Managua, 28 de Febrero del 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho
Honorable primer secretario.



El suscrito Presidente de la Asociación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), Asociación de carácter humanitario constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y CUATRO (052) ante los oficios notariales de la Abogado KARLA LMARIANA VARGAS MENDIOLA, a las dos de la tarde del veintisiete de Febrero del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número CINCUENTA Y CUATRO (052) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:


1. Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2. Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3. Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en lso cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todso /as, los /as cristianos / as.


Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.

Adjuntamos:
1.- Escritura de constitución de la asociación (original y dos copias)
2.- Exposición de motivos.
3.- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo.

Atentamente,


LEONIDAS DE LA CONCEPCION MONDRAGON
Presidente ASOCIACION (APITTIC)





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 28 de Febrero del 2010.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente,

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” 8APITTIC), Asociación de carácter humanitario constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y CUATRO (052) ante los oficios notariales de la Abogado KARLA LMARIANA VARGAS MENDIOLA, a las dos de la tarde del veintisiete de Febrero del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número CINCUENTA Y CUATRO (052) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:


1.-Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.-Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.

3.-Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos / as.



Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.



Atentamente,



RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
Diputado





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES;
HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO

DICTAMEN

Managua, 22 de septiembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominará (APITTIC), con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: RAMIRO SILVA GUTIERREZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la unidad Pastoral en los diferentes Ministerios, Asociaciones, Denominaciones, y otras congregaciones, a fin de que la Iglesia de Jesucristo seamos uno en el señor, 2) Practicar la Unidad dentro de la Pastoral con el fin de lograr mayor impacto en la Sociedad, desarrollando actividades en conjunto, con el objetivo de llevar las buenas de salvación a toda la población.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LEONIDAS DE LA CONCEPCION MONDRAGON, Vicepresidente, ALVARO DOMINGO RAYO MEDRANO, Secretaria, DANILO ADOLFO CRUZ MATUTE , Tesorera, MAURA ANTONIA TORREZ GARCIA, Primer Vocal, HUBER FRANCISCO SANDIGO, Segundo Vocal, FELIPE ADOLFO MORALES MEDRANO, Fiscal, GERMÁN ANTONIO RAUDEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO

GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6187

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominará (APITTIC); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominará (APITTIC); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 28 de Febrero del 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho
Honorable primer secretario.



El suscrito Presidente de la Asociación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), Asociación de carácter humanitario constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y CUATRO (052) ante los oficios notariales de la Abogado KARLA LMARIANA VARGAS MENDIOLA, a las dos de la tarde del veintisiete de Febrero del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número CINCUENTA Y CUATRO (052) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:


1. Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2. Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3. Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en lso cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todso /as, los /as cristianos / as.


Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.

Adjuntamos:
1.- Escritura de constitución de la asociación (original y dos copias)
2.- Exposición de motivos.
3.- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo.

Atentamente,


LEONIDAS DE LA CONCEPCION MONDRAGON
Presidente ASOCIACION (APITTIC)





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 28 de Febrero del 2010.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente,

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” 8APITTIC), Asociación de carácter humanitario constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y CUATRO (052) ante los oficios notariales de la Abogado KARLA LMARIANA VARGAS MENDIOLA, a las dos de la tarde del veintisiete de Febrero del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número CINCUENTA Y CUATRO (052) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:


1.-Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.-Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.

3.-Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos / as.



Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.



Atentamente,



RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
Diputado





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES;
HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La “ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” (APITTIC), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO

DICTAMEN

Managua, 22 de septiembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominará (APITTIC), con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: RAMIRO SILVA GUTIERREZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la unidad Pastoral en los diferentes Ministerios, Asociaciones, Denominaciones, y otras congregaciones, a fin de que la Iglesia de Jesucristo seamos uno en el señor, 2) Practicar la Unidad dentro de la Pastoral con el fin de lograr mayor impacto en la Sociedad, desarrollando actividades en conjunto, con el objetivo de llevar las buenas de salvación a toda la población.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LEONIDAS DE LA CONCEPCION MONDRAGON, Vicepresidente, ALVARO DOMINGO RAYO MEDRANO, Secretaria, DANILO ADOLFO CRUZ MATUTE , Tesorera, MAURA ANTONIA TORREZ GARCIA, Primer Vocal, HUBER FRANCISCO SANDIGO, Segundo Vocal, FELIPE ADOLFO MORALES MEDRANO, Fiscal, GERMÁN ANTONIO RAUDEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO

GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Tipitapa. Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN DE PASTORES INTERDENOMINACIONALES TIPITAPA TISMA Y SUS COMARCAS” y que abreviadamente se denominara (APITTIC), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO