Managua 9 de Enero del 2009.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimado Doctor Navarro:
Con el debido respeto que Usted se merece, me dirijo a su distinguida persona con la finalidad de solicitarle muy respetuosamente se me apruebe CANCELACION DE LA Personalidad Jurídica
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND
de carácter religiosa, sin fines de lucro, con domicilio en el Municipio de Masatepe del Departamento de Masaya, fue debidamente constituida en Escritura Pública Número Ciento Cuatro (104) celebrada ante los Oficios Notariales de la Notaria Hilda Alicia Pavón Barrantes el trece de Diciembre del año dos mil cinco, otorgada su personalidad Jurídica por la Asamblea Nacional de Nicaragua mediante el Decreto Cuatro mil Seiscientos Sesenta y Siete (4667), Publicado en La Gaceta Diario Oficial Número (170) ciento setenta, del Treinta y uno de Agosto del año dos mil seis, Inscrita su Personalidad en el Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación bajo el Número Perpetuo 3442 (Tres mil cuatrocientos cuarenta y dos), del Folio (3950-3958) tres mil novecientos cincuenta al folio tres mil novecientos cincuenta y ocho, Tomo II, Libro (9º) Noveno Libro de Registro de ese Departamento; sus Estatutos fueron publicados en La Gaceta Diario Oficial Número: Doscientos quince del seis de Noviembre del año dos mil seis.
Dicha Asociación fue Disuelta y liquidada por la Asamblea General de Asociados en Asamblea celebrada el seis de Agosto del dos mil ocho que consta en Acta Número Nueve del Libro de Actas de la Asociación
Atentamente,
CLAUDE RAYMOND HOLLAND
PRESIDENTE
ASOCIACIÓN MINISTERIO
EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND
Managua 09 de Enero del año 2009.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho
Exposición de Motivos
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc. 5 del Arto.138 y Arto. 140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc. 2 del Arto. 14 y el Articulo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de CANCELACION de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND
de carácter religiosa, sin fines de lucro, con domicilio en el Municipio de Masatepe del Departamento de Masaya, fue debidamente constituida en Escritura Pública Número Ciento Cuatro (104) celebrada ante los Oficios Notariales de la Notaria Hilda Alicia Pavón Barrantes el trece de Diciembre del año dos mil cinco, otorgada su personalidad Jurídica por la Asamblea Nacional de Nicaragua mediante el Decreto Cuatro mil Seiscientos Sesenta y Siete (4667), Publicado en La Gaceta Diario Oficial Número (170) ciento setenta, del Treinta y uno de Agosto del año dos mil seis, Inscrita su Personalidad en el Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación bajo el Número Perpetuo 3442 (Tres mil cuatrocientos cuarenta y dos), del Folio (3950-3958) tres mil novecientos cincuenta al folio tres mil novecientos cincuenta y ocho, Tomo II, Libro (9º) Noveno Libro de Registro de ese Departamento; sus Estatutos fueron publicados en La Gaceta Diario Oficial Número: Doscientos quince del seis de Noviembre del año dos mil seis.
Dicha Asociación fue Disuelta y liquidada por la Asamblea General de Asociados en Asamblea celebrada el seis de Agosto del dos mil ocho que consta en Acta Número Nueve del Libro de Actas de la Asociación.
De conformidad con el Art.24 Inc.f) de la Ley 147 (Ciento Cuarenta y Siete), “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, publicada en la Gaceta Diario Oficial No.102., del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos, y el Art. 155 Inc.f) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, solicito que una vez llenados los requisitos de ley otorguen la
CANCELACION DE PERSONALIDAD JURIDICA DE LA ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAN.
Adjunto al presente proyecto de decreto, solicitud del Presidente del Ministerio, así como documentos que acreditan la existencia de la Asociación y las copias conforme lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Atentamente,
DR. ROBERTO RODRIGUEZ
DIPUTADO
ALIANZA PL
DECRETO Nº
ASAMBLEA NACIONAL
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art. 1
Cancelase la Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND,
de carácter religiosa no partidista, sin fines de lucro, con domicilio en la Ciudad Masatepe, Departamento de Masaya.
Art. 2.
La personalidad jurídica de la ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND fue aprobada mediante el Decreto Legislativo Número
(4667), Publicado en La Gaceta Diario Oficial Número (170) ciento setenta, del Treinta y uno de Agosto del año dos mil seis
Art. 3
La ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO EN NICARAGUA SONNY HOLLAND
esta obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, sus estatutos y demás leyes de la República en cuanto a su disolución y liquidación, así como realizar el reporte correspondiente ante las autoridades del Registro de Asociaciones del Ministerio de Gobernación.
Art. 4 El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de sus publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ Días del mes de ____________ del año dos mil nueve.
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONA