León 28 de Noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Tengo el gusto de saludarle muy cordialmente, en ocasión de presentar formalmente por su medio, a la Honorable Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, nuestra solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la que opera la Fundación, que también será conocida como
FUNDACIÓN INSTITUTO TÉCNICO CREATIVO "ITC".
El Instituto Técnico Creativo es una Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número tres Otorgada en la ciudad de León, a las nueve de la mañana del día martes cuatro de octubre del año dos mil diez, ante el Oficio del Notario Hugo Agustín Sandino Baus.
Esta Fundación se establece con el fin de operar exclusivamente para fines educativos y de beneficencia y para poder impartir enseñanza Media Superior y Enseñanza Superior.
A efectos de lograr sus objetivos, el Instituto Técnico Creativo (ITC), podá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de lucro y realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la República.
Atentamente,
DULCE MARÍA CASTILLO ARIAS
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Managua, 19 de Noviembre de 2010.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Compañero Presidente:
El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la
FUNDACIÓN INSTITUTO TÉCNICO CRATIVO “ITC”,
entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (06), a las ocho de la mañana del día diecinueve de noviembre del año dos mil Diez, por el Notario Público
HUGO AGUSTIN SANDINO BAUS.
FUNDAMENTO.-
El Instituto Técnico Creativo “ITC”, es una Fundación sin Fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número tres, otorgada en la ciudad de León, a las nueve de la mañana del día martes cuatro de octubre del año dos mil diez.
A efectos de lograr sus objetivos, La Fundación Instituto Técnico Creativo “ITC”, podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la República.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión para su debido Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
RAMÓN MACIAS LUNA
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
FUNDACIÓN INSTITUTO TÉCNICO CREATIVO “ITC”,
es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de León Departamento de León
Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
FUNDACIÓN INSTITUTO TÉCNICO CREATIVO “ITC”,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL