Ciudad de Managua, 13 de Febrero de 2007.
Managua, 13 de Febrero de 2007.

INGENIERO
RENE NUNEZ
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
SU DESPACHO.

SEÑOR PRESIDENTE:

Los Suscritos Representantes ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5º del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política y en el inciso 2º del Arto. 4 y 44 del Estatuto de la Asamblea Nacional, y en la Ley Nº 147 " LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO ", presentamos formal Solicitud para que se le otorgue PERSONALIDAD JURÍDICA a la “ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA - NICARAGUA”, Asociación Civil sin Fines de Lucro conocida también como "PEÑA BARCANICA”; constituida en la ciudad de Managua, ante los oficios notariales del Dr. Rodolfo Arguello Simpson, de este domicilio, a las dos de la tarde, del día veintitrés de noviembre del año dos mil seis; cuya escritura adjuntamos con las formalidades de Ley.

Esta Asociación se constituyó, entre otros con los siguientes objetivos:

1.- Promover el desarrollo Integral del deporte con el fin de mejorar la calidad de vida de la sociedad nicaragüense.

2.- Establecer relaciones de hermandad social con el Club FC BARCELONA y la sociedad Nicaragüense,

3.- Promover el desarrollo de talleres de capacitación donde se refleje los fines y objetivos de esta asociación.

4.- Realizar Ligas Deportivas en el campo rural y urbano.

5.- Promover la construcción y creación de un Club para el esparcimiento sano de la juventud.

6.-Gestionar donaciones, créditos o garantías de instituciones financieras nacionales o extranjeras, sean estas públicas o privadas, para el desarrollo de actividades productivas afines con el deporte y el esparcimiento del mismo.


7.- Coordinar esfuerzos con otras Asociaciones, Gobiernos locales o instituciones del Estado para enfrentar y solventar los problemas de carácter deportivo en nuestro medio.

8.- Involucrarse en actividades de promoción de campañas que permitan el desarrollo de una cultura de civismo, paz y tolerancia entre la familia nicaragüense, así como en pro de la defensa de los Derechos Humanos de la ciudadanía en general

Para lograr sus objetivos esta asociación podrá realizar todos los actos que se considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Asociación y Leyes de la República.

Consideramos que esta Asociación ha sido constituía por ciudadanos representativos de sus respectivas comunidades; y que los objetivos de la Asociación Civil sin fines de Lucro “ASOCIACION CLUB BARCELONA NICARAGUA, conocida también como “PEÑA BARCANICA”, son adecuados y necesarios para el territorio y población a beneficiar; en consecuencia; con todo respeto, sometemos a la consideración de los Honorables Diputados, la presente Iniciativa de Ley, a fin de que sea acogida por el Plenario, y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente;


Diputado Asamblea Nacional de Nicaragua.


DICTAMEN


Managua, 28 de enero del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA) con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: VICTOR DUARTE, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 15 de mayo del año dos mil siete.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo Integral del deporte con el fin de mejorar la calidad de vida de la sociedad nicaragüense, 2) Establecer relaciones de hermandad social con el CLUB FC BARCELONA y la sociedad Nicaragüense.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS ROBERTO PRADO SARRIA, Vicepresidente, PAVEL RAMON GUTIERREZ LOVO, Secretario, FREDDY MARCELO TORRES CERNA, Tesorero, RICARDO EUGENIO SELVA ARNOLD, Fiscal: JAVIER HUMBERTO CHAMORRO RUBIALES, Primer Vocal, GERMAN DOMINIQUE RAMÍREZ ROUSTRAN, Segundo Vocal, DORWIN YAHIR GUTIERREZ LOPEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.






Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA),




COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA) , sin fines de lucro, de duración noventa y nueva años y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua..


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5999
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA); sin fines de lucro, de noventa y nueve años de duración y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN


Managua, 28 de enero del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA) con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: VICTOR DUARTE, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 15 de mayo del año dos mil siete.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo Integral del deporte con el fin de mejorar la calidad de vida de la sociedad nicaragüense, 2) Establecer relaciones de hermandad social con el CLUB FC BARCELONA y la sociedad Nicaragüense.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS ROBERTO PRADO SARRIA, Vicepresidente, PAVEL RAMON GUTIERREZ LOVO, Secretario, FREDDY MARCELO TORRES CERNA, Tesorero, RICARDO EUGENIO SELVA ARNOLD, Fiscal: JAVIER HUMBERTO CHAMORRO RUBIALES, Primer Vocal, GERMAN DOMINIQUE RAMÍREZ ROUSTRAN, Segundo Vocal, DORWIN YAHIR GUTIERREZ LOPEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.






Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA),




COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA) , sin fines de lucro, de duración noventa y nueva años y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua..


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CLUB BARCELONA NICARAGUA (PEÑA BARCANICA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO