Managua, 09 de noviembre del 2009


Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Doctor Navarro:

Por medio de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted con el objeto de remitirle, escritura de constitución y estatutos de la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, (FUNCOLSANA), en original y 4 fotocopias de la misma, el Decreto, la Exposición de Motivos y disquete en el cual se encuentra grabada la escritura en mención, todo con el objeto de que sean recibidos para su consideración y a través del proceso legislativo correspondiente, le sea otorgada su personería jurídica.

No omito manifestarle que la Fundación Columna Sana, (FUNCOLSANA), es una Fundación medica, sin fines de lucro, humanista y con el objeto de ayudar de forma gratuita, mediante cirugías que incluyen hospitalización y demás tratamientos, a los niños que nacen con malformaciones congénitas en la columna a vertebral. Sin más a que hacer referencia, aprovecho la ocasión para reiterarle mis más altas muestras de consideración y aprecio.


Atentamente,


Marina del Pilar Arguello Galo
PRESIDENTA
FUNDACION COLUMNA SANA
(FUNCOLSANA).-





EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto. 138 y Arto. 140, Cn.; Arto. 14 numeral 2; Arto. 30, numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Arto. 3 de la Ley Número 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presentamos la solicitud de Concesión de Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, Fundación Civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública No. 48, a las 9. p.m. del cuatro de octubre del 2009.

La Fundación tiene como fin general u objeto, realizar operaciones quirúrgicas en niños que nacen con malformaciones congénitas en su columna vertebral, lo que conlleva todo el tratamiento anterior y posterior a la operación, completamente gratuito

Así mismo tiene como objetivo las mismas cirugías en los niños que ya nacidos adquieran tal malformaciones y así mismo desarrollar el trabajo social, sicológico y nutricional e intercambios especializados con diferentes hospitales e institutos, que sean afines a los objetivos de la Fundación.

Por lo antes expuesto, venimos a someter a la consideración de los honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa, a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación definitiva.-


________________JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA________________
Diputado




DECRETO NO. ________
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de la ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación de esta Fundación será ejercida por la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, los__________días del mes de__________del año dos mil nueve.-

RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional


DICTAMEN


Managua, 27 de agosto del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: JOSE BERNARD PALLAIS ARANA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Crear y mantener la Fundación Columna Sana para solucionar problemas de forma integral en niños y n niñas que padecen de malformaciones congénitas y/o adquiridas. Sensibilizar a la empresa privada como donantes para que contribuyan en los objetivos de la Fundación y obtener los recursos necesarios para la obtención de los materiales y/o implantes biológicos tan necesarios para el manejo quirúrgico de estas enfermedades.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MARINA DEL PILAR ARGUELLO GALO, Vicepresidente, SANTIAGO ULISES RIVAS LECLAIR, Secretario, EDUARDO JOSE SACASA URCUYO, Tesorera, LEYLA RAFAELA ABDALAH, Fiscal, ZACARIAS VELASQUEZ GUERRA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA,



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO





DECRETO A. N. No. 6195



LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACIÓN COLUMNA SANA la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 09 de noviembre del 2009

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Doctor Navarro:

Por medio de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted con el objeto de remitirle, escritura de constitución y estatutos de la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, (FUNCOLSANA), en original y 4 fotocopias de la misma, el Decreto, la Exposición de Motivos y disquete en el cual se encuentra grabada la escritura en mención, todo con el objeto de que sean recibidos para su consideración y a través del proceso legislativo correspondiente, le sea otorgada su personería jurídica.

No omito manifestarle que la Fundación Columna Sana, (FUNCOLSANA), es una Fundación medica, sin fines de lucro, humanista y con el objeto de ayudar de forma gratuita, mediante cirugías que incluyen hospitalización y demás tratamientos, a los niños que nacen con malformaciones congénitas en la columna a vertebral. Sin más a que hacer referencia, aprovecho la ocasión para reiterarle mis más altas muestras de consideración y aprecio.


Atentamente,


Marina del Pilar Arguello Galo
PRESIDENTA
FUNDACION COLUMNA SANA
(FUNCOLSANA).-





EXPOSICION DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto. 138 y Arto. 140, Cn.; Arto. 14 numeral 2; Arto. 30, numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Arto. 3 de la Ley Número 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presentamos la solicitud de Concesión de Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, Fundación Civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública No. 48, a las 9. p.m. del cuatro de octubre del 2009.

La Fundación tiene como fin general u objeto, realizar operaciones quirúrgicas en niños que nacen con malformaciones congénitas en su columna vertebral, lo que conlleva todo el tratamiento anterior y posterior a la operación, completamente gratuito

Así mismo tiene como objetivo las mismas cirugías en los niños que ya nacidos adquieran tal malformaciones y así mismo desarrollar el trabajo social, sicológico y nutricional e intercambios especializados con diferentes hospitales e institutos, que sean afines a los objetivos de la Fundación.

Por lo antes expuesto, venimos a someter a la consideración de los honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa, a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación definitiva.-


________________JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA________________
Diputado




DECRETO NO. ________
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de la ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación de esta Fundación será ejercida por la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACIÓN COLUMNA SANA, FUNCOLSANA, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, los__________días del mes de__________del año dos mil nueve.-

RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional



DICTAMEN


Managua, 27 de agosto del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: JOSE BERNARD PALLAIS ARANA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Crear y mantener la Fundación Columna Sana para solucionar problemas de forma integral en niños y n niñas que padecen de malformaciones congénitas y/o adquiridas. Sensibilizar a la empresa privada como donantes para que contribuyan en los objetivos de la Fundación y obtener los recursos necesarios para la obtención de los materiales y/o implantes biológicos tan necesarios para el manejo quirúrgico de estas enfermedades.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MARINA DEL PILAR ARGUELLO GALO, Vicepresidente, SANTIAGO ULISES RIVAS LECLAIR, Secretario, EDUARDO JOSE SACASA URCUYO, Tesorera, LEYLA RAFAELA ABDALAH, Fiscal, ZACARIAS VELASQUEZ GUERRA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA,



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La FUNDACIÓN COLUMNA SANA, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOLSANA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO