitar un programa de salud a la mujer que permita incidir en la disminución de los índices de mortalidad en prevención de las enfermedades de transmisión sexual y VIH SIDA. 12) Facilitar el acceso a la planificación familiar promoviendo la apropiación de las mujeres sobre su cuerpo y vida.13) Promover la participación de las mujeres de sectores populares del área urbana y rural en programas educativos y deliberativos e informativos por medio de revistas, foros, debates, y programas radiales que permitan la sensibilización, de las mujeres organizadas y no organizadas, a instituciones del estado, hombres, familias, niños, comunidad en general, sobre la lucha e igualdad de las mujeres y la disolución de las relaciones opresivas de genero. Nuestra misión: es tomar y hacer tomar conciencia a hombres y mujeres de la problemática social que aqueja a las mujeres que se encuentran encerradas en un sistema de contexto socio económico dominado por la discriminación, hacia las mujeres en situación de prostitución, nuestra visión es integrar alas mujeres en situación de prostitución e inculcarles deseos de superación personal a fin de levantar su autoestima, defender sus derechos ante la comunidad discriminatoria, para lograr el empoderamiento personal, através de encuentros colectivos, para compartir experiencias y desarrollar capacidades con el apoyo de nuestra asociación.- Estos objetivos son meramente enunciativos y no son limitativos, pues la Asociación podrá realizar cualquier otro objetivo vinculado con los aquí enumerados sin mas limitaciones que las establecidas en la Ley número ciento cuarenta y siete y demás leyes de la República.
Por lo expuesto solicito someter a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua a los dieciocho días del mes de junio de dos mil nueve.
Lic. José Antonio Martínez.
Diputado - Bancada FSLN
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Artículo 1.-
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Artículo2.-
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Artículo 3.-
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo 4.-
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil nueve.
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 26 de enero del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
con domicilio en la ciudad de Estelí, departamento de Estelí, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover actividades de acción social, en conjunto con los grupos objetivos, 2) Desarrollar proyectos en educación y salud, 3) Impulsar proyectos vocacionales, 4) Brindar asesoría y capacitación en los campos de educación y salud sexual y reproductiva, 5) Formular investigaciones en materia de educación y salud.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JULISSA LISETTE VELASQUEZ DORMUS; Vice Presidente, ESPERANZA PERALTA VIDEA, Secretario: GLORIA DANELIA RIVERA CASTILLO, Tesorero: WALTER MATUS PERALTA, Vocal, GIOCONDA YUNIETH MATAMOROS RAMIREZ, Fiscal: CLAUDIA MARLIETH JIMENEZ PERALTA.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Estelí, departamento de Estelí, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓN
MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
g
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5993
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI,
conocida también en su forma abreviada como
(MOES);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Estelí, Departamento de Estelí, República de Nicaragua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI,
conocida también en su forma abreviada como
(MOES) ;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Departamento de Estelí
5 de Junio de 2009
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretaría
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-
Estimado Señor Secretario.
Por éste medio presento solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, de conformidad con la Ley.
Sin más a que hacer referencia, saludos.
Atentamente,
Julissa Lisette Velásquez Dormus.
Presidente de la Asociación
MOES
CC. Archivo.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
El marco jurídico constitucional nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el Arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta la siguiente iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
,
“MOES”
.
FUNDAMENTO.-
La importancia de esta asociación para la sociedad nicaragüense está sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: I) Promover la integración y participación, en el desarrollo económico, social y cultural, de las mujeres en situación de prostitución en el departamento de Estelí, por medio de proyectos educativos, investigativos, divulgación, y sensibilización, genero, empoderamiento femenino, así como talleres charlas, temáticas y capacitaciones, para que a mediano y largo plazo, logren tener una actitud, de respeto así mismas, Objetivos Específicos: 1)- Promover actividades de acción social, en conjunto con los grupos objetivos. 2) Desarrollar proyectos en educación y salud. 3) Impulsar proyectos vocacionales. 4) Brindar asesoría y capacitación en los campos de educación y salud sexual y reproductiva. 5) formular investigaciones en materia de educación y salud. 6) Facilitar servicios de atención medica, psico-social. 7) Ofrecer asesoría y acompañamiento legal.8) Establecer relaciones de colaboración con organismos Nacionales e Internacionales con objetivos similares. 9) Desarrollar capacidades en temas de derechos humanos, participación ciudadana, autoestima, salud sexual y reproductiva y violencia. 10) Promover la defensa de la explotación comercial en niñas, niños, y adolescentes. 11) Facilitar un programa de salud a la mujer que permita incidir en la disminución de los índices de mortalidad en prevención de las enfermedades de transmisión sexual y VIH SIDA. 12) Facilitar el acceso a la planificación familiar promoviendo la apropiación de las mujeres sobre su cuerpo y vida.13) Promover la participación de las mujeres de sectores populares del área urbana y rural en programas educativos y deliberativos e informativos por medio de revistas, foros, debates, y programas radiales que permitan la sensibilización, de las mujeres organizadas y no organizadas, a instituciones del estado, hombres, familias, niños, comunidad en general, sobre la lucha e igualdad de las mujeres y la disolución de las relaciones opresivas de genero. Nuestra misión: es tomar y hacer tomar conciencia a hombres y mujeres de la problemática social que aqueja a las mujeres que se encuentran encerradas en un sistema de contexto socio económico dominado por la discriminación, hacia las mujeres en situación de prostitución, nuestra visión es integrar alas mujeres en situación de prostitución e inculcarles deseos de superación personal a fin de levantar su autoestima, defender sus derechos ante la comunidad discriminatoria, para lograr el empoderamiento personal, através de encuentros colectivos, para compartir experiencias y desarrollar capacidades con el apoyo de nuestra asociación.- Estos objetivos son meramente enunciativos y no son limitativos, pues la Asociación podrá realizar cualquier otro objetivo vinculado con los aquí enumerados sin mas limitaciones que las establecidas en la Ley número ciento cuarenta y siete y demás leyes de la República.
Por lo expuesto solicito someter a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua a los dieciocho días del mes de junio de dos mil nueve.
Lic. José Antonio Martínez.
Diputado - Bancada FSLN
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Artículo 1.-
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Artículo2.-
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Artículo 3.-
ASOCIACIÓN DE MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELÍ
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“MOES”
, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo 4.-
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil nueve.
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 26 de enero del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
con domicilio en la ciudad de Estelí, departamento de Estelí, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover actividades de acción social, en conjunto con los grupos objetivos, 2) Desarrollar proyectos en educación y salud, 3) Impulsar proyectos vocacionales, 4) Brindar asesoría y capacitación en los campos de educación y salud sexual y reproductiva, 5) Formular investigaciones en materia de educación y salud.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JULISSA LISETTE VELASQUEZ DORMUS; Vice Presidente, ESPERANZA PERALTA VIDEA, Secretario: GLORIA DANELIA RIVERA CASTILLO, Tesorero: WALTER MATUS PERALTA, Vocal, GIOCONDA YUNIETH MATAMOROS RAMIREZ, Fiscal: CLAUDIA MARLIETH JIMENEZ PERALTA.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Estelí, departamento de Estelí, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓN
MUJERES ORGANIZADAS EMPRENDEDORAS DE ESTELI, conocida también en su forma abreviada como (MOES),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
g
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO