Managua, Nicaragua, 2 de marzo de 2011.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario, Junta Directiva
Asamblea Nacional
Sus Manos
Estimado Diputado Navarro:
.
A través de la presente me dirijo a su persona con el ánimo de solicitar la tramitación de la Fundación para el Desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología (FUDECAT) la cual tiene como principal objetivo contribuir a la educación y actualización de la sociedad en los diferentes niveles de las ciencias, las artes y las tecnologías, con el diseño de estrategias y recursos didácticas digitales que contribuyan a que las personas aprendan en forma sencilla y fácil, con una visión integradora del conocimiento.
Adjunto a la presente se encuentra el decreto, tres copias y el original del acta constitutiva y estatutos de la Fundación, así como un Cd que contiene la misma.
Agradeciendo de antemano el apoyo brindado por su persona, me suscribo deseándole éxitos en el desarrollo de sus funciones.
Atentamente,
.
EDUARDO JOSÉ ESTRADA MONTENEGRO
Presidente
(FUDECAT)
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Diputado
Ing. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Ingeniero Núñez:
El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y artos. 5, 89, 90 y 91 de la ley Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de otorgamiento de Personalidad Jurídica para a la
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología,
conocida de forma abreviada como
(FUDECAT)
y constituida mediante Escritura Pública Número tres (03) a las diez de la mañana del día dos del mes de marzo del año dos mil once, ante los oficios notariales de la Licenciada Indiana Raquel Fuentes Ramírez.
FUNDAMENTO.
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la fundación denominada
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología, (FUDECAT).
Este organismo se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, y tiene como principales objetivos y fines contribuir a la educación y actualización de la sociedad en los diferentes niveles de la ciencias, las artes y las tecnologías, Diseñar e impulsar estrategias, recursos didácticas y herramientas digitales que contribuyan a que las personas aprendan en forma sencilla y fácil, con una visión integradora del conocimiento; Investigar sobre aquellos problemas de carácter educativo en los diferentes niveles del sistema de educación y de carácter dicáctico; Desarrollar encuentros de carácter educativo con autoridades, profesores y estudiantes a fin de compartir los hallazgos de las investigaciones, así como las herramientas y recursos didácticos desarrollados por diferentes entidades educativas y nuestra organización.
Así mismo difundir a través de los medios de comunicación, los resultaldos de las investigaciones y los recursos didácticos desarrollados por otras entidades y la fundación; Promover el auto-aprendizaje y la actualización de conocimientos, basado en el principio que la educación es para toda la vida; Promover la lectura por todos los medios posibles, ya sea libros impresos o digitales, y presentar alternativas de lectura, como el audio-libre y los videos tutoriales; Promover la educación entre personas con capacidades diferentes, basados en el principio de usabilidad, accesibilidad y flexibilidad; Destacar como un factor transversal de la nueva educación, la educación sobre temas del medio ambiente y el calentamiento global.
Promover el diseño y creación de bibliotecas digitales especializadas en los diferentes centros educativos, vinculando las bibliotecas al currículo; Actualización permanente de los programas informáticos con el fin de convertirlos en herramientas de aprendizaje y conocimiento; y Brindar capacitaciones y asistencias técnicas e entidades públicas y/o privadas.
Por lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente para su posterior aprobación, del mismo.
Managua, 04 de Marzo del año dos mil once.
Atentamente
EDWIN CASTRO RIVERA
Coordinador Bancada FSLN
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología,
conocida de forma abreviada como
(FUDECAT)
de carácter civil, sin fines de lucro de duración indefinida y con domicilio en el departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología,
conocida de forma abreviada como
(FUDECAT),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 17 de junio del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION, CIENCIA, ARTE Y TECNOLOGIA,
la que podrá conocerse en forma abreviada como
(FUDECAT),
con domicilio en la ciudad de Managua. Presentada por el Diputado, EDWIN CASTRO RIVERA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 10 de mayo del once.
Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo:1.- Contribuir a la educación y actualización de la sociedad en los diferentes niveles de las ciencias, las artes y las tecnologías. 2.- Diseñar e impulsar estrategias, recursos didácticas y herramientas digitales que contribuyan a que las personas aprendan en forma sencilla y fácil, con una visión integradora del conocimiento. 3.- Investigar sobre aquellos problemas de carácter educativo en los diferentes niveles del sistema de educación y de carácter didáctico. 4.- Desarrollar encuentros de carácter educativo con autoridades, profesores y estudiantes a fin de compartir los hallazgos de las investigaciones, así como las herramientas y recursos, didácticos desarrollados por diferentes entidades educativas y nuestra organización. 5.- Difundir a través de los medios de comunicación los resultados de las investigaciones y los recursos didácticos desarrollados por otras entidades y la fundación. 6.- Promover el auto-aprendizaje y la actualización de conocimientos, basado en el principio que la educación es para toda la vida. 7.- Promover la lectura por todos los medios posibles, ya sea libros impresos o digitales, y presentar alternativas de lectura, como el audio libro y los videos tutoriales. 8.- Promover la educación entre personas con capacidades diferentes, basados en el principio de usabilidad, accesibilidad y flexibilidad. 9.- Destacar como un factor transversal de la nueva educación, la educación sobre temas del medio ambiente y el calentamiento global. 10.- Promover el diseño y creación de bibliotecas digitales especializadas en los diferentes centros educativos, vinculando las bibliotecas al currículo. 11.-Actualizacion permanente de los programas informáticos con el fin de convertirlos en herramientas de aprendizaje y conocimiento. 12. Desarrollar estudios y consultorías en el sector educativo público y privado. 13 Brindar capacitaciones y asistencias técnicas a entidades públicas y/o privadas. 14. En general, realizar todo aquello que contribuya a alcanzar los fines y objetivos señalados en este Instrumento.
Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: EDUARDO JOSE ESTRADA MONTENEGRO; Vicepresidente: LUIS MANUEL CAMPOS PEREZ; Secretario: RAFAEL FRANCISCO ESTRADA REYES; Primer Vocal: GUADALUPE ESPERANZA SABALLOS TRUMBLE; Segundo Vocal, SANDRA AZUCENA AYALA,
Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACIÓN
PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION, CIENCIA, ARTE Y TECNOLOGIA,
la que podrá conocerse en forma abreviada como
(FUDECAT),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN
PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION, CIENCIA, ARTE Y TECNOLOGIA,
la que podrá conocerse en forma abreviada como
(FUDECAT),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua
Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACIÓN
PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION, CIENCIA, ARTE Y TECNOLOGIA,
la que podrá conocerse en forma abreviada como
(FUDECAT),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A.N. No. 6496
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología,
la que podrá conocerse en forma abreviada
(FUDECAT);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3
La
Fundación para el desarrollo de la Educación, Ciencia, Arte y Tecnología,
la que podrá conocerse en forma abreviada
(FUDECAT);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Julio del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional