Managua, 13 de Julio de 2008.
Managua, 11 de Agosto de 2008.



Ingeniero.
Rene Núñez Téllez..
Presidente.
Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez.

Es un honor dirigirme a su persona con el objetivo de solicitar aprobación de Personalidad Jurídica con el fundamento en el inciso 5 del Arto 138 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley Numero 147 LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JUDIRICAS, sin fines de Lucro, presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la, “Ministerio Evangelistico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús””. Denominada. “Ministerio Sin Barrera”, Fundación sin fines de Lucro, constituida en Escritura Publica Numero Dies y Siete (17) otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua a las once de la mañana del día Quince de Julio de dos mil ocho. Ante los Oficios Notariales de Bismarck José Salinas Mendoza, Notario Público de la República de Nicaragua.

El Ministerio Sin Barrera, establece como objetivo fundamental promover el desarrollo integral de las Niñas y Niños de Nicaragua, siendo sus objetivos los siguientes:

1. Promover las Cruzadas de Milagros.

2. Realizar Conferencias, seminarios entre el gremio Cristiano Evangelistico.

3. Facilitar Literatura Bíblica para Instruir a las Iglesias.

4. Fundar Institutos Bíblicos, Colegios Cristianos y Universidades.

5. Fundar y Construir Iglesias bajo la cobertura del Ministerio.

6. Brindar Cobertura Jurídica y Ayuda Económica a Iglesias que necesiten y lo soliciten.

7. Acreditar a nuevos Pastores y Líderes bajo la cobertura del Ministerio sin Barrera.

8. Establecer Seguro Social para los Miembros de la Directiva y otros que se integren fielmente al Ministerio.

9. Crear nuevas Emisoras Cristianas y un canal Cristiano para todo el Mundo TV.

10. Rescatar a los jóvenes adictos a las Drogas para Instruirlos en la Enseñanza de la Vida Cristiana.

11. Fundar Centros de Rehabilitación para Jóvenes Adictos a las Drogas.

12. Rescatar los Valores espirituales y morales de las Mujeres que sufren maltratos, Psicológicos, Físicos y abusos Sexuales a través de: Seminarios, Talleres y otros métodos que ayuden a la vida practica de una persona integrada a la Sociedad.

13. Fundar y Construir Comedores Infantiles para dar Alimentos y enseñanzas Bíblicas.

14. General Ayuda Social a Personas que lo necesiten.
Para lograr sus objetivos la Misericordia podrá realizar todos los actos que considere conveniente siempre y cuando estos apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la Republica.

Por lo ante expuestos someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente exposición de motivo a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,

Miguel Meléndez Treminio.
Diputado Ante la Asamblea Nacional.


ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA.


En Uso de sus facultades:
HA DICTADO.

El Siguiente:
DECRETO.

Arto 1: Otorgase Personería Jurídica a la FUNDACION, Ministerio Evangelistico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús, Sin fines de Lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto 2: La Representación Legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto 3: La FUNDACION, Ministerio Evangelistico Si Barrera, Alcance Mundial de Jesus, estará obligada al cumplimiento de la Ley General de Personaduria Jurídica sin fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.

Arto 4: El Presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La gaceta, Diario Oficial.


Rene Núñez Téllez Wilfredo Navarro.
Presidente Primer Secretario.


DICTAMEN




Managua, 24 de abril del 2009






DECRETO A. N. No. 5863
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la Fundación “Ministerio Evangelístico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús”, la que también se puede conocer e identificar como Ministerio Sin Barrera; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La Fundación “Ministerio Evangelístico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús”, la que también se puede conocer e identificar como Ministerio Sin Barrera; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional


Managua, 13 de Julio de 2008.

Doctor.
Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretaria.
Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro.

Es un honor dirigirme a su persona con el objetivo de solicitar aprobación de Personalidad Jurídica con el fundamento en el inciso 5 del Arto 138 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley Numero 147 LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JUDIRICAS, sin fines de Lucro, presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la, “Ministerio Evangelistico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús””. Denominada. “Ministerio Sin Barrera”, Fundación sin fines de Lucro, constituida en Escritura Publica Numero Dies y Siete (17) otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua a las once de la mañana del día Quince de Julio de dos mil ocho. Ante los Oficios Notariales de Bismarck José Salinas Mendoza, Notario Público de la República de Nicaragua.

El Ministerio Sin Barrera, establece como objetivo fundamental promover el desarrollo integral de las Niñas y Niños de Nicaragua, siendo sus objetivos los siguientes:

1. Promover las Cruzadas de Milagros.

2. Realizar Conferencias, seminarios entre el gremio Cristiano Evangelistico.

3. Facilitar Literatura Bíblica para Instruir a las Iglesias.

4. Fundar Institutos Bíblicos, Colegios Cristianos y Universidades.

5. Fundar y Construir Iglesias bajo la cobertura del Ministerio.

6. Brindar Cobertura Jurídica y Ayuda Económica a Iglesias que necesiten y lo soliciten.

7. Acreditar a nuevos Pastores y Líderes bajo la cobertura del Ministerio sin Barrera.

8. Establecer Seguro Social para los Miembros de la Directiva y otros que se integren fielmente al Ministerio.

9. Crear nuevas Emisoras Cristianas y un canal Cristiano para todo el Mundo TV.

10. Rescatar a los jóvenes adictos a las Drogas para Instruirlos en la Enseñanza de la Vida Cristiana.

11. Fundar Centros de Rehabilitación para Jóvenes Adictos a las Drogas.

12. Rescatar los Valores espirituales y morales de las Mujeres que sufren maltratos, Psicológicos, Físicos y abusos Sexuales a través de: Seminarios, Talleres y otros métodos que ayuden a la vida practica de una persona integrada a la Sociedad.

13. Fundar y Construir Comedores Infantiles para dar Alimentos y enseñanzas Bíblicas.

14. General Ayuda Social a Personas que lo necesiten.
Para lograr sus objetivos la Misericordia podrá realizar todos los actos que considere conveniente siempre y cuando estos apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la Republica.

Por lo ante expuestos someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente exposición de motivo a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,

Elton Ecffer Rocha Donaire.
Presidente y Representante Legal de la Fundación.
Tel.: 69-91342.



EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 11 de Agosto de 2008.



Ingeniero.
Rene Núñez Téllez..
Presidente.
Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez.

Es un honor dirigirme a su persona con el objetivo de solicitar aprobación de Personalidad Jurídica con el fundamento en el inciso 5 del Arto 138 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley Numero 147 LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JUDIRICAS, sin fines de Lucro, presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la, “Ministerio Evangelistico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús””. Denominada. “Ministerio Sin Barrera”, Fundación sin fines de Lucro, constituida en Escritura Publica Numero Dies y Siete (17) otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua a las once de la mañana del día Quince de Julio de dos mil ocho. Ante los Oficios Notariales de Bismarck José Salinas Mendoza, Notario Público de la República de Nicaragua.

El Ministerio Sin Barrera, establece como objetivo fundamental promover el desarrollo integral de las Niñas y Niños de Nicaragua, siendo sus objetivos los siguientes:

1. Promover las Cruzadas de Milagros.

2. Realizar Conferencias, seminarios entre el gremio Cristiano Evangelistico.

3. Facilitar Literatura Bíblica para Instruir a las Iglesias.

4. Fundar Institutos Bíblicos, Colegios Cristianos y Universidades.

5. Fundar y Construir Iglesias bajo la cobertura del Ministerio.

6. Brindar Cobertura Jurídica y Ayuda Económica a Iglesias que necesiten y lo soliciten.

7. Acreditar a nuevos Pastores y Líderes bajo la cobertura del Ministerio sin Barrera.

8. Establecer Seguro Social para los Miembros de la Directiva y otros que se integren fielmente al Ministerio.

9. Crear nuevas Emisoras Cristianas y un canal Cristiano para todo el Mundo TV.

10. Rescatar a los jóvenes adictos a las Drogas para Instruirlos en la Enseñanza de la Vida Cristiana.

11. Fundar Centros de Rehabilitación para Jóvenes Adictos a las Drogas.

12. Rescatar los Valores espirituales y morales de las Mujeres que sufren maltratos, Psicológicos, Físicos y abusos Sexuales a través de: Seminarios, Talleres y otros métodos que ayuden a la vida practica de una persona integrada a la Sociedad.

13. Fundar y Construir Comedores Infantiles para dar Alimentos y enseñanzas Bíblicas.

14. General Ayuda Social a Personas que lo necesiten.
Para lograr sus objetivos la Misericordia podrá realizar todos los actos que considere conveniente siempre y cuando estos apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la Republica.

Por lo ante expuestos someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente exposición de motivo a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,

Miguel Meléndez Treminio.
Diputado Ante la Asamblea Nacional.


ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA.


En Uso de sus facultades:
HA DICTADO.

El Siguiente:
DECRETO.

Arto 1: Otorgase Personería Jurídica a la FUNDACION, Ministerio Evangelistico Sin Barrera, Alcance Mundial de Jesús, Sin fines de Lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto 2: La Representación Legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto 3: La FUNDACION, Ministerio Evangelistico Si Barrera, Alcance Mundial de Jesus, estará obligada al cumplimiento de la Ley General de Personaduria Jurídica sin fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.

Arto 4: El Presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La gaceta, Diario Oficial.


Rene Núñez Téllez Wilfredo Navarro.
Presidente Primer Secretario.



DICTAMEN




Managua, 24 de abril del 2009