Managua, 30 de Septiembre 09.



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional

Estimado Dr. Navarro:

A través de la presente, me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a aprobación del Plenario la Solicitud de la Personería Jurídica de la ASOCIACIÓN IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo su fina atención


Atentamente,


FELIX TOMAS JARQUIN LAYNEZ
Presidente.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

León 30 de Septiembre 2009.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

Estimado Presidente:

El suscrito Diputado anta la Asamblea Nacional con fundamento en el inicio 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua; y en la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua capitulo III, arto. 14, numeral 2 arto. 89 párrafo 4, numeral 2, y arto. 91 y en la Ley 147 Ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro, Presento la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica a la ASOCIACIÓN IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA, pudiéndose designar IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA, Asociación sin fines de lucro, constituida en escritura pública número Un Mil Doscientos Veintiocho (1228), otorgado en la ciudad de León Departamento de León, a las mueve y trece minutos de la mañana del día catorce de Noviembre del año Dos Mil Ocho, ante los Oficios Notariales del Lic. Rothman José Romero Carrero, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.


Esta Asociación se establece como objetivos fundamentales:

La Asociación tendrá los siguientes objetivos:
La predicación de la palabra de Dios, Promover los valores cristianos, establecer escuelas bíblicas, desarrollar relaciones de hermanamientos con entidades Homologas Nacionales e Internacionales, construir templos e Iglesias, desarrollar obras sociales que beneficien a la sociedad Nicaragüense sin distingos de credos religiosos ni políticos respetando todas la leyes de Nicaragua.


Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Representantes de la Magna Asamblea Nacional la Presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a comisión para su Dictamen y posterior aprobación.-

JOSÉ RAMÓN SARRIA
Diputado
Bancada FSLN.


ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art.1.Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA, pudiendo designar como IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA; sin fines de lucro de duración indefinida y de este domicilio en la Ciudad de León, Departamento de León.

Art.2La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.La ASOCIACIÓN IGLESIA DE CRISTO EN NICARAGUA, CENTRO AMÉRICA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art. 4.El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio social de Comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los______días del mes de ____________año dos mil nueve.


RENE NUÑE TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO