Managua, 02 de junio 2009.
Managua, 2 de junio 2009.
Managua, 02 de junio 2009.



DICTAMEN




Managua, 04 de noviembre del 2009



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC), con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado, MARIO VALLE DAVILA. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) La promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes y adultos por medio de la práctica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños, adolescentes y jóvenes de Nicaragua.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JUSTO RODOLFO GOMEZ MARTINEZ, Primer Vicepresidente, ROGER ANTONIO GOMEZ MARTINEZ, Secretaria, ANGELA LUCIA FERNANDEZ IRIAS, Tesorero, MAYRA NORA ELIZONDO MARQUEZ, Vocal, JOSE ORLANDO GAITAN ROCHA, Fiscal, LENIN ALEXIS ROSALES BENAVIDEZ.


Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO








LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5951
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA” la que podrá identificarse con el Apócope (ASAMANIC); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA” la que podrá identificarse con el Apócope (ASAMANIC); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 02 de junio 2009.
Managua, 2 de junio 2009.
Managua, 02 de junio 2009.


DICTAMEN




Managua, 04 de noviembre del 2009



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC), con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado, MARIO VALLE DAVILA. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) La promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes y adultos por medio de la práctica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños, adolescentes y jóvenes de Nicaragua.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, JUSTO RODOLFO GOMEZ MARTINEZ, Primer Vicepresidente, ROGER ANTONIO GOMEZ MARTINEZ, Secretaria, ANGELA LUCIA FERNANDEZ IRIAS, Tesorero, MAYRA NORA ELIZONDO MARQUEZ, Vocal, JOSE ORLANDO GAITAN ROCHA, Fiscal, LENIN ALEXIS ROSALES BENAVIDEZ.


Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO








LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACION DE ATLETAS MASTERS DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la apócope (ASAMANIC). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO