Managua, 15 de Noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
En mi carácter de Presidente de la Asociación a través del presente solicito el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, sin fines de lucro, fue constituida mediante Escritura Pública Número (73) el quince de noviembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Salvador Bermúdez Cuevas, de la cual hemos presentado la documentación correspondiente para que sea tramitada la Aprobación de Personalidad Jurídica por parte de la Honorable Asamblea Nacional de la cual Usted es Secretario.
A través del presento le solicito que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
ROGER GENARO ZAMORA HINOJOS
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (73), el día quince de noviembre del año dos mil Diez, por el Notario Público
SALVADOR BERMUDEZ CUEVAS.
FUNDAMENTO.-
Los Fines y Objetivos de la Asociación son:
1. Promover, Fomentar, Organizar y Desarrollar el RACQUET BALL, en todas las categorías, procurando una cobertura departamental.
2. Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento de RACQUET BALL en el departamento.
3. Promover y estimular el desarrollo del RACQUET BALL, juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión para su debido Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 16 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
con domicilio en el municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA, en la Continuación de la de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte en todas las categorías procurando una cobertura departamental, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte en el Departamento.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ROGER GENERO ZAMORA HINOJOS, Vicepresidente, LUIS ENRIQUE LACAYO BALTODANO, Secretario, JUAN JULIO POSADA LALINDE, Tesorero, RAFAEL AGUSTIN GUTIERREZ GARCIA, Vocal, MIRNA RAQUEL MANZANAREZ GUTIERREZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el municipio de Managua, del Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6402
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL-MANAGUA);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL-MANAGUA);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 15 de Noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
En mi carácter de Presidente de la Asociación a través del presente solicito el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, sin fines de lucro, fue constituida mediante Escritura Pública Número (73) el quince de noviembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Salvador Bermúdez Cuevas, de la cual hemos presentado la documentación correspondiente para que sea tramitada la Aprobación de Personalidad Jurídica por parte de la Honorable Asamblea Nacional de la cual Usted es Secretario.
A través del presento le solicito que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Sin más a que hacer referencia, me suscribo.
Atentamente,
ROGER GENARO ZAMORA HINOJOS
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (73), el día quince de noviembre del año dos mil Diez, por el Notario Público
SALVADOR BERMUDEZ CUEVAS.
FUNDAMENTO.-
Los Fines y Objetivos de la Asociación son:
1. Promover, Fomentar, Organizar y Desarrollar el RACQUET BALL, en todas las categorías, procurando una cobertura departamental.
2. Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento de RACQUET BALL en el departamento.
3. Promover y estimular el desarrollo del RACQUET BALL, juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión para su debido Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE RACQUET BALL MANAGUA, (ASODERACQUETBALL-MANAGUA),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 16 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
con domicilio en el municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA, en la Continuación de la de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte en todas las categorías procurando una cobertura departamental, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte en el Departamento.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ROGER GENERO ZAMORA HINOJOS, Vicepresidente, LUIS ENRIQUE LACAYO BALTODANO, Secretario, JUAN JULIO POSADA LALINDE, Tesorero, RAFAEL AGUSTIN GUTIERREZ GARCIA, Vocal, MIRNA RAQUEL MANZANAREZ GUTIERREZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el municipio de Managua, del Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N DEPARTAMENTAL DE RACQUETBALL MANAGUA,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODERACQUETBALL MANAGUA),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO