Managua, 23 DE Abril del 2009.

Managua, 20 de Enero de 2009.


DICTAMEN

Managua, 30 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, con domicilio en la Ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: MIGUEL MELENDEZ TREMINIO. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve..

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
La Administración del Cementerio Nejapa, la Ayuda, Cuido y Administración de los Cementerios Comunales, 2) Actuar como Interlocutor ante Organismos, Públicos, Privados Estatales, Alcaldías y Personas que Custodia el Patrimonio de los Cementerios a fi de representarlo ante los mismo.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JUAN CARLOS RAMIREZ, Vice Presidente: ANA MERCEDES LIRA GONZALEZ, Tesorero, DEYANIRA LEONOR ALEMAN LIRA, Secretario, FAUSTO REINALDO MARTINEZ, Primer Vocal: HECTOR MANUEL CARDOZA, Segundo Vocal: GLORIA MERCEDES FLORES, Tercer Vocal: FRANCISCA ESMERALDA VALLEJOS GONZALEZ, Cuarto Vocal, SAMUEL ANTONIO GAINTAN, Quinto Vocal, MARIA GLADYS LOPEZ, Sexto Vocal, ISABEL DEL CARMEN GUERRERO COREA, Séptimo Vocal, YAMILETH DEL SOCORRO TREJOS FLORES, Fiscal, MANUEL ANTONIO PARAMO ESPINOZA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en a Ciudad de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6134
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 23 DE Abril del 2009.

Managua, 20 de Enero de 2009.

DICTAMEN

Managua, 30 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, con domicilio en la Ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: MIGUEL MELENDEZ TREMINIO. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve..

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
La Administración del Cementerio Nejapa, la Ayuda, Cuido y Administración de los Cementerios Comunales, 2) Actuar como Interlocutor ante Organismos, Públicos, Privados Estatales, Alcaldías y Personas que Custodia el Patrimonio de los Cementerios a fi de representarlo ante los mismo.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JUAN CARLOS RAMIREZ, Vice Presidente: ANA MERCEDES LIRA GONZALEZ, Tesorero, DEYANIRA LEONOR ALEMAN LIRA, Secretario, FAUSTO REINALDO MARTINEZ, Primer Vocal: HECTOR MANUEL CARDOZA, Segundo Vocal: GLORIA MERCEDES FLORES, Tercer Vocal: FRANCISCA ESMERALDA VALLEJOS GONZALEZ, Cuarto Vocal, SAMUEL ANTONIO GAINTAN, Quinto Vocal, MARIA GLADYS LOPEZ, Sexto Vocal, ISABEL DEL CARMEN GUERRERO COREA, Séptimo Vocal, YAMILETH DEL SOCORRO TREJOS FLORES, Fiscal, MANUEL ANTONIO PARAMO ESPINOZA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en a Ciudad de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNAL DEL CEMENTERIO DE LAS COMUNIDADES, NEJAPA, TICOMO, MONTE TABOR, CEDRO GALAN Y CHIQUILISTAGUA, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO