Managua, tres de agosto del 2011

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario

Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Dr. Navarro:


Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.

Con motivo de la constitución de
ASOCIACIÓN COMITÉ MUJERES DE OCCIDENTE, conocida también en su forma abreviada como (CMO), para el Desarrollo Integral de las Mujeres de Occidente y con el objetivo de cumplir los trámites de legalidad de la misma, de conformidad con los artículos 7, 9 y 10 de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 202, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta Honorable Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Asociación antemencionada.

De conformidad con la Ley N° 147, solicito la inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica, Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra, Nicaragua René Carrión con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua constituida de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua, ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO SESENTA Y UNO (61) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACION DE ESTATUTOS, autorizada en esta ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del día catorce de julio del año dos mil once efectuada ante los oficios Notariales del Doctor OSCAR DANILO RUGAMA ROMERO, Testimonio compuestas de diez hojas de papel sellado de ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica.

Atentamente


IMARA MATILDE MARTINEZ MAIRENA
Numero de Cedula (281-170263-0007C


EXPOSICION DE MOTIVOS


ING. RENE NUÑEZ
Presidente de la Asamblea Nacional Su despacho:

Estimado ingeniero Núñez

Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.

Los suscritos representantes ante La Asamblea Nacional de Nicaragua, con fundamento en el inc. 5, del Arto N° 138 y 140 cn; inc 2, del Arto N° 4 y 44 del Estatuto General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro; publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 102 del 29 de Mayo de 1992, presentamos ante la primer Secretaria de este Poder del Estado, solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica a la Asociación civil, sin fines de lucro y del domicilio de Municipio de León, departamento de León, República de Nicaragua, denominada ASOCIACIÓN COMITÉ MUJERES DE OCCIDENTE, conocida también en su forma abreviada como (CMO), constituida de conformidad a las Leyes de La República de Nicaragua, en ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO SESENTA Y UNO (61) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACION DE ESTATUTOS, autorizada en esta ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del día catorce de julio del año dos mil once efectuada ante los oficios Notariales del Doctor OSCAR DANILO RUGAMA ROMERO Testimonio compuesta de diez hojas de papel sellado de Ley.

La Asociación tiene por objetivo: El respeto a los derechos humanos; La equidad de género; Impulsar procesos de empoderamiento económico y social de las mujeres, la incidencia política y alianzas con sectores sociales, públicos y privados; Promover la integración y participación en el desarrollo económico, social y cultural, de las mujeres por medio de programas y/o proyectos educativos, de salud, investigativos, divulgación, y sensibilización, género, empoderamiento, así como talleres charlas, temáticas y capacitaciones, para que a mediano y largo plazo, logren tener una actitud, de respeto a los derechos humanos, OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1)- Contribuir al desarrollo local sostenible, fortaleciendo la autonomía y el empoderamiento individual y colectivo de las mujeres. 2) Desarrollar proyectos en educación y salud, con énfasis en la salud sexual y reproductiva 3) Impulsar proyectos formativos para el empoderamiento de las mujeres. 4) Brindar asesoría y capacitación en la construcción de condiciones de empoderamiento y equidad entre mujeres y hombres, 5) formular investigaciones y sistematizar experiencias de los grupos asociados. 6) Elaborar proyecto, propuestas y acciones orientadas a mejorar las condiciones de vida de de mujeres, jóvenes y adolescentes. 7) Ofrecer asesoría y acompañamiento legal. 8) Establecer relaciones de colaboración con organismos Nacionales e Internacionales con objetivos similares. 9) Desarrollar capacidades en temas de derechos humanos, participación ciudadana, economía feminista, y violencia de género. 10) Impulsar mecanismos para enfrentar la doble y triple jornadas de las mujeres y la desvalorización de su trabajo y capacidades, estableciendo criterios diferenciados de productividad. 11) Promover una vida sin violencia, impulsando iniciativas de respeto y ampliación de los derechos de las mujeres facilitando un programa de salud integral con énfasis en la prevención y la apropiación de las mujeres sobre su cuerpo y vida. 13) Impulsar proyectos de desarrollo en educación, salud, comunicación, incidencia política en zonas urbanas, rurales e indígenas que permitan la sensibilización, de las propias mujeres, instituciones del Estado, hombres, familias y niños. 14) Promover la participación de las comunidades en general, sobre la lucha e igualdad de las mujeres y la disolución de las relaciones opresivas de género.

Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los Honorables, República de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el Plenario de este Poder del Estado.

Managua __________ _______ de _________del año dos mil once

Puntos:

a)- construir en una ONG de desarrollo independiente y Autónomo
b)- Búsqueda y desarrollo de la comunidad a través de desarrollo sostenible
c)- Realizar actividades encomendadas principalmente al planificación, ejecución, capacitación y seguimiento de proyectos pilotos.
d)- Identificar proponer, diseñar y dar soluciones aquellos problemas de mayor incidencia en las condiciones de vida de las mujeres.
e)- Rescatar la Historia y Raíces del pueblo Nicaragüense, brindar asesoría técnica a las mujeres.






WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO





DECRETO A N N° _________

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo de Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

El siguiente:

HA DICTADO

DECRETO


Arto 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN COMITÉ MUJERES DE OCCIDENTE, conocida también en su forma abreviada como (CMO), sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua Departamento de Managua.

Aro. 2- La representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3- La Asociación “Asociación” para el Desarrollo Integral de las Mujeres de Occidente. Esta obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personería Jurídicas sin Fines de Lucro u demás Leyes de la República.

Arto. 4- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional__________ días del mes de _________del año dos mil _______- Dr René Núñez Presidente de la Asamblea Nacional Dr Wilfredo Navarro, Secretario de la Asamblea Nacional

Por tanto: publíquese y ejecútese, Managua_____________ de__________ del año dos mil once Daniel Ortega Saavedra Presidente de la República.

asociación Comité Mujeres de Occidente.pdf





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