Departamento León,
02 de junio de 2009
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretaría
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-
Estimado Señor Secretario.
Por éste medio presento solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
Asociación para el Adelanto de las Mujeres Grupo Feminista de León”
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“GFL”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de León, Departamento de León. Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, exposición de motivo respalda por un diputado, todo de conformidad con la Ley.
Sin más a que hacer referencia, saludos.
Cordialmente,
BERTHA MASSIEL SÁNCHEZ MIRANDA
Presidente de la Asociación
GFL
CC. Archivo.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
Asociación para el Adelanto de las Mujeres Grupo Feminista de León”
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“GFL”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de León, Departamento de León.
El marco jurídico constitucional nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el Arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta la siguiente iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
Asociación para el Adelanto de las Mujeres Grupo Feminista de León”
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“GFL”
.
FUNDAMENTO.-
La importancia de esta asociación para la sociedad nicaragüense está sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: La equidad de género; El respeto a los derechos humanos; Fortalecer la autodeterminación e incidencia política en los espacios de participación ciudadana en alianza con otros sectores sociales; Promover la integración y participación en el desarrollo económico, social y cultural, de las mujeres por medio de proyectos educativos, investigativos, divulgación, y sensibilización, género, empoderamiento femenino, así como talleres charlas, temáticas y capacitaciones, para que a mediano y largo plazo, logren tener una actitud, de respeto a los derechos humanos, Objetivos Específicos: 1) Promover actividades de acción social, en conjunto con los grupos objetivos. 2) Desarrollar proyectos en educación y salud. 3) Impulsar proyectos vocacionales. 4) Brindar asesoría y capacitación en los campos de educación y salud sexual y reproductiva. 5) formular investigaciones en materia de educación y salud. 6) Facilitar servicios de atención medica, psico-social. 7) Ofrecer asesoría y acompañamiento legal. 8) Establecer relaciones de colaboración con organismos Nacionales e Internacionales con objetivos similares. 9) Desarrollar capacidades en temas de derechos humanos, participación ciudadana, autoestima, salud sexual y reproductiva y violencia. 10) Promover la defensa de la explotación comercial en niñas, niños, y adolescentes. 11) Facilitar un programa de salud a la mujer que permita incidir en la disminución de los índices de mortalidad en prevención de las enfermedades de transmisión sexual y VIH SIDA. 12) Facilitar el acceso a la planificación familiar promoviendo la apropiación de las mujeres sobre su cuerpo y vida. 13) Promover la participación de las mujeres de sectores populares del área urbana y rural en programas educativos y deliberativos e informativos por medio de revistas, foros, debates, y programas radiales que permitan la sensibilización, de las mujeres organizadas y no organizadas, a instituciones del estado, hombres, familias, niños, comunidad en general, sobre la lucha e igualdad de las mujeres y la disolución de las relaciones opresivas de género. 14) Promover la Emprendeduría y empoderamiento económico de las mujeres. Estos objetivos son meramente enunciativos y no son limitativos, pues la Asociación podrá realizar cualquier otro objetivo vinculado con los aquí enumerados sin más limitaciones que las establecidas en la Ley número ciento cuarenta y siete y demás leyes de la República.
Por lo expuesto solicito someter a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua a los dieciocho días del mes de junio de dos mil nueve.
Lic. José Antonio Martínez.
Diputado - Bancada FSLN
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Artículo 1.-
Otorgase Personalidad Jurídica a la
Asociación para el Adelanto de las Mujeres Grupo Feminista de León”
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“GFL”
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de León, Departamento de León.
Artículo2.-
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Artículo 3.-
Asociación para el Adelanto de las Mujeres Grupo Feminista de León”
, la que se podrá identificar con la abreviatura
“GFL”,
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo 4.-
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil nueve.
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional