Managua, 10 de julio 2009



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-



Estimado Doctor Navarro:


Por este medio le estamos solicitando de manera formal y con el debido respeto, concesión de Personería Jurídica para la denominada “ASOCIACION DE DOMINÓ DE LAGUNA DE PERLAS”, la que podrá identificarse con las siglas (ASODOLAP), de conformidad con lo establecido en la ley número Ciento Cuarenta y Siete (147), Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro”.

Se adjunta Escritura Pública de Constitución de la Asociación, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto.


Me despido de Usted,



Atentamente,


___________________________________________
GREGORY DWINGHT FLSHEY TALYLOR
Presidente





Managua, 10 de julio 2009



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-



Estimado Doctor Navarro:


Adjunto estoy remitiendo iniciativa de Personería Jurídica denominada “ASOCIACION DE DOMINÓ DE LAGUNA DE PERLAS”, (ASODOLAP), la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos y el Decreto.

Solicito se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.


Por su atención, quedo agradecido.


Atentamente,



ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado





EXPOSICION DE MOTIVOS


Managua, 10 de julio 2009

RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-


Honorable Presidente Núñez:

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Artículo 138 de nuestra Constitución Política y Ley Orgánica del Poder Legislativo, basado en la Ley 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro" presento la solicitud para la denominada “ASOCIACION DE DOMINO DE LAGUNA DE PERLAS”, (ASODOLAP).


La Asociación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:

1-Promover, fomentar, organizar y desarrollar el Dominó en todas las categorías procurando una cobertura de todos los municipios de la zona. 2- Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas, morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del Dominó a nivel municipal. 3- Promover y estimular el desarrollo del Dominó, juvenil en sus ramas y categorías. 4 Auspiciar, avalar y promover: a- Eventos anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencia. b- Dictar las bases que rijan todas las competencias del Dominó a nivel municipal y regional, organizados o avalados por la Asociación. c- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la Junta Directiva d- Promover la afiliación de miembros deportistas que quieran participar del Dominó. e- Realizar reconocimientos. 5.- Implementar cada actividad que sea necesaria y conveniente para el desarrollo del Dominó, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva. 6.- Seleccionar adecuadamente y conforme a sus méritos a los deportistas del Dominó que deban representar a nuestro municipio en el país. Proveer de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento y atención. 7.- La Asociación creará programas para la preparación del personal que dirija eventos, de Dominó para contribuir a la divulgación del Dominó en todo el país. Fundamentación:

La presente Iniciativa, es con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley General del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física, así como también con las leyes que se relacionan con ésta y adquirir la Personalidad Jurídica. Esta Asociación tendrá su domicilio en el Municipio de Lagunas de Perlas, Región autónoma del Atlántico Sur..

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.


Atentamente,


ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO



Arto.1- Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE DOMINÓ DE LAGUNAS DE PERLAS” (ASODOLAP) sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio del Municipio de Laguna de Perlas.


Arto. 2- La representación de esta Asociación será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-

Arto.3. “ASOCIACION DE DOMINÓ DE LAGUNA DE PERLAS” (ASODOLAP) estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la República de Nicaragua.

Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-



Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil nueve.




RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primero Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Dominó Lguna de Perlas.pdf





7010.pdf