Managua, 6 de Octubre del año 2011.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor:
Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre Usted y los que le rodean.
En mi calidad de Presidente de la
ASOCIACIÓN IGLESIA SHADDAI, “EL SHADDAI”
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(14)
el treinta de Septiembre del dos mil once, ante los oficios notariales de la Notaria Sara Isabel Sánchez Toruño.
Con el debido respeto que se merece, me dirijo a Usted, para solicitarle que a través de su digno medio el Plenario de Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Asociación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Atentamente,
MANUEL ANTONIO GOMEZ DELGADILLO
PRESIDENTE
ASOCIACION IGLESIA SHADDAI
Managua, 6 de Octubre del año 2011.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto.14 y el Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN IGLESIA SHADDAI , “EL SHADDAI”
de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número
(14)
el treinta de Septiembre del dos mil once, ante los oficios notariales de la Notaria Sara Isabel Sánchez Toruño.
FUNDAMENTACION:
La Asociación con la obtención de su personalidad jurídica logrará brindar a nuestra sociedad el alimento espiritual de la palabra de Dios, así como el desarrollo integral de la sociedad nicaragüense, utilizando todas las herramientas que nuestro Señor Jesucristo nos ha puesto en esta tierra para que seamos bendecidos cada día. Sus objetivos son :
1) Presentar a Nuestro Señor Jesucristo como Señor y Salvador personal a toda persona sin distingo de raza, sexo, nacionalidad, cultura, estado social o económico, credos o ideas políticas.
2) Promover el amar a Dios con todas nuestras fuerzas y por sobre todas las cosas y a nuestro prójimo como a nosotros mismos.
3) Promover una relacional personal con Dios.
Entre otros objetivos.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha Asociación.
Atentamente,
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art.1
Otorgase Personalidad Jurídica a
la
ASOCIACIÓN IGLESIA SHADDAI, “EL SHADDAI”
sin fines de lucro, de carácter civil de orientación religiosa, con domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua de duración indefinida.
Art.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art.3
La
ASOCIACION IGLESIA SHADDAI, “SHADDAI”
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil once.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 09 noviembre del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI, pudiéndose abreviar como “EL SHADDAI”,
con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Guillermo Osorno Molina. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 18 de Octubre del 2011.
Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Presentar a Nuestro Señor JESUCRISTO como Señor y Salvador personal a toda persona sin distingo de raza, sexo, nacionalidad, cultura, estado social o económico, credo o ideas políticas; 2) Promover el Amar a DIOS con todas nuestras fuerzas y por sobre todas las cosas, y a nuestro prójimo como a nosotros mismos; 3) Promover una relación con DIOS; 4) Promover el amor y la concurrencia pacífica entre las personas; 5) Promover la preservación de la naturaleza; 6) Promover el servicio social en función de ayuda a los sectores de la niñez, adolescentes, jóvenes, mujeres, hombres y la familia en su conjunto; 7) Fomentar los valores cristianos, morales, cívicos y culturales en los diferentes sectores de la Sociedad.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MANUEL ANTONIO GÓMEZ DELGADILLO; Vicepresidente: JUSTINO LIRA MAIRENA Secretario: MOISÉS DAVID ALVARADO FONSECA; Tesorero: JENNY ALEXANDRA CARRANZA MARTINEZ; Fiscal: TERENCIO RAMÓN BLANCO CANALES, Primer Vocal: SARA MARÍA RODRÍGUEZ; Segundo Vocal: SAÚL DE JESÚS PARRALES BARAHONA; Tercer Vocal: XIOMARA DEL CARMEN MONTENEGRO TORREZ; Cuarto Vocal: MAURICIO JOSÉ SALAZAR.
Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI pudiéndose abreviar como “EL SHADDAI”.
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI, pudiéndose abreviar como “EL SHADDAI”
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Arto. 3
.
La
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI, pudiéndose abreviar como “EL SHADDAI”
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
____________________________ __________________________________
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6710
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI,
pudiéndose abreviar como
“EL SHADDAI”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. .
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION IGLESIA EL SHADDAI,
pudiéndose abreviar como
“EL SHADDAI”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional