Managua, 28 de Marzo del 2012.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDES.
Primer Secretario.
Asamblea Nacional
Su Despacho:

Estimada Licenciada Palacios Benavides:

Por medio de la presente me dirijo a usted, con el fin de solicitarle, se someta a aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN PENTECOSTÉS PUERTA DE ESPERANZA”, todo de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la presente solicitud de los siguientes documentos:
Todos los documentos se presentan en original y tres copias para los fines respectivos.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted.

Atentamente,

LUIS MANUEL TORRES OROZCO.
Presidente


Managua, 20 de Septiembre del 2012


Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimada Licenciada Palacios

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PENTECOSTÉS PUERTA DE ESPERANZA”.

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Diputado
ING. RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PENTECOSTÉS PUERTA DE ESPERANZA” y constituida mediante Escritura Pública número siete (07), de las tres de la tarde del día Uno de Mayo del año dos mil once, los oficios notariales del Licenciado JACQUES ISRAEL SOTOMAYOR ORTIZ

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la asociación denominada “ASOCIACIÓN PENTECOSTÉS PUERTA DE ESPERANZA”.

Se constituye como un organismo sin fines de lucro es de naturaleza religiosa, de carácter civil, de orientación espiritual, no partidista, sin fines de lucro; su fin primordial es predicar y difundir la Palabra de Dios, a fin de que la humanidad pueda ser salva, y a la misma vez unir de forma organizada los esfuerzos de todas las personas dispuestas a cumplir los objetivos y respetar los estatutos se propone los siguientes objetivos: Crear Iglesias, Predicar y difundir el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo a como se proclama en la Santa Palabra de Dios, la Biblia y de esta forma fortalecer los valores morales y espirituales de las personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad y respeto mutuo que contribuyen a mejorar en los hombres y las mujeres una conducta de amor y bien para sí y el de sus semejantes.

Desarrollar proyectos para fundar y dirigir radios cristianas en cualquier parte del país; Organizar y dirigir eventos públicos de carácter Cristiano ya sea en estadios, plazas públicas, parques o cualquier otro local, con artistas, predicadores, compositores, evangelizadores tanto nacionales como internacionales en cualquier parte del territorio nacional; Establecer, administrar y dirigir revistas, periódicos, y cualquier medio de comunicación escrito; Establecer y administrar librerías de orientaciones cristianas en cualquier parte del territorio nacional, equipándolas de materiales de estudio para la divulgación de la Palabra de Dios en todas las modalidades, ya sea para la formación de líderes, maestros, pastores, miembros, entre otros; Formar grupos de visitación en hogares, hospitales, cárceles, y cualquier establecimiento público con el objetivo de divulgar la Palabra de Dios Promover, ayudar y formar grupos cristianos para el fortalecimiento de nuestra Palabra; Desarrollar proyectos de alfabetización para personas del campo que no saben leer, ni escribir; Crear Centros de Comedores Infantiles, para niños de escasos recursos económicos y en abandono para alimentarles no solo de la Palabra de Dios, sino del pan material; Establecer Centros de rehabilitación integral para personas que tengan problemas tales como: La Drogadicción, maltratos, abusos tanto físicos como psicológicos, Pandillas Juveniles, Prostitución y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad; con el fin de sacarlos de ese estado y reintegrarlos en una sociedad digna donde se respeten y se sientan como seres humanos, entre otros.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 20 de Septiembre del año dos mil doce

Atentamente



EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado




ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES:
HA DICTADO

EL SIGUIENTE
DECRETO

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN PENTECOSTÉS PUERTA DE ESPERANZA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el departamento de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil doce.


ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ.
LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Presidente
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional

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