Managua, 09 de octubre del 2009.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Su Despacho.-
Managua
Honorable Doctor Navarro Moreira:
En mi calidad de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación sin Fines de Lucro que denominada: “
CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”.
También conocida como
“CENTRO COSECHA”,
constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y OCHO (No. 58), el día nueve de Noviembre del año dos mil siete, a las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana, ante el Notario Público JASMINA MEDINA MENDOZA, presento a Usted en su calidad de Primer Secretario de la Asamblea Nacional solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a nuestra Asociación.
Adjunto a la presente encontrará toda la documentación solicitada por Secretaría, la cual enumerados a continuación: A) Acta de Constitución y Estatutos de la asociación. B) Carta de Exposición de Motivos.- C) Proyecto de Decreto.
Esperando atienda nuestra solicitud, me suscribo de usted, reiterándole mis saludos y mis muestras de consideración y estima personal.
Cordialmente,
MARCUS PEYTON PEARSON
Presidente Junta Directiva
Asociación Centro Cosecha de Nicaragua
Managua, 26 de Mayo del 2008.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
En mi calidad de diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el Inc. 5 del arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el Artículo 14, Inc. 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de personalidad Jurídica a la Asociación “
CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, “CENTRO COSECHA”,
organización sin fines de lucro.
La Asociación “CENTRO COSECHA”, tendrá como objetivo los siguientes:
a) Impulsar el desarrollo cultural de los y las nicaragüenses con equidad de género, sin discriminación, tomando como referencia las áreas de crecimiento físico, intelectual, étnico, afectivo, social y espiritual de las personas.
b) Propiciar las bases para el desarrollo de nuevas relaciones en el seno de la familia y7o la comunidad basadas en el respeto, afecto y equidad.
c) Fomentar proyectos sociales orientados al cuido y protección del medio ambiente en todas sus expresiones.
d) Implementar la ejecución de proyectos orientados a generar alternativas de desarrollo socioeconómico mediante la implementación de acciones orientadas al fortalecimiento de la economía familiar impulsando y7o fortaleciendo la micro y pequeña empresa familiar partiendo de las capacidades y habilidades existentes en las Personas.
e) Propiciar el desarrollo de la micro y pequeña empresa familiar con énfasis en mujeres.
f) Promover programas de inserción laboral.
g) Desarrollar investigaciones sobre situación laboral, educativa y7o de salud en las zonas de incidencia.
h) Propiciar procesos de autorreconocimiento situacional en las mujeres, adolescentes, jóvenes y adultas que les permita iniciar cambio sustanciales en sus modos vida propiciando el fortalecimiento de su Autodeterminación.
i) Promover acciones de ayuda mutua y cooperación con organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales orientados al cumplimiento de los objetivos de la asociación.
Por lo ante expuesto es que someto a consideración de los representantes de la asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y la comisión correspondiente.
Agradeciendo la atención a la presente, me suscribo.
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
Diputado Asamblea Nacional
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art.1.Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION CENTRO COSECHA DE NICARAGUA,
también conocida como
“CENTRO COSECHA”
, Asociación civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.
Art.2 La representación legal de esta
Asociación
será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio correspondiente.
Art.3.La
“ASOCIACION CENTRO COSECHA DE NICARAGUA, “CENTRO COSECHA”,
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4.El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los_______Días del mes de________del año dos mil nueve.
RENE NUÑE TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
DI
CTAMEN
Managua, 14 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
con domicilio en el Departamento de Granada. Presentada por el Diputado: JUAN RAMON JIMENEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Impulsar el desarrollo cultural delas y los nicaragüenses con equidad de genero, sin discriminación, tomando como referencia las áreas de crecimiento físico, intelectual, étnico, afectivo, social y espiritual de las personas, 2) Propiciar las bases para el desarrollo de nuevas relaciones en el seno de la familia y/o la comunidad basada en el respeto, afecto y equidad.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidenta: LESLIA VALERIA LOPEZ MORALES, Vicepresidente, MARCUS PEYTON PEARSON, Secretario, JACOBO DOMINGO SANCHEZ SANCHEZ, Tesorero, ABDHALY DE FATIMA LOPEZ MORALES, Vocal, ANN MARIE PEARSON.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
“CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el Departamento de Granada.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6396
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
Asociación “Centro Cosecha de Nicaragua”,
y más comúnmente se conocerá como
“Centro Cosecha”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Departamento de Granada.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
Asociación “Centro Cosecha de Nicaragua”,
y más comúnmente se conocerá como
“Centro Cosecha”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 09 de octubre del 2009.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Su Despacho.-
Managua
Honorable Doctor Navarro Moreira:
En mi calidad de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación sin Fines de Lucro que denominada: “
CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”.
También conocida como
“CENTRO COSECHA”,
constituida en Escritura Pública Número CINCUENTA Y OCHO (No. 58), el día nueve de Noviembre del año dos mil siete, a las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana, ante el Notario Público JASMINA MEDINA MENDOZA, presento a Usted en su calidad de Primer Secretario de la Asamblea Nacional solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a nuestra Asociación.
Adjunto a la presente encontrará toda la documentación solicitada por Secretaría, la cual enumerados a continuación: A) Acta de Constitución y Estatutos de la asociación. B) Carta de Exposición de Motivos.- C) Proyecto de Decreto.
Esperando atienda nuestra solicitud, me suscribo de usted, reiterándole mis saludos y mis muestras de consideración y estima personal.
Cordialmente,
MARCUS PEYTON PEARSON
Presidente Junta Directiva
Asociación Centro Cosecha de Nicaragua
Managua, 26 de Mayo del 2008.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
En mi calidad de diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el Inc. 5 del arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el Artículo 14, Inc. 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de personalidad Jurídica a la Asociación “
CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, “CENTRO COSECHA”,
organización sin fines de lucro.
La Asociación “CENTRO COSECHA”, tendrá como objetivo los siguientes:
a) Impulsar el desarrollo cultural de los y las nicaragüenses con equidad de género, sin discriminación, tomando como referencia las áreas de crecimiento físico, intelectual, étnico, afectivo, social y espiritual de las personas.
b) Propiciar las bases para el desarrollo de nuevas relaciones en el seno de la familia y7o la comunidad basadas en el respeto, afecto y equidad.
c) Fomentar proyectos sociales orientados al cuido y protección del medio ambiente en todas sus expresiones.
d) Implementar la ejecución de proyectos orientados a generar alternativas de desarrollo socioeconómico mediante la implementación de acciones orientadas al fortalecimiento de la economía familiar impulsando y7o fortaleciendo la micro y pequeña empresa familiar partiendo de las capacidades y habilidades existentes en las Personas.
e) Propiciar el desarrollo de la micro y pequeña empresa familiar con énfasis en mujeres.
f) Promover programas de inserción laboral.
g) Desarrollar investigaciones sobre situación laboral, educativa y7o de salud en las zonas de incidencia.
h) Propiciar procesos de autorreconocimiento situacional en las mujeres, adolescentes, jóvenes y adultas que les permita iniciar cambio sustanciales en sus modos vida propiciando el fortalecimiento de su Autodeterminación.
i) Promover acciones de ayuda mutua y cooperación con organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales orientados al cumplimiento de los objetivos de la asociación.
Por lo ante expuesto es que someto a consideración de los representantes de la asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y la comisión correspondiente.
Agradeciendo la atención a la presente, me suscribo.
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
Diputado Asamblea Nacional
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art.1.Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION CENTRO COSECHA DE NICARAGUA,
también conocida como
“CENTRO COSECHA”
, Asociación civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.
Art.2 La representación legal de esta
Asociación
será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio correspondiente.
Art.3.La
“ASOCIACION CENTRO COSECHA DE NICARAGUA, “CENTRO COSECHA”,
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4.El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los_______Días del mes de________del año dos mil nueve.
RENE NUÑE TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
DI
CTAMEN
Managua, 14 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
con domicilio en el Departamento de Granada. Presentada por el Diputado: JUAN RAMON JIMENEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Impulsar el desarrollo cultural delas y los nicaragüenses con equidad de genero, sin discriminación, tomando como referencia las áreas de crecimiento físico, intelectual, étnico, afectivo, social y espiritual de las personas, 2) Propiciar las bases para el desarrollo de nuevas relaciones en el seno de la familia y/o la comunidad basada en el respeto, afecto y equidad.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidenta: LESLIA VALERIA LOPEZ MORALES, Vicepresidente, MARCUS PEYTON PEARSON, Secretario, JACOBO DOMINGO SANCHEZ SANCHEZ, Tesorero, ABDHALY DE FATIMA LOPEZ MORALES, Vocal, ANN MARIE PEARSON.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
“CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el Departamento de Granada.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“CENTRO COSECHA DE NICARAGUA”, y mas comúnmente se conocerá como “CENTRO COSECHA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO