Nueva Segovia, 18 de Julio del 2012.
Doctora
ALABA PALACIOS
PRIMER SECRETARIA
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Estimada Doctora Palacios:
Por este medio me dirijo a Usted para solicitarle su apoyo en el otorgamiento de la Personería Jurídica de
“ASOCIACION DE PATINAJE DEPARTAMENTAL DE NUEVA SEGOVIA”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASOPATNS)
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia.
Le adjunto las escrituras y copias de ley, la propuesta de decreto y todos los documentos necesarios.
Le agradezco de antemano su fina atención y valioso apoyo al Deporte Nacional.
Cordialmente.
RANDALL FABRICIO MORENO OLIVAS
Presidente
Cedula Número: (481-120965-0000W)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Oficina.-
El suscrito diputado ante la asamblea nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y artos. 30 numeral 5,89, 90 y 91 de la ley orgánica del poder legislativo, presento iniciativa de decreto de otorgamiento de personería jurídica a la
“ASOCIACION DE PATINAJE DEPARTAMENTAL DE NUEVA SEGOVIA”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASOPATNS).
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia.
El marco Jurídico Constitucional Nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta iniciativa de decreto de otorgamiento de Personería Jurídica a la
“ASOCIACION DE PATINAJE DEPARTAMENTAL DE NUEVA SEGOVIA”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASOPATNS).
Fundamento.
La ASOCIACIÓN se constituye como un organismo deportivo nacional, no gubernamental sin fines de lucro y se promueve bajo altos ideales deportivos, por lo que no acepta discriminación alguna por asuntos raciales, políticos, religiosos, por razones de edad o sexo, ni de cualquier otra índole.
La importancia de esta Asociación para la sociedad Nicaragüense esta sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: 1-Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de patinaje en todas las categorías procurando una cobertura en todo el departamento de Nueva Segovia. 2-Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento de la Patinaje en Nicaragua. 3-Promover y estimular el desarrollo del deporte de patinaje infantil, juvenil y mayor en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento 4.- Auspiciar, avalar y promover: a- Campeonatos anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencia b- Dictará las bases que rijan todas las competencias de patinaje en todo el departamento de Nueva Segovia, organizados o avalados por la Asociación. c.-- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la Junta Directiva. d.- Promover la afiliación de miembros deportista que quieran participar en el Deporte de patinaje. e.- Realizar reconocimientos 5.- Implementar cada actividad que sea necesaria y conveniente para el desarrollo de la Patinaje en el departamento de Nueva Segovia, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva. 6.-Seleccionar adecuadamente y conforme a sus méritos a los deportistas de patinaje que deban representar al departamento en competencias locales y nacionales, proveer de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento y atención. 7.- La Asociación creará programas para la preparación del personal que dirija eventos deportivos, capacitación de entrenadores, árbitros, médicos y jueces para contribuir a la divulgación de patinaje en el Departamento de Nueva Segovia. 8.- Formara Atletas para que representen al departamento de Nueva Segovia y a Nicaragua en Competencias departamentales, nacionales e internacionales.
Por lo antes expuesto solicito a someter a consideración del plenario de la asamblea nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil Doce.
ING. EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado
Asamblea Nacional.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION DE PATINAJE DEPARTAMENTAL DE NUEVA SEGOVIA
”, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASOPATNS)
,
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia.
Arto.2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La
"ASOCIACION DE PATINAJE DEPARTAMENTAL DE NUEVA SEGOVIA
”, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASOPATNS)
, Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA