Managua, 07 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Por medio de la Presente solicito a Usted, sus buenos oficios a efecto de someter a la consideración de los Honorables Miembros de la Asamblea Nacional la Aprobación de la Personalidad Jurídica de la Asociación sin fines de Lucro denominada:
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA, “AMES”
.
Dicha Asociación fue constituida con sus Estatutos en Escritura Pública Número Ciento Ochenta y Seis (186) en la ciudad de Managua a las ocho de la mañana del veinticinco de Noviembre del dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario
Emer Jamil Flores Luna
.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y Exposición de Motivos.
Agradeciendo su fina atención a la presente, aprovecho la ocasión para reiterarle mis muestra de consideración y aprecio.
Atentamente,
SANTOS HUMBERTO HUETE CASTRO
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN CAPILLA DEL CALVARIO EMANUEL,
conocida de forma abreviada como
“CCE”,
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (154), a las diez de la mañana del día veinte de octubre del año dos mil Diez, por el Notario Público
EMER JAMIL FLORES LUNA.
FUNDAMENTO.-
Esta Asociación entre otros tiene los siguientes objetivos:
a. Construir y Administrar Centros de atención Integral, los que tendrán integrado a) Una clínica de terapia sicológica y de orientación vocacional, bajo la responsabilidad de un profesional competente. B) Una clínica Médica General para la evaluación física de todos los que ingresen a los programas que implemente la Asociación, c) Un laboratorio clínico y una farmacia, d) Una Escuela Técnica-Artesanal con diferentes opciones tales como: costura, repostería, peluquería, computación, carpintería, ebanistería.
b. Aglutinar por tiempo indefinido en los Centros de Atención Integral mujeres abandonada, con hijos, niñas, niños, así como adolescentes y ancianos que deambulan en las calles de territorio nacional. Y preparados para integrarlos activamente a la vida productiva, dicha preparación será de orden técnico, moral y espiritual.
c. Desarrollar proyectos de integración social-laboral integral que involucre tanto al niño como a los padres de forma que ambos puedan participar en la sociedad, digna y sanamente con el fin último de reducir la presencia en las calles del sector social en riesgo.
d. Formar personas con firmes principios cristianos, con sensibilidad humana por los desprotegidos, conciencia solidaria, capaces de poder transformar el medio en que se desenvuelven, poniendo en práctica sus conocimientos, habilidades técnicas, prácticas sociales y la justicia.
e. Desarrollar seminarios para la capacitación y prevención de: abuso sexual, prevención del VIH/SIDA, prevención del trabajo infantil, prevención de la violencia intrafamiliar, y prevención del trabajo infantil.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión para su debido Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
FRANCISCO JARQUIN URBINA
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA “AMES”,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Federación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA“AMES”,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 02 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN URBINA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de marzo del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar proyectos de integración social-laboral integral que involucre tanto al niño como a niños padres de forma que ambos puedan participar en la sociedad, digna y sanamente con el fin ultimo de reducir la presencia en las calles del sector social en riesgo, 2) Formar personas con firmes principios cristianos, con sensibilidad humana por los desprotegidos, conciencia solidaria, capaces de poder transformar el medio en que se desenvuelven, poniendo en practica sus conocimientos, habilidades técnicas, practicas sociales y la justicia.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: SANTOS HUMBERTO HUETE CASTRO, Vicepresidente, ELIAS DIAZ VADO, Secretaria, LISSETH DEL SOCORRO HUETE CASTRO, Tesorero, CRISTOBAL WILLIAM JAIME MARTINEZ, Vocal, GEOVANNY RICARDO SANCHEZ DUARTE.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
.
Arto. 1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6392
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA,
la que podrá designarse abreviadamente con las siglas
“AMES”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA,
la que podrá designarse abreviadamente con las siglas
“AMES”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 07 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Por medio de la Presente solicito a Usted, sus buenos oficios a efecto de someter a la consideración de los Honorables Miembros de la Asamblea Nacional la Aprobación de la Personalidad Jurídica de la Asociación sin fines de Lucro denominada:
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA, “AMES”
.
Dicha Asociación fue constituida con sus Estatutos en Escritura Pública Número Ciento Ochenta y Seis (186) en la ciudad de Managua a las ocho de la mañana del veinticinco de Noviembre del dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario
Emer Jamil Flores Luna
.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y Exposición de Motivos.
Agradeciendo su fina atención a la presente, aprovecho la ocasión para reiterarle mis muestra de consideración y aprecio.
Atentamente,
SANTOS HUMBERTO HUETE CASTRO
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN CAPILLA DEL CALVARIO EMANUEL,
conocida de forma abreviada como
“CCE”,
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (154), a las diez de la mañana del día veinte de octubre del año dos mil Diez, por el Notario Público
EMER JAMIL FLORES LUNA.
FUNDAMENTO.-
Esta Asociación entre otros tiene los siguientes objetivos:
a. Construir y Administrar Centros de atención Integral, los que tendrán integrado a) Una clínica de terapia sicológica y de orientación vocacional, bajo la responsabilidad de un profesional competente. B) Una clínica Médica General para la evaluación física de todos los que ingresen a los programas que implemente la Asociación, c) Un laboratorio clínico y una farmacia, d) Una Escuela Técnica-Artesanal con diferentes opciones tales como: costura, repostería, peluquería, computación, carpintería, ebanistería.
b. Aglutinar por tiempo indefinido en los Centros de Atención Integral mujeres abandonada, con hijos, niñas, niños, así como adolescentes y ancianos que deambulan en las calles de territorio nacional. Y preparados para integrarlos activamente a la vida productiva, dicha preparación será de orden técnico, moral y espiritual.
c. Desarrollar proyectos de integración social-laboral integral que involucre tanto al niño como a los padres de forma que ambos puedan participar en la sociedad, digna y sanamente con el fin último de reducir la presencia en las calles del sector social en riesgo.
d. Formar personas con firmes principios cristianos, con sensibilidad humana por los desprotegidos, conciencia solidaria, capaces de poder transformar el medio en que se desenvuelven, poniendo en práctica sus conocimientos, habilidades técnicas, prácticas sociales y la justicia.
e. Desarrollar seminarios para la capacitación y prevención de: abuso sexual, prevención del VIH/SIDA, prevención del trabajo infantil, prevención de la violencia intrafamiliar, y prevención del trabajo infantil.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión para su debido Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
FRANCISCO JARQUIN URBINA
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA “AMES”,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Federación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACION AMOR Y ESPERANZA“AMES”,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 02 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN URBINA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de marzo del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar proyectos de integración social-laboral integral que involucre tanto al niño como a niños padres de forma que ambos puedan participar en la sociedad, digna y sanamente con el fin ultimo de reducir la presencia en las calles del sector social en riesgo, 2) Formar personas con firmes principios cristianos, con sensibilidad humana por los desprotegidos, conciencia solidaria, capaces de poder transformar el medio en que se desenvuelven, poniendo en practica sus conocimientos, habilidades técnicas, practicas sociales y la justicia.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: SANTOS HUMBERTO HUETE CASTRO, Vicepresidente, ELIAS DIAZ VADO, Secretaria, LISSETH DEL SOCORRO HUETE CASTRO, Tesorero, CRISTOBAL WILLIAM JAIME MARTINEZ, Vocal, GEOVANNY RICARDO SANCHEZ DUARTE.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
.
Arto. 1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N AMOR Y ESPERANZA, la que podrá designarse abreviadamente con las siglas “AMES”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO