Somoto 31 de Agosto del 2009.

DICTAMEN

Managua, 14 de julio del 2010




Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, con domicilio en el municipio de Somoto, Departamento de Madriz. Presentada por el Diputado: CESAR CASTELLANO MATUTE. En la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 18 de noviembre de dos mil nueve

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Desarrollar procesos de gestión de los recursos naturales en pro de la preservación, conservación y mejoramiento de los mismo, a fin de garantizar el equilibrio ecológico entre las acciones de desarrollo y las necesidades urgentes de los sectores ambientalmente vulnerables.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, ELVIN DE JESUS CASTELLON ALVARADO, Vicepresidente, JOCABETH JIMENEZ GARCIA, Secretaria, ELSA DAMARIS GONZALEZ, Tesorero, CELIO LENIN MONTOYA VALLADARES, Fiscal, FRANCISCO JOSE AGUILAR, Primer Vocal, MARCOS ANTONIO PONCE, Segundo Vocal, ROGER ANTONIO CACERES RIVAS.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Somoto, Departamento de Madriz.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6155
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de SOMOTO, Municipio de Somoto, Departamento de Madriz.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Somoto 31 de Agosto del 2009.
DICTAMEN

Managua, 14 de julio del 2010




Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, con domicilio en el municipio de Somoto, Departamento de Madriz. Presentada por el Diputado: CESAR CASTELLANO MATUTE. En la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 18 de noviembre de dos mil nueve

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Desarrollar procesos de gestión de los recursos naturales en pro de la preservación, conservación y mejoramiento de los mismo, a fin de garantizar el equilibrio ecológico entre las acciones de desarrollo y las necesidades urgentes de los sectores ambientalmente vulnerables.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, ELVIN DE JESUS CASTELLON ALVARADO, Vicepresidente, JOCABETH JIMENEZ GARCIA, Secretaria, ELSA DAMARIS GONZALEZ, Tesorero, CELIO LENIN MONTOYA VALLADARES, Fiscal, FRANCISCO JOSE AGUILAR, Primer Vocal, MARCOS ANTONIO PONCE, Segundo Vocal, ROGER ANTONIO CACERES RIVAS.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Somoto, Departamento de Madriz.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA, y podrá abreviarse con las siglas “APRODEIN”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO