Managua 07 de mayo 2009.
Dr: WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario de la Asamblea
Nacional de la Republica de Nicaragua.
Su despacho.
Honorable Diputado Navarro:
Reciba cordiales saludos de parte de la Junta Directiva de ASODES.
Con todo el respeto del caso me dirijo ante usted para gestionar el otorgamiento de la Personería Jurídica de la
Asociación Deportiva del Sur. “ASODES”,
una entidad civil de carácter social, sin fines de lucro, la cual esta conformada por un grupo de promotores del deporte en la ciudad de Jinotepe, Departamento de Carazo, que hemos venido trabajando con el compromiso de contribuir al desarrollo y bienestar de nuestra juventud, con el propósito de mejorar la calidad de la practica deportiva en la actualidad.
Agradezco desde ya en nombre de la Asociación su apoyo, me despido con muestras de consideración hacia usted.
Atentamente:
Gabriel Rabindranath Lovo Torres.
Presidente de la Junta Directiva.
Asociación Deportiva del Sur.
Cc: Archivo
Managua, 07 de mayo 2009.
Ing. Rene Núñez Téllez.
Presidente de la Asamblea Nacional
de la Republica de Nicaragua.
Su despacho.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el arto 65 y 116 capitulo III y capitulo IV de la Constitución Política, arto 1, Capitulo II y Capitulo IV de la Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física de la Ley Numero 522 Aprobada el 02 de Febrero del año 2005, Publicada en la Gaceta No. 68 del 08 de Abril del año 2005, y el arto No. 3 de la Ley General sobre Personas Jurídicas Ley 147. Presento la solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica de la Asociación Deportiva del Sur (ASODES), sin Fines de Lucro, Constituida en Escritura Publica numero cuatrocientos sesenta y dos, de las dos de la tarde del día tres de Noviembre del año dos mil ocho, bajo los oficios de la notario Shirley Mercedes Delgado Téllez.
Esta Asociación se formo con los siguientes objetivos:
1. Rescatar a la niñez, adolescencia y Juventud de las situaciones de riesgo por medio de la Práctica Deportiva.
2. Fomentar la practica de actividades Físicas, deportivas no limitadas a un solo ámbito de forma integral e incluyente.
3. Procurar el Desarrollo de los individuos en las diferentes disciplinas deportivas para evitar y prevenir el uso y consumo de drogas, alcohol y otras prácticas viciosas y perjudiciales.
Por lo antes expuesto, someto a consideración del plenario la presente solicitud de personería Jurídica para la Asociación Deportiva del Sur (ASODES), a fin de que sea acogida y luego pasada a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.
Atentamente
Lic: JUAN RAMON JIMÉNEZ.
Diputado
Asamblea Nacional.
Cc: Archivo
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase personalidad jurídica a la Asociación Civil sin Fines de Lucro denominada
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR (ASODES).
Arto. 2. La representación legal de Asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR (ASODES),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación, social, escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a las__________del día____________del mes de___________del dos mil nueve.-
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 18 de mayo del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR,
con domicilio en la ciudad de Jinotepe, cabecera del departamento de Carazo, Nicaragua. Presentada por el Diputado: JUAN RAMON JIMENEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Rescatar a la niñez, adolescencia y juventud de las situaciones de riesgo por medio de la práctica deportiva, 2) Fomentar la práctica de actividades físicas, deportivas no limitadas a un solo ámbito de forma integral e incluyente.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: GABRIEL RABINDRANATH LOVO TORRES Vicepresidente, BAYARDO EDWIN CALERO LOPEZ, Secretario General, NEXI ONEYDA ZELEDON MARTINEZ, Tesorero, KJELL RUNE KARLSSON, Fiscal: MARTIN ANTONIO GUTIERREZ, Vocal, JULIO ANTONIO RODRIGUEZ LUGO, Asesor Técnico-Deportivo, LUIS ALBERTO GARCIA CORTÉZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR
, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Jinotepe, cabecera del departamento de Carazo, Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
estará
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR
, obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6052
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPORTIVA DEL SUR;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Jinotepe, Cabecera del Departamento de Carazo, Nicaragua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN DEPORTIVA DEL SUR;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Junio del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua 07 de mayo 2009.
Dr: WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario de la Asamblea
Nacional de la Republica de Nicaragua.
Su despacho.
Honorable Diputado Navarro:
Reciba cordiales saludos de parte de la Junta Directiva de ASODES.
Con todo el respeto del caso me dirijo ante usted para gestionar el otorgamiento de la Personería Jurídica de la
Asociación Deportiva del Sur. “ASODES”,
una entidad civil de carácter social, sin fines de lucro, la cual esta conformada por un grupo de promotores del deporte en la ciudad de Jinotepe, Departamento de Carazo, que hemos venido trabajando con el compromiso de contribuir al desarrollo y bienestar de nuestra juventud, con el propósito de mejorar la calidad de la practica deportiva en la actualidad.
Agradezco desde ya en nombre de la Asociación su apoyo, me despido con muestras de consideración hacia usted.
Atentamente:
Gabriel Rabindranath Lovo Torres.
Presidente de la Junta Directiva.
Asociación Deportiva del Sur.
Cc: Archivo
Managua, 07 de mayo 2009.
Ing. Rene Núñez Téllez.
Presidente de la Asamblea Nacional
de la Republica de Nicaragua.
Su despacho.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el arto 65 y 116 capitulo III y capitulo IV de la Constitución Política, arto 1, Capitulo II y Capitulo IV de la Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física de la Ley Numero 522 Aprobada el 02 de Febrero del año 2005, Publicada en la Gaceta No. 68 del 08 de Abril del año 2005, y el arto No. 3 de la Ley General sobre Personas Jurídicas Ley 147. Presento la solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica de la Asociación Deportiva del Sur (ASODES), sin Fines de Lucro, Constituida en Escritura Publica numero cuatrocientos sesenta y dos, de las dos de la tarde del día tres de Noviembre del año dos mil ocho, bajo los oficios de la notario Shirley Mercedes Delgado Téllez.
Esta Asociación se formo con los siguientes objetivos:
1. Rescatar a la niñez, adolescencia y Juventud de las situaciones de riesgo por medio de la Práctica Deportiva.
2. Fomentar la practica de actividades Físicas, deportivas no limitadas a un solo ámbito de forma integral e incluyente.
3. Procurar el Desarrollo de los individuos en las diferentes disciplinas deportivas para evitar y prevenir el uso y consumo de drogas, alcohol y otras prácticas viciosas y perjudiciales.
Por lo antes expuesto, someto a consideración del plenario la presente solicitud de personería Jurídica para la Asociación Deportiva del Sur (ASODES), a fin de que sea acogida y luego pasada a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.
Atentamente
Lic: JUAN RAMON JIMÉNEZ.
Diputado
Asamblea Nacional.
Cc: Archivo
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase personalidad jurídica a la Asociación Civil sin Fines de Lucro denominada
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR (ASODES).
Arto. 2. La representación legal de Asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR (ASODES),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4. El presente decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación, social, escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a las__________del día____________del mes de___________del dos mil nueve.-
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 18 de mayo del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR,
con domicilio en la ciudad de Jinotepe, cabecera del departamento de Carazo, Nicaragua. Presentada por el Diputado: JUAN RAMON JIMENEZ, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Rescatar a la niñez, adolescencia y juventud de las situaciones de riesgo por medio de la práctica deportiva, 2) Fomentar la práctica de actividades físicas, deportivas no limitadas a un solo ámbito de forma integral e incluyente.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: GABRIEL RABINDRANATH LOVO TORRES Vicepresidente, BAYARDO EDWIN CALERO LOPEZ, Secretario General, NEXI ONEYDA ZELEDON MARTINEZ, Tesorero, KJELL RUNE KARLSSON, Fiscal: MARTIN ANTONIO GUTIERREZ, Vocal, JULIO ANTONIO RODRIGUEZ LUGO, Asesor Técnico-Deportivo, LUIS ALBERTO GARCIA CORTÉZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR
, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Jinotepe, cabecera del departamento de Carazo, Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
estará
ASOCIACION DEPORTIVA DEL SUR
, obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO