EXPOSICION DE MOTIVOS

Managua, 04 de Septiembre de 2007.


Managua, 04 de Septiembre del 2007.

Managua, 16 de junio del 2009






DECRETO A. N. No. 5760
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN FERNANDO OLIVAS LARGAESPADA DE RÍO SAN JUAN, la que podrá identificarse con las siglas FUNFOL; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de San Carlos, Departamento de Río San Juan.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACIÓN FERNANDO OLIVAS LARGAESPADA DE RÍO SAN JUAN, la que podrá identificarse con las siglas FUNFOL; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dos días del mes de Julio del año dos mil nueve.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 04 de Septiembre de 2007.


Managua, 04 de Septiembre del 2007.

Managua, 16 de junio del 2009