Managua, 4 de Febrero de 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimado Dr. Navarro.

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua”, conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”.

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente

FANNY CAROLINA MENDOZA GARCÍA
Presidenta




EXPOSICION DE MOTIVOS

Diputado
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua” conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA” y constituida mediante Escritura Pública Número ocho (08), de las seis y treinta minutos de la tarde del día ocho de agosto del dos mil nueve, ante los oficios notariales de la Licenciada Dominga Haydee Villatoro Flores.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la Asociación denominada Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua”, conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”.

Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, para gestionar proyectos sostenibles que promuevan el desarrollo integral de los miembros y de la sociedad nicaragüense en general, trabajando con calidad, y en la búsqueda de la mejora continua mediante la realización de actividades educativas, a todos los niveles, artísticas, culturales y científicas.

Así mismo procurar el progreso integral de los miembros de la Asociación, en lo educativo, social y cultural; así como en cualesquiera otras áreas de desarrollo y progreso; fomentar espacios de intercambio cultural y convivencia entre los miembros de la Fundación Bancaja con becarios y ex becarios de la misma y entre estos últimos; gestionar y canalizar recursos de toda índole con el fin de potenciar el desarrollo humano a través de la inversión en proyectos de beneficio social priorizando los sectores más necesitados de la población; así como a los miembros de la Asociación; conformar la Asociación en un organismo consolidado y de prestigio con el desarrollo de programas y proyectos de beneficio de desarrollo económico y social impulsados por la Fundación Bancaja con sede en Valencia, España; contribuir en el permanente mejoramiento del programa de Becas de Fundación Bancaja; impulsar y participar en programas y proyectos de capacitación que estimulen la formación del hombre y la mujer; establecer relaciones de cooperación con cualquier institución destinada a apoyar proyectos de desarrollo social; realizar todas aquellas actividades encaminadas a desarrollar plenamente los fines de la Asociación, así como constituir entidades civiles o mercantiles para el cumplimiento de sus fines; y impulsar y participar con y en diferentes instancias oficiales y/o no gubernamentales en la formulación de planes, programas y proyectos que de manera integral fomenten los objetivos de la Asociación.

En consecuencia de sus actividades establecerá relaciones con instituciones u organizaciones nacionales o extranjeras, publicas o privadas, para el cumplimiento de su finalidad y objetivos, por lo que manera enunciativa podrá realizar el intercambio de información y experiencia con sectores afines a ellas, realizar charlas, talleres, seminarios, foros y demás actividades que fortalezcan y desarrollen el conocimiento y los niveles de organización social.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 4 de Febrero del año dos mil diez.

Atentamente

EDWIN CASTRO RIVERA
Coordinador Bancada FSLN



LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO

EL SIGUIENTE
DECRETO

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua” , conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Ciudad de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil nueve.



Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN



Managua, 02 de junio del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, con domicilio en la ciudad de Managua, . Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Procurar el progreso integral de los miembros de la Asociación, en lo educativo, social y cultural; así como en cualesquiera otras áreas de desarrollo y progreso, 2) Fomentar espacios de intercambio cultural y convivencia entre los miembros de la Asociación Bancaja con becarios de la misma y entre estos últimos.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FANNY CAROLINA MENDOZA GARCIA, Tesorero, WILBERT SCOTT LACAYO LOPEZ, Secretario: DIANA CECILIA SANTANA PAISANO, Primer Vocal, ERIKA MARIA GERTSCH ROMERO, Segundo Vocal: JORGE CASTAÑEDA ACEVEDO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 LaASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6084
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Junio del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 4 de Febrero de 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimado Dr. Navarro.

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua”, conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”.

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente

FANNY CAROLINA MENDOZA GARCÍA
Presidenta




EXPOSICION DE MOTIVOS

Diputado
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua” conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA” y constituida mediante Escritura Pública Número ocho (08), de las seis y treinta minutos de la tarde del día ocho de agosto del dos mil nueve, ante los oficios notariales de la Licenciada Dominga Haydee Villatoro Flores.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la Asociación denominada Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua”, conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”.

Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, para gestionar proyectos sostenibles que promuevan el desarrollo integral de los miembros y de la sociedad nicaragüense en general, trabajando con calidad, y en la búsqueda de la mejora continua mediante la realización de actividades educativas, a todos los niveles, artísticas, culturales y científicas.

Así mismo procurar el progreso integral de los miembros de la Asociación, en lo educativo, social y cultural; así como en cualesquiera otras áreas de desarrollo y progreso; fomentar espacios de intercambio cultural y convivencia entre los miembros de la Fundación Bancaja con becarios y ex becarios de la misma y entre estos últimos; gestionar y canalizar recursos de toda índole con el fin de potenciar el desarrollo humano a través de la inversión en proyectos de beneficio social priorizando los sectores más necesitados de la población; así como a los miembros de la Asociación; conformar la Asociación en un organismo consolidado y de prestigio con el desarrollo de programas y proyectos de beneficio de desarrollo económico y social impulsados por la Fundación Bancaja con sede en Valencia, España; contribuir en el permanente mejoramiento del programa de Becas de Fundación Bancaja; impulsar y participar en programas y proyectos de capacitación que estimulen la formación del hombre y la mujer; establecer relaciones de cooperación con cualquier institución destinada a apoyar proyectos de desarrollo social; realizar todas aquellas actividades encaminadas a desarrollar plenamente los fines de la Asociación, así como constituir entidades civiles o mercantiles para el cumplimiento de sus fines; y impulsar y participar con y en diferentes instancias oficiales y/o no gubernamentales en la formulación de planes, programas y proyectos que de manera integral fomenten los objetivos de la Asociación.

En consecuencia de sus actividades establecerá relaciones con instituciones u organizaciones nacionales o extranjeras, publicas o privadas, para el cumplimiento de su finalidad y objetivos, por lo que manera enunciativa podrá realizar el intercambio de información y experiencia con sectores afines a ellas, realizar charlas, talleres, seminarios, foros y demás actividades que fortalezcan y desarrollen el conocimiento y los niveles de organización social.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 4 de Febrero del año dos mil diez.

Atentamente

EDWIN CASTRO RIVERA
Coordinador Bancada FSLN



LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO

EL SIGUIENTE
DECRETO

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la Asociacion de ex Becarios Bancaja America Latina de Nicaragua” , conocida de forma abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Ciudad de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil nueve.



Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN



Managua, 02 de junio del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, con domicilio en la ciudad de Managua, . Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Procurar el progreso integral de los miembros de la Asociación, en lo educativo, social y cultural; así como en cualesquiera otras áreas de desarrollo y progreso, 2) Fomentar espacios de intercambio cultural y convivencia entre los miembros de la Asociación Bancaja con becarios de la misma y entre estos últimos.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FANNY CAROLINA MENDOZA GARCIA, Tesorero, WILBERT SCOTT LACAYO LOPEZ, Secretario: DIANA CECILIA SANTANA PAISANO, Primer Vocal, ERIKA MARIA GERTSCH ROMERO, Segundo Vocal: JORGE CASTAÑEDA ACEVEDO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 LaASOCIACION DE EX BECARIOS BANCAJA AMERICA LATINA DE NICARAGUA”, pudiendo identificarse de manera abreviada como “AEXBAN NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO