Managua 27 de Noviembre de 2012


Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada Lic Palacios

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación denominada: “FUNDACIÓN NUEVA TIERRA”, pudiéndose conocer abreviadamente como (FUNTIERRA), de carácter civil, exenta y desprovista de fines de lucro. El domicilio o cede de la fundación (FUNTIERRA) será la ciudad de Managua, pudiendo abrir oficinas en cualquier parte de la república de Nicaragua o fuera de ella, fundación que tendrá una duración indefinida.

Se adjunta original y copia de la Iniciativa conforme a La Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente;


FRANK VADO AMADOR,
Presidente de la Fundación
Cedula: 567-120358-0000R
Cel: 88954882

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Diputado
ING. RENÉ NÚÑEZ TELLÉZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho:

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en lo Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30, numeral 5, 89, 90 y 91 de La Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN NUEVA TIERRA”, (FUNTIERRA), constituida mediante Escritura Pública Número Setenta y Dos (72). Constitución y estatutos de Fundación Civil sin fines de Lucro. Suscrita en esta ciudad a las ocho y treinta minutos de la mañana del día siete de noviembre del corriente año, ante los oficios notariales del Lic. Carlos Garay Mora, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en la Ciudad de Managua, autorizado para cartular por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, durante el quinquenio que finaliza el día cinco de agosto del año dos mil trece.

FUNDAMENTO:

En Nicaragua los Ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria Nº 147 “Ley General de Personas Jurídicas” y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la Fundación denominada: “FUNDACIÓN NUEVA TIERRA”, (FUNTIERRA), la que es una organización de carácter social, apolítica y sin fines de lucro.

La Fundación Nueva Tierra tiene como fin los siguientes objetivos:

a) Promocionar, impulsar y desarrollar una cultura cognoscitiva que promueva la unidad de los seres vivos y reinos de la naturaleza para el desarrollo de nuevos patrones de vida del arte y la cultura.

b) Desarrollar estudios filosóficos y educación en materia del conocimiento humano, de la naturaleza, de los reinos que la habitan para sustentar una vida de paz y armonía, a través de una labor amplia educativa mediante cursos, charlas, seminarios, conferencias y campañas de difusión educativa.

c) Estudio y promoción de un conocimiento científico basado en prácticas ancestrales en la relación de los seres humanos con los reinos de la naturaleza que profundice los conocimientos para la cura psíquica y espiritual del cuerpo humano.

d) Impulsar la protección del medio ambiente y las buenas prácticas de convivencia con la Madre Tierra que fortalezca una cultura de producción orgánica y sustentable con el medio ambiente, así como la promoción de una alimentación sana.

e) Creación de programas de crecimientos comunales tales como granjas, viveros y todo lo relacionado a programas auto sostenibles.

f) Promoción de una visión amplia y amigable con la naturaleza para el diseño e impulso de construcción de viviendas, escuelas, centros de entrenamiento técnico, y centros comunitarios para personas de escasos recursos.

g) Desarrollar un servicio altruista para el bien general a hermanos necesitados en las calles, enfermos en los hospitales, centros de atención a ancianos y niñez desvalida.

h) Estudio, Protección y Preservación de sitios arqueológicos para recabar y dar a conocer información sobre la vida, la cultura y el conocimiento de nuestros ancestros.

i) Impulso de la protección del reino animal a través de la educación, del rescate y búsqueda de hogar a animales abandonados o maltratados.

j) Establecer vínculos de hermanamiento y promover convenios de cooperación y de intercambio con organizaciones e instituciones homólogos nacionales e internacionales, que ayuden a consolidar los objetivos de la Fundación en sus distintos ámbitos de trabajo

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del Honorable Plenario de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación.

Managua, 27 de Noviembre del año Dos mil once.

Atentamente;




LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
Diputada

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES:

HA DICTADO EL SIGUIENTE

DECRETO.

Arto. 1- Otorgase personalidad jurídica a la “FUNDACIÓN NUEVA TIERRA” (FUNTIERRA) que será una Organización de carácter civil de naturaleza social, apolítica y sin fines de lucro; de duración indefinida y con Domicilio en la ciudad de Managua.

Art. 2- La presentación legal de esta Fundición será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.

Art. 3- La Fundación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y además leyes de la República.

Art. 4- El presente Decreto entrara en Vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de La Asamblea Nacional, a los_________ días del mes de _________ del año dos mil doce.


Ing. René Niñez Téllez Lic. Alba Palacios Benavidez
Presidente Primer Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Fundacion Nueva Tierra.pdf





DECRETO A.N. N°. 7130.pdf