ID Préstamo No. 2050 BCIE.pdf





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Comisión de Producción, Economía y Presupuesto
Dictamen del Contrato de Financiamiento No. 2050 del BCIE para el MEM y ENATREL
Managua 20 de Octubre del 2011
D I C T A M E N F A V O R A B L E

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-


Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos de parte de Primer Secretaría, el día 18 de octubre del año en curso para su respectivo dictamen, el Contrato de Préstamo No.2050, suscrito el 2 de septiembre de 2011 por el Gobierno de la República de Nicaragua y del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para financiar el “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable para Nicaragua (PNESER)”, por un monto de US$75,000,000.00 (Setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América).

I INFORME DEL CONVENIO.

1) Aspectos Generales.

El contrato de financiamiento No. 2050 se firmó el dos de septiembre del año dos mil once; en nombre y representación de la República de Nicaragua, por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Msc. Alberto José Guevara Obregón y el Dr. Silvio Enrique Conrado Gómez, Director y Representante Legal del BCIE. Este convenio fue presentado por el Poder Ejecutivo ante la Primer Secretaría de la Asamblea Nacional el día 29 de septiembre del año 2011.

El contrato de financiamiento será ejecutado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

2) Objeto

2.1 Objeto: El presente convenio de préstamo tiene por objeto apoyar al Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable para Nicaragua (PNESER) con el fin de promover el acceso de una porción importante de la población al servicio de electricidad eficiente y sostenible; a la vez que apoyará la generación de condiciones que permitan avanzar en la transformación de la matriz energética del país, que contribuya a mejorar la mitigación y adaptación al cambio climático; todo dentro del marco de la Estrategia de Reducción de la Pobreza en el país.

3) Componentes.

El Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER) engloba 7 componentes, de los cuales con los recursos del presente préstamo se apoyará principalmente a los componentes del 1 al 5 los ejecutará el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el componente 6 la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL.

4) Costo, Financiamiento, y Grado de Concesionalidad.

4.1 Monto del Préstamo: US$75,000,000.00 (setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), de los cuales el 87% equivalente a la suma de US$65,000,000.00 ejecutará el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el restante 10% equivalente a US$10,000,000.00 ejecutará el ENATREL. Su detalle de distribución por componentes se muestra en el cuadro a continuación, donde se puede apreciar que los más relevantes, desde el punto de vista de asignación de los recursos, son: el componente 2.1 Extensión de Redes con US$38.1 millones, el 2.2 Normalización de Asentamientos con US$15.0 millones, el 2.5 Eficiencia Energética con US$10.1 millones y el 2.6 Refuerzos de Transmisión con US$8.5 millones.





4.2 Financiamiento

El presente préstamo se financiará con los recursos ordinarios del BCIE, a un plazo de 15 años, incluyendo 3 años de gracia, contados a partir de la fecha del primer desembolso; con la tasa de interés del 5.9% correspondiente al tercer trimestre del 2011 y será revisable y ajustable trimestralmente durante la vigencia del préstamo; con cargos por mora consistente en un incremento del 3.0% de interés ordinario; una comisión de compromiso del 0.25% anual sobre saldos no desembolsados del préstamo a partir de la ratificación del mismo por la Asamblea Nacional; una comisión de supervisión y auditoría del 0.25% sobre el monto del préstamo, pagadera una sola vez al momento del primer desembolso; el capital del préstamo será amortizado mediante cuotas semestrales al vencimiento, consecutivas y en lo posible iguales en las fechas que determine el BCIE y conforme el calendario de amortizaciones. Concesionalidad: Este convenio de préstamo forma parte del financiamiento global del Programa PNESER, cuyos recursos provenientes de distintas fuentes de financiamiento cuentan con un grado ponderado de concesionalidad del 37.50%, superior al mínimo establecido que es del 35%, acorde con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del 2011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 133 del 14 de Julio del 2010; por tanto cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley No. 477 “Ley General de Deuda Pública”. El detalle de la ponderación del cálculo de concesionalidad del programa PNESER se muestra a continuación:




Una vez ratificado este convenio, será incluido en una futura reforma presupuestaria, ya que no está incorporado en el Presupuesto General de la República 2011.

II CONSULTAS.

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, una vez recibido el convenio de financiamiento, consultó por la vía escrita a la Dirección General de Deuda Pública del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Energía y Minas, Empresa de Transmisión Eléctrica (ENATREL), para que nos brindaran información a este Convenio de Préstamo. El MEM y ENATREL expresaron agradecimiento a esta Comisión por el interés de aprobar este Convenio de Préstamo el que permitirá la sostenibilidad del sector eléctrico, ampliar el acceso de las zonas rurales a energía eléctrica.

III CONSIDERACIONES DE LA COMISION.

Los Integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, conociendo y habiendo analizado previamente sobre los alcances del Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER), de los otros convenios de préstamos firmados con los organismos internacionales para cofinanciar este programa, consideramos necesario la aprobación del presente convenio de préstamo con el BCIE, debido a que también contribuye, al igual que otros financiamientos, a la estrategia que viene implementando el Gobierno de Nicaragua para alcanzar la sostenibilidad del sector eléctrico, consolidar el crecimiento económico y reducir la pobreza en Nicaragua. Estos esfuerzos conllevarían a la mejora de la calidad de vida de la población rural y urbana, protegiendo a los más vulnerables y restituyendo sus derechos para el acceso a los servicios básicos.

El costo estimado de financiamiento plurianual para complementar el Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER) es de US$404.3 millones, de lo cual el BCIE cofinanciará el 18.55% con los recursos del presente convenio de préstamo:

Entre los resultados esperados del Programa PNESER se pueden destacar que las acciones y proyectos a desarrollarse en términos generales permitirán que Nicaragua alcance una tasa de cobertura de electricidad en el año 2014 de aproximadamente el 85.5%, incrementándola en un 20% con la provisión de electricidad a unas 117,390 familias no atendidas previamente ubicadas en 3,666 comunidades en zonas rurales.

Así mismo, el programa permitirá la construcción de 6,755 kilómetros de red, incluyendo 1,256 kilómetros de red trifásica que reforzará el sistema de distribución actual; se normalizará el servicio eléctrico en 164,046 viviendas consideradas clientes y usuarios ilegales en 647 asentamientos del país con el fin de reducir los índices existentes de pérdidas de energía; se construirán 322 kilómetros de red en media tensión monofásica y 738 kilómetros de red de baja tensión, así como 53,745 KVA totales de los centros de transformación que serán instalados en los asentamientos para reforzar el sistema de

distribución actual. También se elaborarán los estudios de pre-inversión necesarios para promover al menos 358 Megawatts de proyectos de Energía Renovable, fomentando la participación pública y privada en este tipo de proyectos.

La Comisión está consciente que el acceso de las zonas rurales a la energía eléctrica, permitirá fortalecer el sistema productivo de las zonas beneficiadas, ya que mejoran sus condiciones para el manejo adecuado de productos perecederos como la leche y el queso entre otros, capacidad para el riego e implementos agropecuarios que demandan energía como los molinos. Así mismo, la expansión de la cobertura hacia las zonas que actualmente no cuentan con servicio de energía eléctrica, permitirá reducir el consumo de derivados de petróleo y la desforestación causada por el consumo masivo de leña, que constituyen las fuentes energéticas primarias que habitualmente utilizan los pobladores de áreas rurales.

Otro punto importante de señalar, es que con Programa como PNESER, se está haciendo realidad la modificación sustancial de la matriz energética de nuestro país, que actualmente depende de los combustibles fósiles para la generación de energía, hacia una basada mayoritariamente en las fuentes de Energía Renovable, como la generación hidroeléctrica, geotérmica y eólica, lo que permitirá la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), contribuyendo a mejorar las condiciones de mitigación del cambio climático en Nicaragua.

Finalmente, la Comisión considera de suma importancia aprobar presente convenio de préstamo, debido a que forma parte de un esfuerzo planificado, multianual y conjunto, tanto de las instituciones encargadas a implementar el Programa PNESER, como de la comunidad y organismos internacionales, siendo el crecimiento y desarrollo sostenible del sector eléctrico necesarios y de gran beneficio para la reducción de los niveles de pobreza y cuido de los recursos naturales, indispensables para el presente y futuro de la economía y población de nuestro país.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado el objetivo y condiciones generales de este decreto de aprobación del Contrato de Préstamo No. 2050 del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), con fundamento en el artículo No. 138 de la Constitución Política, numeral 12, artículos 100 y 102 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua emitimos DICTAMEN FAVORABLE, solicitando al honorable Plenario nos afirme en su aprobación.


COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO




Wálmaro Gutiérrez Mercado

Presidente


Freddy Tórres Montes José Figueroa Aguilar

Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole

Francisco Aguirre Sacasa Irma Dávila Lazo

Integrante Integrante

Gustavo Porras Cortés Odell Incer Barquero

Integrante Integrante

Douglas Alemán Benavidez Ramiro Silva Gutiérrez

Integrante Integrante



Guillermo Osorno Brooklyn Rivera Bryan
DECRETO No.________
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I


Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 183-2011 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 166 del 2 de septiembre del año 2011, el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 2 de septiembre del año 2011, el Contrato de Préstamo No.2050 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).


II

Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2050 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorgó a la República de Nicaragua, un préstamo por un monto de US$75,000,000.00 (Setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América); a 15 (quince) años de plazo, incluyendo 3 (tres) años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del cinco punto noventa por ciento (5.90%) anual sobre saldos, revisable y ajustable trimestralmente durante la vigencia del préstamo; comisión de compromiso de un cuarto del uno por ciento (0.25%) anual sobre los saldos no desembolsados del préstamo y una comisión de supervisión y auditoría de un cuarto del uno por ciento (0.25%) sobre el monto del préstamo; para financiar parcialmente la ejecución del “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable Para Nicaragua (PNESER)”, que ejecutará el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).
III

Que la implementación del Programa PNESER permitirá la transformación de la matriz energética en Nicaragua y entre las principales fuentes de financiamiento se encuentran: El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE); Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Banco Mundial (BM); Cooperación Financiera Internacional de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OFID); Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK); Agencia Española para la Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); Fondo de Inversiones para América Latina (LAIF); Banco Europeo de Inversiones (BEI); Fondo Nórdico para el Desarrollo (FDN); aporte de terceros y una contrapartida local (GNI).



IV

Que las concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la concesionalidad del resto de cofinanciadores del programa PNESER permite una concesionalidad ponderada en armonía con los Lineamientos de la “Política de Endeudamiento Público 2011”, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 133 del 14 de julio del año 2010.

POR TANTO

En uso de sus facultades,


HA DICTADO


El siguiente:

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTAMO No. 2050, SUSCRITO EL 2 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACION ECONOMICA (BCIE).


Artículo 1. Apruébese el Contrato de Préstamo No.2050, suscrito el 2 de septiembre de 2011, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de US$75,000,000.00 (setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), para financiar parcialmente el “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable para Nicaragua (PNESER)” el que será ejecutado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).


Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _______________días del mes de ____________________ del año dos mil once.



____________________ _____________________
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional






Decreto A.N. No. 6621
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DECRETO A.N. No. 6621
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 183-2011 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 166 del 2 de septiembre del año 2011, el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 2 de septiembre del año 2011, el Contrato de Préstamo No. 2050 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2050 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorgó a la República de Nicaragua, un préstamo por un monto de US$75,000,000.00 (Setenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América); a 15 (quince) años de plazo, incluyendo 3 (tres) años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del cinco punto noventa por ciento (5.90%) anual sobre saldos, revisable y ajustable trimestralmente durante la vigencia del préstamo; comisión de compromiso de un cuarto del uno por ciento (0.25%) anual sobre los saldos no desembolsados del préstamo y una comisión de supervisión y auditoría de un cuarto del uno por ciento (0.25%) sobre el monto del préstamo; para financiar parcialmente la ejecución del “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable Para Nicaragua (PNESER)”, que ejecutará el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).
III
Que la implementación del Programa PNESER permitirá la transformación de la matriz energética en Nicaragua y entre las principales fuentes de financiamiento se encuentran: El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE); Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Banco Mundial (BM); Cooperación Financiera Internacional de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OFID); Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK); Agencia Española para la Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); Fondo de Inversiones para América Latina (LAIF); Banco Europeo de Inversiones (BEI); Fondo Nórdico para el Desarrollo (FDN); aporte de terceros y una contrapartida local (GNI).

IV
Que la concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la concesionalidad del resto de cofinanciadores del programa PNESER permite una concesionalidad ponderada en armonía con los Lineamientos de la “Política de Endeudamiento Público 2011”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 133 del 14 de julio del año 2010.
POR TANTO
En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2050, SUSCRITO EL 2 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2050, suscrito el 2 de septiembre de 2011, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de US$75,000,000.00 (Setenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), para financiar parcialmente el “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable para Nicaragua (PNESER)” el que será ejecutado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil once.

Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional