FUNDACION ESPERANZA
La Paz Centro-León
Ruc: 07005030-9330
No. Perpetuo: 2888
Dirección: Cancha Tomás Ocampo Chavarria/80 vrs. Al este.
Teléfono: 2314-2033
La Paz Centro, 21 de septiembre del 2009.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Managua
Estimado Doctor Navarro Moreira:
Reciba cordial saludos de nuestra parte.
El motivo de la presente es para solicitarle la cancelación de la personería jurídica de la fundación Esperanza, ubicada en La Paz Centro-León. Esta fundación fue formada hace seis años, pero en la actualidad ya no puede seguir funcionando debido a que no hay recursos económicos para su sostenibilidad y funcionamiento ya que la fundadora se encuentra en estado de salud grave y no puede sostenerla.
Esperando su colaboración para la cancelación de la fundación Esperanza.
Sin más a que referirnos, nos despedimos deseándoles éxitos en sus funciones.
Atentamente,
Sandra Carrión Mena. Cristina Margarita Linarte Maritza Varela T.
Presidenta en función Saavedra Tesorera
Representante legal. Secretaría Tesorera
Vilma Aguilar Reyes. Aldaida Incolaza Corea D. Xiomara del C. Espinoza.
Fiscal Vocal Vocal
Managua, 21 de Septiembre del 2009.-
Ingeniero.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente.
Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
Estimado Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del arto.138 y 140 de la constitución política de la República de Nicaragua y en la ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua capítulo III, artículo 14, No 2, artículo 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91 y en la ley 147 Ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro. Presento la solicitud de cancelación de personalidad jurídica
FUNDACIÓN ESPERANZA,
de esta fundación Número perpetuo 2888. Fundación sin fines de lucro, constituida en escritura pública N° 50, otorgado en la Ciudad de La Paz Centro, Departamento de León, a las 9: am del día 07 de mayo del año 2003, Licenciado Javier Guido Hernández, abogado y notario público de la República de Nicaragua.
Esta fundación establece como objetivo fundamental: en el de contribuir en el desarrollo económico y social del municipio de La Paz Centro y sus comarcas, al impulsar los aspectos de: Educación primaria, secundaria y técnica.
En el estatuto de dicha fundación, capitulo sexto, arto trigésimo, inciso B); la fundación decretará su disolución o cancelación por cualquier de las siguientes causas: a) Por las causas establecidas en la Ley N° ciento cuarenta y siete, Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y por desición de los miembros tomada en sesión ordinaria o extraordinaria convocada para tal fin, y con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros presentes y debidamente convocados.
Por que la situación económica no permite continuar sus operaciones por motivo de salud de la fundadora.
Para lograr sus objetivos esta fundación podrá realizar todos los actos que considere conveniente siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de la fundación y Leyes de la República.
Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
DIPUTADA
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1.-
Otórgase la cancelación de personalidad jurídica a la fundación Esperanza para contribuir al desarrollo económico y social del Municipio de La Paz Centro y sus comarcas, los aspectos de: Educación Secundaria y Técnica sin fines de lucro, Con domicilio en La Paz Centro Dpt. De León.
Arto. 2.-
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil ocho.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO