Managua, 2 de Mayo del año 2011


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Doctor Navarro:

El suscrito Presidente de la Asociación “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S.)”. Con fundamento en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación. Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público; LUIS OMAR ESPINOZA, a las ocho de la mañana del día dos del mes de Mayo del año dos mil once. Adjuntamos la Escritura Pública Numero cinco (5) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:

1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.

2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.

3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.






PASTOR. LUIS ENRIQUE CHAVEZ PEREZ
Presidente y Representante Legal
(A.I.J.S.)
Teléfonos: 8846-6450




Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

EXPOSICION DE MOTIVO

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S.)”. Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público; LUIS OMAR ESPINOZA, a las ocho de la mañana del día dos del mes de Mayo del año dos mil once. Adjuntamos la Escritura Pública Numero cinco (5) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:

1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.

2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.

3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.


Managua, dos de Mayo del año 2011





AGUSTIN JARQUIN ANAYA
Diputado




LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus Facultades

Ha Dictado

El Siguiente

DECRETO

Arto 1.

Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S.)”. Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua.

Arto 2.

La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.

Arto 3.

La Asociación “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S.)”. Estará obligada al cumplimiento de la ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica de Nicaragua.

Arto 4.

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______días del mes de ___________del año dos mil Diez.


Ing. Rene Núñez Doctor. Wilfredo Navarro M.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN


Managua, 29 de agosto del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S)”, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por los Diputados: AGUSTIN JARQUIN ANAYA y ELIDA MARIA GALEANO, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 07 de junio del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelisticas, Conciertos de Música Cristiana nacionales e Internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para sí y el de su semejantes. 2) Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primarias, secundarias y centros técnicos vocacionales, centro de protección de menores, Centros clínicos, 3) Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literaturas cristianas, crear bibliotecas cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como drogas, pandillas, prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna. 4) Establecer espacio de intercambio y cooperación en ropa, calzado, medicina, vehículos, alimentos y otros beneficios que conlleve el desarrollo social y espiritual de los miembros de la Asociación y de los Nicaragüenses, con organismos e instituciones homologas a fines privadas, estatales, nacionales e internacionales que se consideren convenientes para la buena andanza y consecuencia de los fines y objetivos de la Asociación. 5) La Asociación podrá ampliar sus objetivos sociales ya que los aquí planteados son de carácter enunciativos y de ninguna manera taxativos.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LUIS ENRIQUE CHAVEZ PEREZ, Vicepresidente, MARCOS A. GUTIERREZ RAMOS, Secretario, NOEL ENRIQUE LOPEZ, Tesorero, ROMAN ROA HERNANDEZ, Vocal, TANIA DE LOS ANGELES CRUZ GOMEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.














Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S)”.


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO










LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE ICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S)”, sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12 (A.I.J.S)”. , estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO M.
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6561
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12, la que abreviadamente se conocerá con las siglas (A.I.J.S)”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12, la que abreviadamente se conocerá con las siglas (A.I.J.S)”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional