EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente
LEY ADICION DEL ARTICULO 46 DE LA LEY 210, LEY DE INCORPORACIÓN DE PARTICULARES EN LA OPERACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES