Managua, 22 de Junio del 2010.
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional de Nicarágua.
Su Despacho:
Reciba cordiales saludos.
Por medio de la presente solicito a Usted, someta a la consideración de los Honorables Miembros del Plenario de la Asamblea Nacional, la solicitud de Aprobación de la Personalidad Jurídica de la
“FUNDACION MONTE DE SANIDAD”, F.M.S.
Dicha Asociación ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley No. 147, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 29 de mayo de 1992, mediante Escritura Pública Número Trescientos Diecinueve de las nueve de la mañana del doce de junio del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de Perla Marina, cuyos principales objetivos son:
1) Predicar el Santo Evangelio de Jesucristo y su doctrina a hombres, mujeres y niños.
2) Levantar templos de predicación y adoración a Dios en todo el territorio nacional.
3) Realizar labor social de asistencia a los más necesitados en alimentos, ropa y medicina.
Agradeciendo su fina atención dispensada a la presente, me permito saludarle muy cordialmente.
Atentamente,
ROBERTO JOSÉ MOLINA SANTOS
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Managua, Martes veinticinco de Mayo del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio, estima y consideración de parte nuestra.
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 Arto. N° 138 y 140 de la Constitución Política; en el Inc. 2 del Arto 14 y 152 y siguiente de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley N°. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presenta ante la Secretaría de la Honorable Asamblea Nacional solicitud de otorgamiento de Personalidad a favor de la
“FUNDACION MNTE DE SANTIDAD”, F.M.S.
Dicha Asociación ha sido constituida de conformidad con la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley No. 147, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 29 de mayo de 1992, mediante Escritura Pública Número Trescientos Diecinueve de las nueve de la mañana del doce de junio del año en curso, autorizada ante los oficios Notariales de Perla Marina, cuyos principales objetivos son:
1) Predicar el Santo Evangelio de Jesucristo y su doctrina a hombres, mujeres y niños.
2) Levantar templos de predicación y adoración a Dios en todo el territorio nacional.
3) Realizar labor social de asistencia a los más necesitados en alimentos, ropa y medicina.
El domicilio principal de la Entidad será el municipio de Managua, Departamento de Managua, pudiendo establecer filiales, delegaciones y oficinas en el resto del país.
Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los Honorables Representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a comisión para su dictamen y que posteriormente sea acogida y aprobada por el Plenario de este Poder del Estado.
CARLOS GARCÍA BONILLA
Diputada
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
“FUNDACION MONTE DE SANTIDAD”, F.M.S.,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
“FUNDACION MONTE DE SANTIDAD”, F.M.S.,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL