Ley No.
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de las facultades
HA DICTADO
La siguiente
LEY
DE DESIGNACIÓN DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MANAGUA CON EL NOMBRE DE “AEROPUERTO INTERNACIONAL RUBÉN DARÍO”
Arto.1 Designar el Aeropuerto Internacional de Managua, con el nombre de Aeropuerto Internacional “Rubén Darío”.
Arto.2 La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ENRIQUE BOLAÑOS GEYER
Presidente de la República de Nicaragua