Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FEDERACIÓN NICARAGÜENSE DE BALONMANO, conocida de forma abreviada como “(FENIBAN)”.
Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua. Sin más a que hacer referencia, me suscribo. Atentamente
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FEDERACIÓN NICARAGÜENSE DE BALONMANO conocida de forma abreviada como “(FENIBAN)”, y constituida mediante Escritura Pública Número diez (10), de las cinco de tarde del día veintitrés de junio del año dos mil once, ante los oficios notariales de la Licenciada YAMILETH DEL ROSARIO CANALES MEJIA.
FUNDAMENTO.
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la federación denominada “FEDERACIÓN NICARAGÜENSE DE BALONMANO, conocida de forma abreviada como “(FENIBAN)”. Este organismo se constituye como una federación sin fines de lucro, tiene como fin y objetivo ser la instancia competente para la organización y control de las competiciones deportivas oficiales de balonmano, en el ámbito nacional, así mismo fomentar el desarrollo, la promoción general y la práctica de balonmano en todo el territorio nacional e internacional, asumir la gestión Federativa de Balonmano Nicaragüense, reglamentar el aspecto técnico y administrativo del balonmano, a nivel nacional, desempeñar la tutela, control y supervisión de los miembros afiliados de la Federación, sin importar el estamento al que pertenezcan, asignar controlar y fiscalizar las asignaciones presupuestarias que concedan las instituciones públicas de la Federación, así como los aportes provenientes de la iniciativa privada, nacional o extranjera, ordenar y dirigir la actividad deportiva de las selecciones nacionales de balonmano, decidiendo sobre la integración de dichas selecciones nacionales, en base a los resultados y meritos individuales y colectivos, organizar y calificar las competencias de ámbito nacional, en los términos establecidos en los estatutos y reglamentos de la Federación, diseñar, elaborar y ejecutar los planes de preparación de los atletas de alto nivel, colaborar en la formación de técnicos especialistas en balonmano, organizar y tutelar las competencias oficiales de carácter internacional que se celebren en el país. Así mismo ejercer la potestad disciplinaria deportiva, en los términos establecidos en los estatutos y reglamentos que se dicten; crear y dirigir programas de capacitación a nivel de atletas, dirigentes entrenadores, árbitros y personal de apoyo, elaborar una política efectiva de comunicación y divulgación del quehacer y resultados de la Federación a nivel nacional e internacional. Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo. Managua, 11 de junio del año dos mil once Atentamente